Terminación del contrato de trabajo por justa causa
Una de las razones por la cual tanto el empleador como el empleado pueden dar por terminado el Contrato de trabajo, sin indemnización, es por lo que se llama justa causa.
El código sustantivo del trabajo establece cuales son las causas que se pueden considerar justas para dar por terminado un contrato de trabajo:
a) Por parte del patrono:
1. El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.
2. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el patrono, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.
3. Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del patrono, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.
4. Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas.
5. Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o lugar de trabajo o en el desempeño de sus labores.
6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.
7. La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que posteriormente sea absuelto, o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o aun por un tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato
8. El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.
9. El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del patrono.
10. La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.
11. Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.
12. La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico del patrono o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.
13. La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.
14. El reconocimiento al trabajador de la pensión de jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.
15. La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquier otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al patrono de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad.
En los casos de los numerales 9 a 15 de este artículo, para la terminación del contrato, el patrono deberá dar aviso al trabajador con anticipación no menor de quince (15).
b) Por parte del trabajador:
1. El haber sufrido engaño por parte del patrono, respecto de las condiciones de trabajo.
2. Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el patrono contra el trabajador o los miembros de su familia dentro o fuera del servicio, o inferidas dentro del servicio por los parientes, representantes o dependientes del patrono con el consentimiento o la tolerancia de éste.
3. Cualquier acto del patrono o de sus representantes que induzcan al trabajador a cometer un acto ilícito o contrario a sus convicciones políticas o religiosas.
4. Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato, y que pongan en peligro su seguridad o su salud, y que el patrono no se allane a modificar.
5. Todo perjuicio causado maliciosamente por el patrono al trabajador en la prestación del servicio.
6. El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del patrono, de sus obligaciones convencionales o legales.
7. La exigencia del patrono, sin razones válidas, de la prestación de un servicio distinto, o en lugares diversos de aquél para el cual se le contrató.
8. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones que incumben al patrono, de acuerdo con los artículos 57 y 59 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos
PAR.—La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos. (Art. 62, Código sustantivo del trabajo)
Comentarios
Algunas de estas causas son muy subjetivas en la medida en que la ley las señala de una forma general, como es el caso del trabajador que no cumple cabalmente sus labores o que no se presente a trabajar sin excusa durante un día o más. La ley no es precisa en definir en que circunstancias se puede una actitud se puede considerar justa causa.
Por ejemplo, en el caso del literal a, numeral 10 el artículo 62, que contempla: La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.
En este caso se debe tener en cuenta que la norma habla de sistemáticamente, lo que significa que cuando estas situaciones se presentan esporádicamente, no se pueden entender que se ha justa causa para el despido del trabajador. Esto hace que sea muy difícil identificar cuando y en que momento, alguna de las causales señaladas por el artículo 62 del código sustantivo del trabajo, se convierte verdaderamente en una causa justificada para dar por terminado un Contrato de trabajo.
En todo caso, “(…) si el trabajador no está de acuerdo con la causal invocada por el empleador para dar por terminado el contrato de trabajo, bien puede acudir a la jurisdicción laboral a impugnar esa decisión; un juez se encargará de evaluar objetivamente los hechos que dieron lugar a la controversia y determinará si la decisión adoptada se ajusta o no al ordenamiento” (C. Const. Sent C-299, Jun. 17/98 M.P. Carlos Gaviria Díaz).
Esto supone que el empleador debe evaluar muy bien la situación, de forma objetiva, justa y equitativa, antes de proceder a dar por terminado un contrato, puesto que la ley le otorga al empleado el derecho a la defensa, y este bien puede ante una instancia judicial conseguir una posible declaración de ilegalidad de la terminación del contrato, significando para empresa un importante costo por pago de indemnizaciones.


buenos dias
soy empleado de una empresa privada, tengo contrato de trabajo fijo a un año la empresa se olvido de pasar el preaviso con los 30 dias que lo exige la ley, y no lo entrego faltando 10 dias, le informamos que habia excedido la fecha limite de ley, firme la carta de preaviso pero firme con la fecha que recibi,mi pregunta es en cuanto tiempo puedo poner la queja o reclamacion ante el ministerio de trabajo? agradezco si me pueden colaborar muchas gracias..
