Vacaciones en salario integral
Las vacaciones en el salario integral tienen un tratamiento diferente respecto al valor de la remuneración más no al número de días de vacaciones.
Recordemos que el salario integral está conformado por un factor remuneratorio del 70% y un factor prestacional del 30%.
Por regla general, todos los conceptos de nómina se calculan única y exclusivamente sobre los pagos que tienen como objeto remunerar el trabajo, de suerte que el factor prestacional no hace parte de la base para los aportes a seguridad social y parafiscales, y obviamente que tampoco para el cálculo de prestaciones sociales.
En el caso de salario integral, los aportes a seguridad social y los aportes parafiscales, se realizan sobre el factor remuneratorio, de suerte que hay que “deflactar” el valor total del salario integral para hallar la base (Consulte: Aportes a seguridad social en el salario integral)
Las vacaciones, en cambio, por expresa disposición legal, se remuneran sobre la totalidad del salario integral, esto es, incluyendo el factor prestacional.
El decreto 1174 de 1991, en su artículo 01 expuso:
Salario integral. El salario integral a que se refiere el numeral segundo del artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 18 de la Ley 50 de 1990, será una sola suma convenida libremente y por escrito entre el trabajador y el empleador, suma que será la base para las cotizaciones del Instituto de Seguros Sociales, la liquidación de las indemnizaciones a que se refiere el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo y la remuneración por vacaciones.
Queda claro entonces que tratándose de las vacaciones, la remuneración será igual a la totalidad del salario, incluido el factor prestacional.


Con un salario integral de 8 millones y con el fin de fijar cuota de alimentos, con base en que valor real se debe trabajar?
SI FUERA PATRONO,COMO LIQUIDARIA LAS PRESTACIONES SOCIALES DE UN TRABAJADOR QUE HOY DEVENGA UN SALARIO DE 4.000.000 MILLONES MENSUALES HABIENDOSE PACTADO QUE ESTE SERIA UN SALARIO INTEGRAL
SI LEES EL SALARIO MINIMO INTEGRAL ES DE 13 SMMLV QUE ES MAS DE 7′ MILLONES, QUE TE ESTAFARON YA QUE POR MENOS ES PRESTACION DE SERVICIOS ESTO LO HACEN PARA DESVIARTE Y NO VINCULARTE EN LA NOMINA
cuando se liquidan vacaciones se debe descontar retención en la fuente y fondo de solidaridad pensional?? en que casos se realizan estos descuentos?? tomoando como referencia solo el condepto de vacaciones.
cuando se liquidan vacaciones se debe descontar retención en la fuente y fondo de solidaridad pensional?? en que casos se realizan estos descuentos??
No me ha quedado muy claro como se liquidan las vaciones en el salario integral
Las vacaciones en el salario integral se liquidan sobre el 100% del valor del salario. Es decir, si alguien devenga 10’000.000 de salario integral y la persona tiene 15 días de vacaciones el valor a pagar será de 4’999.999,99 (calculado sobre el 100% del valor del salario integral), no de 3`499.999,99 (calculado sobre el 70% del valor del salario integral).
cuando se liquidan vacaciones se debe descontar retención y fondo de solidaridad pensional?? en que casos se realizan estos descuentos?? tomoando como referencia solo el condepto de vacaciones.
Buenos dias
Tengo un contrato de trabajo a termino de obra y trabajo 1X1, es decir por cada dia de trabajo descanso uno e igual se me paga ya que trabajo en un campo petrolero. Tengo salario integral (minimo).
Mi pregunta es si teniendo esta modalidad de trabajo tengo derecho a vacaciones????
