¿Trabajador que es contrato temporalmente para hacer un remplazo tiene derecho a liquidación?

Nos pregunta un lector que si un trabajador que ha sido contratado temporalmente para remplazar  a otro trabajador que ha salido a vacaciones, tiene derecho a liquidación considerando que sólo trabajó durante 20 días, y que era un contrato temporal.

En varios editoriales hemos afirmado categóricamente que el derecho a lo que se conoce como liquidación no depende del tiempo que dure el trabajador en la empresa, y en consecuencia, cualquiera sea el tiempo, el trabajador tiene derecho a su liquidación en proporción a ese tiempo laborado.

De otra parte, tampoco existe aquello del contrato temporal; lo que existe es un contrato de trabajo a término fijo inferior a un mes, o por el tiempo que sea, pero no existe la figura de contratación temporal que limite algunos derechos a los trabajadores. En Colombia solo existen dos tipos contratos de trabajo considerando el tiempo de duración: 1. Contratos a término indefinido. 2 Contratos a término fijo. Ahora, dentro de los contratos a término fijo se pueden presentar varias situaciones pero ninguna de ellas se puede enmarcar dentro del contrato “temporal” que permita sugerir que el trabajador pierde o debe ceder algunos de sus derechos.

Distinto es si se utiliza una empresa de servicios temporales, caso el cual la empresa nada tiene que ver con la liquidación del empleado que le fue enviado, sino la empresa se servicios temporales que lo tiene vinculado y que lo envió en “misión temporal”, y en tal caso, si ha sido vinculado mediante un contrato de trabajo, igual tendrá derecho a liquidación por cualquier tiempo laborado, pero tal liquidación sólo se dará cuando sea desvinculado de la empresa de servicios temporales.

23 / 09 / 2012

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7 Opiniones en “¿Trabajador que es contrato temporalmente para hacer un remplazo tiene derecho a liquidación?”
  1. sandra dice:

    mi pregunta es la siguiente: llevo trabando para una empresa de servicios temporales 18 años, los cuales cada año me hacen la liquidacion del contrato (de enero a dic) y siempre he trabajo en la misma empresa, recibo orden, cumplo horario y mis informes los envia a la empresa donde estoy, el unico vinculo que tengo con la empresa de temporales es mi pago y mi liquidacion, ahora la empresa donde trabajo dice que me va a vincular directamente para la firma, mi pregunta es tengo derecho a alguna indenizacion por todo este tiempo? asi me hayan liquidado cada año??? el contrato que debo firmar en la empresa seria a termino indefinido y sin periodo de prueba??. por favor me ayudan pues debo dar una respuesta pronto.
    gracias por su ayuda.
    Sandra M.

  2. Joseph dice:

    Hola tengo un inconveniente y quisiera saber aalgo al respecto .
    veran eh trabajado en una empresa 8 meses la cual me pagaban x recibos x honorarios y ahora k me sali solo me dieron mi sueldo de los dias que trabaje y ya . diganme tenia derecho a recibir liquidacion ????

  3. Aurita dice:

    Hola,necesito orientación sobre las Vacaciones de una empleada domestica,que trabaja 3 dias a la semana,se le pagan en la liquidación anual,pero cuando se le dan vacaciones fisicas,hay que pagarle algun dinero?. Gracias

  4. José Fredy Rojas dice:

    Soy un trabajador contratado por una empresa de servicios temporales como trabajador en misión, el próximo mes cumplo un año laborando para la misma empresa que me asignaron; que tratamiento se le da a este tipo de contrato con respecto a la continuidad o a la cancelación de dicho contrato?. Gracias de antemano por la colaboración.

  5. PATTYCAR dice:

    Hola
    tengo un pequeña inquietud con una liquidacion
    tengo entendido q hay algunos puntos q no se debe liquidar por el tiempo laborado.
    el trabajador laboro tan solo 2 meses y medio, me gusteria saber como debo liquidar, q debo pagar y q no y por que.

    Gracias

  6. Ignacio de Jesús Díaz Serna dice:

    Quisiera que me orientaran sobre plazos para una Tutela por haber sido despedido por la Secretaría de Educación Mpal Medellín sin ser real mi incapacidad y solo por la gestión de un coordinador que no me quería ver “Temblar” y me diagnostican por PRESIONES RECIBIDAS, COMO ENFERMO DE pARKINSON. mI PREGUNTA ES: mE PUEDEN NEGAR LA TUTELA PORQUE HAN PASADO CASI TRES AÑOS?(dESDE EL 10 DE nOVIEMBRE DEL 2009)

    iGNACIO DE j dÍAZ sERN

  7. ALEX dice:

    MI INQUIETUD ES LA SIGUIENTE: UN TRABAJADOR INCAPACITADO LA EMPRESA LE PAGAN EL SUELDO DE LOS 30 DÍAS ? O LOS DÍAS INCAPACITADOS LOS PAGA LA EPS.

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