Tarifa de retención por servicios a personas naturales que declaran renta

La tarifa de retención en la fuente por concepto de servicios aplicable a las personas naturales que declaran renta, es del 4%.

En la retención por la fuente por servicios existen dos tarifas, una del 4% y otra del 6%. La primera aplicable a las personas naturales obligadas a declarar renta y la segunda a persona no obligadas a declarar renta.

Respecto a las personas naturales obligada a declarar renta, la regulación la contiene  el artículo 1 del decreto 3110 de septiembre 23 de 2004, reglamentario del artículo 392 del estatuto tributario.

Este decreto contempla también que se aplicará la tarifa del 4% a las personas naturales no obligadas a declarar renta en los siguientes casos:

a) Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta superan en el año gravable 2004 el valor de sesenta millones de pesos ($60.000.000) [Hoy 3.300 Uvt], cifra que será reajustada anualmente;

b) Cuando los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por un mismo agente retenedor a una misma persona natural superen en el año gravable 2004 el valor de sesenta millones de pesos ($60.000.000) [Hoy 3.300 Uvt],  la tarifa del cuatro por ciento (4%) se aplicará a partir del pago o abono en cuenta que sumado a los pagos realizados en el mismo ejercicio gravable exceda dicho valor; cifra que será reajustada anualmente.

Como se observa, una persona natural que no es declarante de renta si cumple con una de las dos condiciones anteriormente descritas, puede solicitar al agente de retención  que se le aplique la tarifa del 4% y no del 6%.

10 / 08 / 2011

Opinar o comentar

2 Opiniones en “Tarifa de retención por servicios a personas naturales que declaran renta”
  1. diana ramos dice:

    gracias me es de mucha ayuda

  2. jose villa dice:

    Las personas naturales que prestan servicios, sean declarantes de renta o no, son trabajadores independientes, y a ellos debe aplicársele la norma reciente de aplicarles la misma tarifa de retención en la fuente vigente para los trabajadores dependientes.
    El editorialista parece seguir aplicando lo que en otra época fue y que en el día de hoy, ya no son aplicables.

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