Retiro de cesantías para compra o mejora de vivienda

El trabajador puede hacer un retiro parcial o total de las cesantías para invertirlas en la adquisición o mejoramiento de su vivienda, retiro que puede hacer en vigencia del contrato de trabajo.

Cesantías para la compra, remodelación o mejora de la vivienda.

El trabajador puede retirar las cesantías de forma anticipada para realizar inversiones en la vivienda de su propiedad.

El artículo 2.2.1.3.3 del decreto 1072 de 2015 señala que se pueden retirar cesantías, o se pueden hacer préstamos sobre las cesantías, para los siguientes propósitos:

  1. Adquisición de vivienda con su terreno o lote.
  2. Adquisición de terreno o lote solamente.
  3. Construcción de vivienda, cuando ella se haga sobre lote o terreno de propiedad del trabajador interesado, o de su cónyuge.
  4. Ampliación, reparación o mejora de la vivienda de propiedad del trabajador o de su Cónyuge.
  5. Liberación de gravámenes hipotecarios o pago de impuestos que afecten realmente la casa o el terreno edificable de propiedad del trabajador, o su cónyuge.
  6. Adquisición de títulos de vivienda sobre planes de los empleados o de los trabajadores para construcción de las mismas, contratados con entidades oficiales, o privadas.

Son las opciones que el trabajador tiene para hacerse a su vivienda utilizando las cesantías que tenga en el fondo.

Requisitos para el retiro de las cesantías por compra o mejora de vivienda.

Para que el fondo de cesantías le permita el retiro parcial de cesantías debe adjuntar los siguientes documentos:

  • Autorización del empleador.
  • Promesa se compraventa.
  • Documentos de identidad de comprador y vendedor.
  • Certificado de libertad y tradición de la casa o lote a comprar.

Si desea hacer mejoramiento de vivienda, generalmente le solicitan los siguientes documentos.

  • Carta de autorización del empleador.
  • Certificado de libertad y tradición para acreditar la propiedad del inmueble.
  • Documento de identidad.
  • Contrato de obra civil con quien hará las obras de mejoramiento.
  • El fondo puede solicitar fotografías del inmueble antes de las remodelaciones y luego de estas.

El fondo de cesantías no desembolsará las cesantías hasta que el trabajador acredite el destinado que les dará a esos recursos, que puede ser exclusivamente para los fines que permite la ley.

Retiro de cesantías para compra de lote.

Las cesantías se pueden retirar para comprar un lote, es decir, que no se requiere comprar una vivienda como tal.

Las cesantías también se pueden retirar para construir la vivienda sobre el lote de propiedad del trabajador, por lo que es un proceso que se realiza por etapas.

Contrato de obra civil para retiro de cesantías.

El contrato de obra civil es necesario para retirar las cesantías, en el evento en que el retiro de las mimas se realice con el propósito de hacer modificaciones, ampliaciones o mejoras a la vivienda.

En el contrato de obra civil debe estar claro el objeto o clase de obra, y el precio de la obra, que es la forma de acreditar que se dará el uso indicado a la cesantías retiradas.

¿Se puede retirar cesantías para pago de escrituras?

No. La ley no contempla que se puedan retirar cesantías para el pago de escrituras de la vivienda, y los usos que se de a las cesantías deben corresponder expresamente a lo señalados por la ley.

Las escrituras hacen parte de los gastos normales de la compra de vivienda, o del pago de créditos hipotecarios, y lo que debe hacer el trabajador es separar los gastos de escrituración de sus ahorros personales, y dejas las cesantías para la destinación permitida por la ley.

¿Puedo retirar mis cesantías para compra de vehículo?

No. La compra de vehículos no está contemplada dentro de la destinación que se puede hacer de las cesantías mientras el contrato de trabajo esté vigente.

Cuando el contrato de trabajo termina el trabajador puede retirar las cesantías y darles el uso que quiera, como irse de paseo o comprar un vehículo, lo que no puede hacer cuando el contrato de trabajo está vigente y hace un retiro parcial de las cesantías.

Guía Laboral 2024

Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.

Recomendados.

Compártalo en Facebook Compártalo en Twitter
Deje su opinión o su pregunta.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.

  1. Zoe (enero 17 de 2022)

    Buenas tardes. Soy usufructuaria de la vivienda en donde vivo. Necesito hacer unas mejoras al inmnuelbe. Puedo solicitar mis cesantias adjuntando el Certificado de Libertad y tradición en donde consta que efectivamente soy la USUFRUCTUARIA y con carta de la Administración que indica que soy quien ocupa el inmueble?

    Responder
  2. clau (septiembre 7 de 2022)

    hola buenos dias puedo retirar mis cesantias para compra de una placa

    Responder
  3. mario (septiembre 12 de 2023)

    buenas tardes, cuando tiempo debe pasar para que la empresa le entregue la carta retiro de cesantía al empleado con toda la documentacion al dia requerida por la empresa.

    Responder

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.