¿Puedo pagar una deuda con un titulo valor?
Según lo establecido en el código de comercio en su artículo 882 una persona puede efectuar el pago de una deuda con un titulo valor de contenido crediticio, esto supone la entrega de la letra, el cheque o el pagare, etc. El pago solo vale sino... continuar leyendojunio 30 de 2012
Características del endoso en garantía
El endoso en garantía como su nombre lo indica, se da cuando el titulo se transfiere como garantía del cumplimiento de una obligación, esta clase de endoso debe otorgarse con las clausulas “en garantía”, “en prenda” u otra equivalente,... continuar leyendoabril 28 de 2012
Endoso en propiedad
El endoso en propiedad es aquel por medio del cual la propiedad del título valor se transmite, del endosante al endosatario, esta clase de endoso no se encuentra definido por el código de comercio, como si se define el endoso en procuración y... continuar leyendoabril 24 de 2012
Endoso posterior a la fecha de vencimiento del título valor
Siendo el endoso una figura característica del derecho comercial a través del cual se trasfiere los títulos valores, ya sea que se transfiera su propiedad por medio del endoso en propiedad o se transfieran para que otra persona efectué el cobro... continuar leyendoabril 21 de 2012
El endoso en la factura cambiaria
El endoso en la factura cambiaria es de obligatorio cumplimiento para el obligado, es decir, que una vez la factura sea presentada para su cobro y tenga el endoso, el obligado debe pagar a quien la presenta. Por regla general el deudor no puede... continuar leyendoabril 20 de 2012
¿El tenedor de una letra de cambio debe dar aviso a los signatarios de la no aceptación o no pago de esta?
Cuando el tenedor de una letra de cambio la presenta para su aceptación o pago, y esta no es aceptada o no es pagada, es importante que el tenedor de aviso a los demás signatario de la letra, de la circunstancia ya sea de no aceptación o de no... continuar leyendoabril 11 de 2012
Características del endoso en procuración
El endoso en procuración es una clase de endoso que se encuentra consagrado en el artículo 658 del código de comercio, dicho endoso reviste unas características fundamentales que lo hacen especial y que se relacionan mucho con el contrato de... continuar leyendoabril 10 de 2012
Autonomía de la obligación contenida en un titulo valor, alcances de la transferencia y formas de circulación
La autonomía de la obligación contenida en un titulo valor consiste, en que la persona que suscribe un titulo se obliga autónomamente, es decir, que si la obligación de los otros signatarios por alguna situación se llegara a invalidar, no... continuar leyendoabril 9 de 2012
Diferencia entre letra de cambio y cheque
Tanto el cheque como la letra de cambio son títulos valores de contenido crediticio, pero que tienen unas características que los diferencian el uno del otro, son diferencias entre el cheque y la letra de cambio: Los cheques tienen una... continuar leyendoabril 8 de 2012
Clases de protesto en la letra de cambio
En la letra de cambio el protesto solo es obligatorio cuando la clausula “con protesto” sea insertada en la letra, ya sea por el creador del título o por alguno de los tenedores legítimos, el protesto puede ser por falta de aceptación o por... continuar leyendoabril 6 de 2012
¿Quién está legitimado para ejercer el derecho incorporado en un titulo valor?
Se encuentra legitimado para ejercer el derecho incorporado en un titulo, es decir, la persona que está facultada para presentarlo para la aceptación, para el cobro ya sea judicial o extrajudicialmente, es el tenedor legitimo del título;... continuar leyendoabril 3 de 2012

