¿Qué sucede con los aportes voluntarios a pensión que un afiliado al régimen de ahorro individual ha realizado cuando decide trasladarse al régimen de prima media (Colpensiones)?
Aportes voluntarios a pensión no se trasladan a Colpensiones.
En el régimen de ahorro individual o fondos de pensiones privados, los afiliados pueden hacer aportes voluntarios a pensión, principalmente con el objetivo de hacer uso de los beneficios tributarios que estos ofrecen, y al cambiarse de régimen esos aportes voluntarios a pensión se reintegran al afiliado.
Es así porque los aportes voluntarios forman parte del patrimonio del afiliado y no hacen parte de los recursos del sistema de pensiones, por tanto, deben retornar al afiliado al momento de hacer el traslado.
A Colpensiones sólo pasan los aportes obligatorios que estén en la cuenta individual, pues los voluntarios no hacen parte del sistema pensional como tal, sino que son un ahorro del que el afiliado puede disponer libremente en cualquier momento.
Lo que dice el reglamento.
Al respecto dice el numeral 2 del artículo 2.2.2.3.1 del decreto 1833 de 2016:
«Si el traslado se produce del régimen de ahorro individual con solidaridad al régimen de prima media con prestación definida se le acreditarán en éste último el número de semanas cotizadas en el primero y se transferirá el saldo de la cuenta individual, incluidos los rendimientos y el bono pensional cuando sea del caso. Las cotizaciones voluntarias cuyo retiro no se haya efectuado al momento del traslado se devolverán al afiliado, previa solicitud efectuada seis (6) meses antes del traslado.»
Antes de que el afiliado solicite el cambio o traslado de régimen pensional, debe solicitar el retiro de los aportes voluntarios que haya realizado, pues esto son deben pasar a Colpensiones.
Los efectos tributarios
Esto obliga a que el afiliado haga una debida planeación con la suficiente antelación, puesto que, si retira los aportes voluntarios de pensión antes de que se cumpla el tiempo mínimo de permanencia para conservar los beneficios tributarios, los perderá y le será aplicada la retención en la fuente contingente.
En consecuencia, quien haya realizado aportes voluntarios a pensión y haya hecho uso de los beneficios fiscales que estos proveen, debe considerar ese aspecto al momento de tomar la decisión de cambiarse de régimen.
Cuánto tiempo se demora el fondo privado para pasar el dinero a Colpensiones, una vez lo determina el fallo de nulidad? Gracias
Es obligatorio retirar los aportes voluntarios del fondo privado? No es posible cotizar en colpensiones y seguir ahorrando en pension voluntaria?
lo mejor para quienes cotizan 1 o 2 salarios mínimos, no es tan doloroso xq saldrán con un mínimo su mesada, pero cotización de salarios mayores, al igual su mesada saldría en 1 Mínimo, ej: tengo 6 millones y mi mesada es de 1.200.000 prácticamente el mínimo. Entonces por cual se decide??. En Colpensiones la mínimo es el 65% de su salario actual.
Tener en cuenta…. FGF
Queremos mejorar entonces apretemos y recemos por las nuevas reformas, en lo salarial todo lo que están solicitando es volver a tener las prerrogativas de años anteriores. y NO QUEREMOS…… será cierto…… ??????????????????????????????????????????????????????????????????????????
¡Claro que si y todo lo quito El Clan CD. entonces Compañeros. Gracias!