Buenas tardes
fui empleado de una multinacional por 16 años y a raíz de un problema de un compañero el cual me agredo física y verbalmente todo lo ocurrido quedo registrado en las camaras de seguridad, el jefe de personal el cual es abogado laboral tomo la decisin de dar por teminado el contrato el cual era indefinido ,lo termino afirmando que era con justa causa , si yo admito que en la seccion que yo habia trabajado hace 4 años atras habia tenido problemas,he incluso en ese tiempo me presente a personal y pedi que me cambiaran o que dieran por terminado mi contrato pues decidieron cambiarme de seccion y desde ese momento no tube ningun incombeniente hasta el dia del inconveniente con el compañero de trabajo y todo por un mal entendido y falsos testimonios.Entonces yo me pregunto tengo derecho a mi liquidacion pues despues de todos estos 16 años no me dieron liquidacion alguna argumentando que fue con justa causa
Buenas tardes:
es importante resaltar que la liquidacion y la indemnizacion son dos terminos totalmente diferentes, si aun no ha solucionado su inconveniente envieme a mdiazabogada@gmail.com una copia del contrato y del documento de despido.
Buenas tardes
fui empleado de una multinacional por 16 años y a raíz de un problema de un compañero el cual me agredo física y verbalmente todo lo ocurrido quedo registrado en las camaras de seguridad, el jefe de personal el cual es abogado laboral tomo la decisin de dar por teminado el contrato el cual era indefinido ,lo termino afirmando que era con justa causa , si yo admito que en la seccion que yo habia trabajado hace 4 años atras habia tenido problemas,he incluso en ese tiempo me presente a personal y pedi que me cambiaran o que dieran por terminado mi contrato pues decidieron cambiarme de seccion y desde ese momento no tube ningun incombeniente hasta el dia del inconveniente con el compañero de trabajo y todo por un mal entendido y falsos testimonios.Entonces yo me pregunto tengo derecho a mi liquidacion pues despues de todos estos 16 años no me dieron liquidacion alguna argumentando que fue con justa causa muchas gracias
Cordial saludo
Tengo una duda…
En mi empresa tengo dos trabajadores que llevan incapacitados ya mas de dos años… estan incapacitados por accidente de trabajo y la empresa quiere ya salir de ellos por que los consdieran una carga y no estan generando ningun tipo de ingreso a la empresa ya que llevan mas de 2 años sin trabajar y la empresa pagandoles sin ningun tipo de retribucion….
Estos señores han pasado por 3 reubicaciones de trabajo pero se niegan a realizar sus funciones y tal parece que tienen a un “medico” de amigo que les da las incapacidades cuando ellos quieran… y casi siempre cuando se les llama para saber si tienen incapacidades ellos llegan con 3×20 dias y no me parece…
Entiendo qeu si estan incapacitados ese pago a ese trabajador lo genera la ARL o la EPS… pero ak en colombia esos pagos son mui demorados.. es decir hace 1 año lleve unas incapacidades para que las pagaran a la emrpesa y este es el tiempo que todavia no las han pagado….
a lo que quiero llegar…
Como puede hacer la empresa para despedir a esas personas???
PDT: Duran 1 semana sin trabajar y sin justificar esos dias pero llega el dia de sacar la nomina y ellos traen las incapacidades…(se que es desorden de la empresa) Pero que podemos haecr para lograr el despido de ellos.
Desde ya Muchas gracias
llevo dos años en una empresa pero medio una complicacion de males he estado ya 6 meses y medio incapacitado…que pasa por tanto tiempo de incapacidad por favor responderme muchas gracias
Hola……………..
Mi nombre es Erika………….sucede que ami me contrataron como psicologa de seleccion esa era mi funcion inicial. ya me habian dicho que debia hacer cosas de bienestar y salud ocupacional. Pero mi responsabilidad directa era seleccion. Mis tiempos de respuesta se dificultaban por los gerentes de cada area que se tomaban sus tiempos y muy largos para decidir un perfil o por uno u otro motivo descartaban a los candidatos y yo debia seguir con la busqueda. Siempre di respuesta pero mi indicador por tiempos de otras personas se perjudicaban. Supuestamente esa fue mi causal de despido.Que realmente me parecio injustificada por que no solo dependia de mi gestion ………..Pero adicional a esto me dijeron que por que yo habia salido con personas de la empresa y que no estaba permitido. Primero: cuando yo llegue a la compañia esa norma no estaba dentro del manual de trabajo, pero adicional a esto yo no sali con minguna persona de la compañia. Sali con personas de la compañia como compañeros de trabajo pero no como relacion sentimental. leyeron mi correo del trabajo y asumieron cosas por conversaciones personales que tuve, que no tenian ningun sentido intimo. Tuve una relacion con una persona pero no era de la empresa directamente era de otra empresa que tenia el dueño por lo tanto no sali con nadie de la Empresa. Segundo es mi vida personal y siento que eso es una falta de respeto. Adicional a esto despues de 7 meses de estar en la compañia me retroalimentan mi forma de vestir y mi maquillaje creo que es demasiado tiempo para retroalimentar a una persona. Creo que esto se debe hacer al principio o simplemente no contratar a la persona. Deacuerdo a lo que eh explicado ustedes me pueden asesorar si esto son causales de despido??. La verdad emocionalmente me sentia perseguida, no podia interactuar con nadie y aveces algunas personas no se me acercaban hablarme por miedo a que me regañaran.
