Valor de las horas extras en jornadas de medio tiempo
Lo más consultado hoy
Descanso compensatorio remunerado por trabajo dominical
¿Seguro que la ley 789 buscaba generar más empleo?
Sanción mínima en corrección de declaraciones tributarias
Gobierno aclara cuáles son los servicios exportados que tienen la calidad de exentos
Un usuario ha realizado una consulta muy particular, y tiene que ver con el valor de la hora extra en jornadas de medio tiempo.
Plantea este usuario que si se ha pactado un salario de $400.000 por medio tiempo, cuanto se debe pagar por una hora extra.
Cuando hablamos de una jornada laboral de 8 horas, es decir la máxima legal, dividimos el salario por 240 para determinar el valor de la hora y así hacer el respectivo cálculo.
Pero en las jornadas de medio tiempo no se pueden tomar 240 horas al mes, sino la mitad, esto es 120.
Ahora, un salario de $400.000 por una jornada de medio tiempo, equivale a un salario de $800.000 en una jornada completa, esto es de 8 horas o de 240 horas mensuales.
En nuestra opinión, para determinar el valor de la hora en el caso de un salario de $400.000 en una jornada de medio tiempo, debemos dividir 400.000 entre 120 que son las horas que se supone se trabajan en el mes, o caso contrario, tomar su equivalente a la jornada completa 800.000 y dividirlo entre 240, que es lo mismo.
Así las cosas, según el ejemplo la hora tiene un valor de 400.000/120 = 3.333 aproximadamente.
Si hacemos lo contrario, esto es tomamos el salario equivalente a una jornada completa, tendremos 800.000/240 = 3.333.
Esto suponiendo que el medio tiempo sea igual a la mitad de la jornada laboral máxima legal, esto es que se trabajan 4 horas diarias.
Teniendo el valor de la hora ordinaria, basta aplicar el respectivo recargo. Por ejemplo el valor de la hora extra diurna que tiene un recargo del 25% sería de $4.166 [3.333x1,25].
Este tema y muchos más en Nuestra Guía Laboral


hola yo soy vijilante trabajo 12 horas nocturnas , no nos pagan ni recargo y tampoco hora extra. nos dicen que es porque el presidente uribe quito todo eso mi pregunta es . Es sierto o nos estan robando, por favor aclarenme eso porque somos varios que estamos en la misma situacion.
huy q grave los estan tumbando….
Hola quisiera que me ayudaran con esta pregunta:
Una persona tiene una jornada habitual de Lunes a Viernes de 8am a 12 m y de 2pm a 6pm si trabaja un domingo o festivo 4 horas ésta se debe liquidar como un dominical o festivo (1.75) o como una hora extra diurna dominical festiva (2.00).