¿Una persona jurídica régimen común le debe aplicar Reteiva a una persona natural régimen común?
Nos consultan nuestros usuarios si una persona jurídica que pertenece al régimen común debe practicarle retención en la fuente por Iva (Reteiva) a una persona natural que también pertenece al régimen común.
De la regla general contenida por el artículo 437-2 del estatuto tributario quien señala los agentes de retención en el impuesto a las ventas, se desprende que un responsable del régimen común no debe practicarle retención en la fuente a título de Iva a otro responsable del régimen común.
El hecho de que un régimen común sea persona jurídica y otro sea persona natural no altera esta regla, puesto que lo importante es la calidad de régimen común más no si es persona natural o jurídica.
En consecuencia, sin importar si es persona jurídica o natural, cuando un persona natural o jurídica perteneciente al régimen común adquiere bienes o servicios gravados a otra perteneciente al régimen común, no le práctica retención en la fuente a título de Iva.
Se exceptúa el caso de la persona jurídica que tiene la calidad de gran contribuyente o es entidad estatal. En ese caso sí hay que practicar retención en la fuente por Iva a quienes pertenezcan al régimen común y no sean grandes contribuyentes o entidades estatales.
Descargue aquí un esquema en Excel que le ayudará a conocer cuándo se práctica retención por Iva.


quienes practican retencion en la fuente?
quienes practican reteiva?
y quienes estan obligados a cobrar IVA?
Por favor ayudenme con estas preguntas es urgente para una tareas por favor.
quisiera que me colaboren con lo siguiente: una persona juridica catalogada como gran contribuyente le debe practicar Reteiva a una persona natural régimen común, aun si el tope de venta de la factura no supera los 27 UVT?
Un contribuyentes catalogado como Gran Contribuyente no le debe aplicar reteiva a una persona del régimen común si la venta gravada es inferior a 27 UVT.
RE BOBA NO
AVECES
Apreciados Señores quisiera saber como se contabiliza la venta de un gran contribuyente autorretenedor a un regimen comun para efectos del RETEIVA.
quien debe asumir el iva retenido que se les descuenta a una persona por prestacion de servicios..
Consulta:
Una persona Jurídica del Régimen Común asume el IVA del Régimen Simplificado y lo puede descontar al presentar el IVA Bimestral. Este procedimiento también se puede aplicar en el caso de no tener INGRESOS GRAVADOS en el Bimestre o tendría que asumirlo como COSTO o GASTO. La declaración bimestral de IVA podría presentar saldo a favor por este CONCEPTO? (IVA asumido a Régimen Simplificado, la DIAN devuelve el IVA asumido en la Declaración de Retención en la Fuente, cuando no hay forma de descontarlo en la declarción de IVA.
Jans./
apreciados señores, sobre el tema de reteiva entre contribuyentes del regimen comun no calificados como grandes contribuyentes es importante aclarar la nueva figura que se creó repecto de los proveedores de sociedades de comercialización internacional, donde aplica la retención para el proveedor de los productos que se le vendan a la CI,retencion que dicho sea de paso quedó en el 75%, exceptuando a los grandes contribuyentes.
Saludos