Mi inquietud es esta; laboro en una empresa desde hace 1 año y 8 meses, resulta que tengo ya 2 memorandos por llegadas tardes, (resulta que suelo llegar de 5 a 10 minutos tarde a la hora estimada); mi pregunta es, están cumpliendo con el correcto procedimiento? osea, no me han llamado a descargos. si me despiden con el tercer memorando, pierdo el derecho a poder demandar mas adelante?, puesto que la empresa a incurrido en irregularidades como no pagar el aumento de ley, acoso laboral, no pago de dominicales ni festivos, entre otros. o puedo pasar mi carta de renuncia a 1 mes, pero dentro de ese tiempo mientras lega el día en que determine la renuncia, me pueden despedir?. Gracias.
buenas tardes trabajo en una empresa hace dos años tengo una complicacion de males y he estado incapacitado ya casi 7 meses tengo miedo que me saquen de la empresa por esto que puedo hacer muchas gracias…
Hola, agradezco me colaboren con la siguiente inquietud. Soy emplead de una empresa del sector privado. Quien hace las veces de mi jefe, es un extranjero que no tiene los papeles en regla para poder trabajar acá, pero sin embargo, así esta contratado. Últimamente el se ha dedicado a alzarme la voz,faltándome al respeto, cada vez que quiere hacer ver su punto de vista. Mi posición es un cargo directivo y de mucha responsabilidad, mi conducto regular es el, y luego la junta directiva. Llevo más de 10 años en la organización, al igual que el, pero la relación se ha vuelto insostenible. Mi pregunta es: puedo yo dar por terminado mi contrato laboral por justa causa? Qué puedo argumentar?
Buenas tarde,
Amigos de Gerencie.
Mi inquietud y duda es la siguiente:
Si el empleado o trabajador, en un momento dado, antes de terminar su contrato de trabajo a termino fijo, por (3) mese, decide el trabajador dar por terminado con justa causa tal contrato al empleador, de conformidad a las causales preseptuadas en el decreto 2361/1965, existe indemnizacion?, cual seria el procedimiento para su depuracion? si su contrato era a 3 meses y el trabajador termino el contrato antes de que se cumplieran los 3 meses, osea no le pagaron 2 meses y medio, tengo esa duda, agradezco enormemente sus comentarios y explicacion.
Muchas gracias
quiero saber si uno en su contrato tiene unas labores asignadas y le van agregando cada dia mas y mas labores por el mismo sueldo llega un momento que uno le dice al patron no mas yo esas labores no estan en mi contrato eso es motivo para terminar mi contrato TAMBIEN QUIERO AGREGAR QUE ME PIDEN MI RENUNCIA.
Si tengo uan demanda por alimentos es causal para cancelarme el contrato de trabajo
buenos dias, si el gerente general de la empresa en la que trabajo da por echo que no trabajo cierto dia (lunes), y un jefe de bajo mando (supervisor) contrapone esa decision (trabajar ese lunes), y por ende no accedo a su peticion (trabajar ese lunes), eso es suficiente causal para dar por terminado mi contrato laboral?
hola.
me podrian informar en elsiguiente caso.
teniendo un contrato a termino fijo, si a mi la empresa me realiza un preaviso y este se cumple, y no me dan una prorroga u otro si como se conoce, ¿mi contrato se renueva automaticamente?. si me realizan un poligrafo el mismo dia de terminacion del contarto. ¿la empresa puede alegar un despido con justa causa segun los resultados del poligrafo?.
a la primera pregunta si se renueva y he laborado varios dias y me despiden ¿puedo tomar alguna accion legal?¿cual?
