Sistemas para la determinación del impuesto a la renta

El impuesto de renta en Colombia se determina utilizando tres sistemas distintos: ordinario, cedular y presuntivo, dependiendo de si el contribuyente es persona jurídica o natural.

Cómo se determina el impuesto de renta.

En su forma más elemental el impuesto se determina restando los cotos y gastos a los ingresos, para así obtener una renta líquida que será la base para calcular el impuesto de renta.

El impuesto de renta, o a las ganancias como se le conoce en otros países, se paga sólo si el contribuyente ha obtenido utilidades o rentas.

En consecuencia, la forma de determinar esa utilidad es lo que cambia según el sistema  que se utilice para determinar el impuesto de renta.

Sistema de renta ordinario.

El sistema ordinario se encuentra regulado en el artículo 26 del Estatuto Tributario, donde se parte de la sumatoria de todos los ingresos susceptibles de producir un incremento neto en el patrimonio del contribuyente.

Los ingresos brutos son disminuidos por las devoluciones, rebajas y descuentos, y por los ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional.

Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.Ingresos que puede recibir el contribuyente y que no constituyen renta ni ganancia ocasional y que por lo mismo no debe pagar impuestos.

Seguidamente se descuentan los costos y deducciones en que se incurrió para generar esos ingresos, para determinar una utilidad o renta líquida, que será la renta sobre la cual se aplica la tarifa del impuesto a la renta.

Todos los conceptos o valores que de declaren, deben estar debidamente soportados, en especial los que implican la disminución del impuesto a pagar, como las rentas exentas, ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, y por supuesto, los costos y deducciones.

El sistema ordinario es utilizado por las personas jurídicas, esto es, empresas y sociedades.

Sistema de renta cedular.

El sistema de renta cedular permite determinar el impuesto a la renta de las personas naturales agrupando el tipo de ingresos que estas obtienen.

Así, los distintos ingresos se clasifican o agrupan en las siguientes cédulas:

Así, los distintos ingresos se clasifican o agrupan en las siguientes cédulas:

  • General.
    • Rentas de trabajo.
    • Rentas de capital.
    • Rentas no laborales.
  • Pensiones.
  • Dividendos y participaciones.

En cada cédula se determina la renta líquida para después ser acumulada y aplicar la tarifa de renta correspondiente.

En cada cédula se determina la renta líquida para después ser acumulada y aplicar la tarifa de renta correspondiente.

Impuesto a la renta en las personas naturales.Aspectos y conceptos que se deben considerar en el impuesto a la renta y complementarios de las personas naturales.

Este sistema aplica exclusivamente para las personas naturales y sucesiones ilíquidas.

Sistema de renta presuntivo.

El sistema de renta presuntivo se basa en una renta presunta con base al patrimonio del contribuyente, y está señalada en los artículos 188, 189 y 191 del estatuto tributario, que actualmente no está vigente.

Renta presuntiva.La renta presuntiva es un sistema que permite al estado estimar la renta presunta que el patrimonio de un contribuyente debe generar, que tiene una tarifa del 0% a partir del 2021.

El estado presume que el patrimonio o los activos de un contribuyente deben generar un mínimo de renta, de manera que, si el contribuyente no generó renta verdadera o generó pérdidas, entonces debe pagar el impuesto de renta sobre la renta presunta.

El sistema de renta presunta se aplica tanto para las personas naturales como jurídicas, y se tributará sobre la renta que resulte más elevada.

Si la renta determinada por el sistema ordinario en una persona jurídica resulta ser inferior a la renta presunta, se tributa sobre la renta presunta.

Y, en el caso de las personas naturales, si la renta cedular resulta inferior a la renta presunta, se paga impuesto sobre la renta presunta, que es la mayor.

Téngase en cuenta que el sistema de renta presuntivo desapareció en el 2021, pues la tarifa para este año y los siguientes es del 0%, es decir, ya o se tributa sobre renta presuntiva por lo tanto no tiene sentido segur calculando la rentra presuntiva.

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