Un llamado de atención o una solicitud de permiso pueden ser pruebas para demostrar la existencia de un contrato de trabajo realidad

Un llamado de atención que realice el contratante a un contratista (por supuesto que vinculado mediante contrato de servicios), o una solicitud del contratista al contratante para que le otorgue un permiso para ausentarse del trabajo, pueden ser pruebas para que el juez determine que el denominado contrato de servicios no es tal sino que en realidad es un contrato de trabajo realidad.

La jurisprudencia de la sala laboral de la corte suprema de justicia en innumerables oportunidades ha tomado estos dos hechos como prueba de la existencia de un contrato de trabajo, toda vez que son hechos propios de la existencia de quizás el elemento más importante del contrato de trabajo: la subordinación.

Se supone que el contrato de servicios no implica subordinación, de suerte que el contratista tiene cierta independencia y autonomía en el desarrollo de las labores para las que fue contratado, y tal independencia y autonomía se desvirtúa cuando el contratista debe pedir permiso incluso para ir a una cita médica, pues son procedimientos propios de un subordinado. Igual sucede con un llamado de atención, que es propio de una relación laboral, lo que por supuesto no impide que el contratante reclame al contratista si ha incumplido con el objeto del contrato firmado.

A juzgar por la por posición de la corte suprema de justicia, cumplir un horario no es tan decisivo para demostrar subordinación, pero sí puede serlo el hecho de pedir permisos para ausentarse del trabajo, o recibir llamados de atención por asuntos precisamente como ausentarse del trabajo o llegar tarde a su puesto.

Se debe recordar que el contrato de servicios por regla general versa sobre el cumplimiento de un objetivo, el desarrollo de una actividad, de donde se desprende que lo importante son los resultados, aun cuando el contratista no esté todo el día en la empresa o incluso envíe a otra persona  a realizar las actividades que le corresponden.

02 / 09 / 2012

Opinar o comentar

5 Opiniones en “Un llamado de atención o una solicitud de permiso pueden ser pruebas para demostrar la existencia de un contrato de trabajo realidad”
  1. Julian Moreno dice:

    Saludos,
    Un pariente mío trabajó durante 16 años como contratista para una empresa, hace un año lo cambiaron a a contrato laboral, debido a su trabajo perdió su capacidad auditiva y debe usar implantes en ambos oídos, hace unas semanas sufrió una descarga eléctrica en el sitio de trabajo, que por poco le cuesta la vida, se encuentra incapacitado desde entonces pero la empresa no había reportado el caso en la ARP, sus empleadores le dicen que él no puede seguir trabajando así, lógicamente él se encuentra muy preocupado porque no sabe si la antigüedad que tiene en la empresa le cuente para la pensión, qué se puede hacer en éste caso? Agradezco infinitamente orientación en éste sentido…

  2. jeison dice:

    que pasa sila enpresa nomeda vacasiones ya cunpli el año tengo contrato atermino indefinido

  3. jeison dice:

    que pasa si yebo un año travajando y no puedopedirmis vacasiones

  4. Lorena dice:

    Cordial saludo para tod@s;
    Deseo me puedan orientar frente al siguiente caso:
    Contrato Individual de Trabajo por Labor Contratada por XYZ

    Duracion: Por duracion de obra o labor contratada.
    Salario
    Funciones Asociadas
    Jornada – Dedicacion
    Cargo
    Labor contratada: prestacion de servicios de prevencion de riesgos prof.
    Antecedentes:
    Un llamado de atencion escrito.
    Solicitudes como:”..Por favor les recuerdo su compromiso y disciplina en la retroalimentación oportuna de los informes semanales y programador…”
    Pago de viaticos.
    Liquidacion.

    Situacion:
    Trabajador que inicia:11/nov/2010 y FINALIZA: 11/nov/2011.
    Sufre accidente trabajo: abril/2011
    Solicitud por parte especialista tratante:
    OCTUBRE/2011 LLevar a Junta de Rehabilitacion por posible incapacidad VS reubicacion temporal de trabajo. NO SE REALIZO
    ENERO/2012: D E B E reintegrarse laboralmente. NO SE REALIZO

    ACTUALMENTE: proceso fue enviado a Junta NAcional…(arl)
    SOLICITUD A LA EMPRESA de reintegro laboral en los meses de marzo, SIN RTA.
    Der Peticion agosto/2011 REINTEGRO LAB. RTA empresa: “… la empresa XYZ está a la espera por parte de la junta regional de calificacion de invalidez, toda vez que se convoco una audiencia el dia 00/sep/2012, con proposito de definir la controversia interpuesta por ” (el trabajador) “frente a la calificacion de la PCL y una vez seamos notificados” (la empresa) ” procedemos a informarle cualquier decision al respecto”
    Han pasado 2 meses luego de esta RTA, existe alguna responsabilidad de la empresa frente a mi caso, alguna indemnizacion? la forma del contrato genera algun tipo de vinculacion? estue desempleada desde el 12/nov/011 a abril/012… no me contrataron, el examen de egreso refiere que el trabajador se encuentra en control por fisiatria. Actualmente el cargo existe y es ocupado por otro profesional.
    Mi salario actual es muy superior al que tenia con dicha empresa…
    Considero que fui afectada pues la empresa no solicito las restricciones laborales, ni acato lo solicitado por el especialista, en las fechas indicaqdas. (la Historia clinica se allego a la ARL oportunamente).
    Agradezco su valiosa orientacion pues en el momento de lo mencionado fui afectada economica, social, familiar y laboralmente… y la salud ni se diga.

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