Buenos dias, deseo hacer una consulta de mi caso en particular con respecto a la liquidacion de vacaciones. Trabajo en una empresa y hasta Agosto de 2007 tenia un salario con prestaciones legales. En Septiembre de 2007 me cambiaronde salario a un integral. y me liquidan a esa fecha las prestaciones sociales. A partir de Agosto de 2007 quedo encargada de un area y empiezo con salario integral, en Octubre de 2010 eliminan el cargo y vuelvo a salario normal. Cuando me pasaron de salario con prestaciones a Integral me liquidaron todas las prestaciones sociales a Agosto de 2007. Hoy estoy pidiendo a la empresa me pagan mis vacaciones proporcionales al tiempo laborado con salario integral es decir de Febrero 7 a Octubre 19 de 2010? Es viable esta liquidacion?
Les agradezco su colaboracion.
Cordialmente,
GLORIA JAZMIN MENDOZA ACEVEDO
En el caso de la liquidación de Vacaciones sobre el salario Integral porq no deflactar el componete prestacional si efectuada la liquidación sobre la base del 100% se entendería incluida ya la parte de cesantías, intereses y prima de servicios?
Tengo una consulta, cuando se le liquidan vacaciones a un empleado que tiene Salario Integral, cual es el IBC para aporte a Parafiscales?
Gracias
Elizateth buen día. Quisiera saber si tiene algun concepto sobre el tema que tratas, pues tengo la misma inquietud acerca de la consulta expuesta.
Agradezco la atención.
Tengo la misma inquietud.
Hola
El IBC para los parafiscales sale de sumar el IBC de los días que corresponden a salario(sobre el 70%) y el valor correspondiente a las vacaciones (sobre el 100%); de lo contrario uno estaría dejando de reportar parte del ingreso del trabajador durante ese periodo.
tengo una pregunta. Las vacaciones en contrato fijo y salario integral se remunara proporcional a la duración de este.
Les agradezco la ayuda que me han brindado gracias
Buenas tardes,
no me quedo claro una cosa:
una persona tiene un salario integral de 13.900.000,sale a vacaciones y se le pagan normalmente. Mi pregunta es: tenemos en cuenta como base para el calculo de parafiscales el 100% del valor pagado de vacaciones, y el 70% del salario?¿ o cual es la base para el calculo de los parafiscales, que se deben pagar si salio a vacaciones????
BUENOS DIAS
TENGO UNA INQUIETUD CUAL EL SALARIO ES INTEGRAL, TIENEN AHORROS VOLUNTARIOS A AFC Y PENSIONES CUAL SERIA LA BASE PARA LIQUIDAR VACACIONES?
LES AGRADEZCO LA AYUDA
estos factores q menciona solo influyen en base de retencion en la fuente.
Buen dia, no me queda claro algo?
como es que el salario integral teniendo una porcion equivalente a prestaciones; esto es el 30%. PORQUE SE DEBEN CALCULAR LAS VACIONES TENIENDO EN CUENTA ESTE FACTOR?
Entonces donde esta la funcion del 30%, que cubre y si se calculan las vaCAciones teniendo nuevamente en cuenta esta porcion no estamos recargando su calculo O MEJOR CALCULANDOLO DOS VECES.
Muy interesantes los temas tratados en materia laboral que constituyen información valiosa tanto para empleadores, como para empleados.
De la explicación expuesta en los temas de liquidaciones de nomina en lo que respecta a salario integral manifiestan que:
“Los aportes a seguridad , en principio se deberían realizar sobre el factor remuneratorio , es decir sobre el 70% ,pero por expresa disposición legal , los aportes a seguridad social (salud ,pensión y riesgos profesionales) , se debe realizar sobre el 100% del salario integral”
Pero luego en la parte que trata de vacaciones sobre salario integral expresan : “En el caso de salario integral , los aportes a seguridad social y los aportes parafiscales , se realizan sobre el factor remuneratorio , de suerte que hay que “deflactar” el valor total del salario integral para hallar la base. Para ello el valor total del salario integral se divide ñpor 1.3 ”
“Las vacaciones , en cambio , por expresa disposición legal, se remuneran sobre la totalidad del salario integral, esto es incluyendo el factor prestacional”
En definitiva no me queda claro si los aportes a seguridad social en caso del salario inetgral se liquidan sobre el 100% o sobre el 70% del mismo.
Agradecería me aclaran esta parte.