Muy buena noche , mi caso es de lo mas comun , como cosa rara en este pais las oportunidades para ejercer una carrera son escasas , tengo una carrera tecnologica y voy terminando la profesional ,ingrese a X empresa como operaria y a los 7 meses me subieron de jefe , en ese cargo due 6 meses y no quice continuar , por q ganaba el mismo minimo q al realiar las abores de operaria y son muchas responsabilidades , entonces solicite bajar a mi primer puesto , desde alli no les guso mi desicion y me enviaron a un area donde se me presento un problema en las rodillas , al principio me dijo el medico q era una lesion rotu femural y me envio terapias , luego descubrieron q tenia el factor reumatoideo ,la empresa sabe lo del problema en mis rodillas y me ha enviado a un lugar mas lejano , aparte de innumerables humillaciones y acoso presentado , aparte de est se me desarrollo una conjuntivitis , al ingresar a la empresa usaba gafas , pero no tenia esa infeccion , alli se nos obliga a realizar labores fuertes y a la gente le da miedo hablar ,los jefes : “dicen partida de mediocres tras de ustedes hay diez mas … o usted no le ha contribuido en nada a la compañia si tenia sus vacasiones para X fecha , se las dare despues por q se me olvido o “es mas facil q se vay usted primero q yo “, me he sentido tan acosada , hasta ganas de rendirme me han dado , llego a la empresa y mi dia se torna pesado , me han querido hacer firmar memorando sin justa causa y lo q me mata es el traslao por que me duelen mucho las piernas,yo solo quiero terminar mi carrera y renunciar … QUE PUEDO HACER ANTE ESTA SITUACION DE ACOSO PARA MI Y MIS COMPAÑROS , SI A TODOS LES DA MIEDO HABLAR?
Un trabajador con contrato laboral inferior a un año y que queda embarazada se puede despedir con justa causa, el contrato incial es de tres meses, se le prorrogo por otros 3 meses pero al 4 mes quedo embarazada y no aviso
gracias
Hola, yo estoy contratada bajo el cargo de asistente administrativo, pero tengo funciones de diferentes cargos (presupuestos, contratacion, jefe de frente de montaje, analisis tecnico de procesos industriales), me gustaria saber si aquí se desvirtúa el contrato.
Gracias.
Cuando a uno lo obligan a renunciar pierde los derechos a indemnizaciones por años laborados
Quisiera saber si por incapacitarme 4 veces en el año me pueden terminar el contrato.
tengo siete años, laborando y me ha realizado tres operaciones en la columna y el seguro social se niega a incapacitarme, y la empresa me obliga a trabajar, la ultima ver debido al estrés me dio un pre infarto y gano menos que mis compañeros que realizan la misma labor, y me esta presionando para que renuncie, que debo hacer
RAMON, CREO QUE DEBE HABER UN ANTECEDENTE QUE ESTAS DEJANDO DE LADO Y LA INFORMACION NOME DICE NADA, CONTACTAME PARA AHONDAR EN EL TEMA. GRACIAS. 314 372 74 52 – 316 573 27 71
Tengo el caso de una empleada que se ha presentado a trabajar despues de haber estado ingiriendo licor hasta las 5:00 a.m. ha solicitado permisos constantes al administrador sin informar a la empresa y se ha faltado al trabajo en dos oportunidades sin ninguna excusa, puedo cancerlar el contrato y con cuanto tiempo de anticipación debo pasarle la carta. Ha trabajado dos meses y 28 dias.
NORMA CADA CASO DEBE SER MAS PUNTUAL, NO SE PUEDE GENERALIZAR LA SITUACION, SI QUIERES CONTACTAME 314 372 74 52
Soy propietario de un conjunto residencial el contrato del administrador es a un año se han venido presentado faltas graves del administrador contra los propietarios como el de enfrentarlos unos con otros, enfrentar al vigilante con un propietario etc etc para el conjunto contra la convivencia sana conque se debe vivir esuna falta grave del administrador esta desacuerdo el 50 + 1 es decir la mayoría.
El administrador dice que se va y que el conjunto debe pagarle los meses que faltan de su contrato esto es legal?
Toca hacerlo agradezco la asesoría prestada en esta materia
JAIME SI SE TIENE CONTRATO LABORAL, FAVOR ENVIE UNA COPIA A JAVIERBAR9@GMAIL.COM, ADEMAS DEBE HABER ALGO QUE SE PUEDA HACER CON EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONJUNTO…