NIC 8 establece que la entidad debe seleccionar y aplicar las políticas contables de manera uniforme al momento de reconocer transacciones similares, a menos que una NIIF requiera o permita establecer categorías de partidas para lo cual es apropiado utilizar una política contable diferente[1].
Cambio de políticas contables NII – NIC.
La uniformidad de las políticas contables es muy importante en las NIIF porque permite mejorar la comparabilidad de la información financiera, sin embargo es posible que la entidad deba cambiar su política contable y esto puede conllevar a romper esa uniformidad.
Para IASB sin embargo la representación fiel es una característica cualitativa principal de la información financiera y siempre que para mejorarla una entidad deba sacrificar la comparabilidad[2] esta será bienvenida.
De acuerdo con lo anterior, preferiblemente una entidad no debe cambiar sus políticas contables, sin embargo el cambio en políticas contables se hace necesario si:
- El cambio en la política contable es requerido por una nueva NIIF, o por una modificación a una NIIF existente; o
- La nueva política contable lleva a que los estados financieros suministren información financiera más fiable y relevante sobre los efectos de las transacciones, que afecten a la información financiera de la entidad.
Lo anterior supone que una política contable solo podría ser cambiada bajo dos situaciones:
Situación 1 Obligatorio. Cuando IASB lo requiera, esto ocurrirá solo cuando un cambio en una NIIF ha ocurrido o cuando una nueva NIIF ha sido emitida, por ejemplo en enero de 2014 IASB ha publicado la nueva NIIF 14, Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas, la cual tiene vigencia para periodos anuales que inicien en enero 1 de 2016[3].
Situación 2 Voluntario. Cuando la entidad lo requiera, para este caso existe una limitante importante y se encuentra relacionada con la exigencia de NIC 8 referente a que tal cambio (voluntario) suministra información más relevante al momento de emitir información financiera, un ejemplo de lo anterior puede observarse a través de los siguientes ejemplos:
- Cambio de la política de medición posterior del costo al modelo de la revaluación, de acuerdo con NIC 16, propiedad, planta y equipo o la NIC 38, intangibles.
- Cambio de la política de medición posterior del modelo del costo al modelo de valor razonable, establecido en NIC 40, propiedades de inversión.
Ahora bien, la consecuencia de cambiar las políticas contables hace que la comparabilidad de la información financiera se vea altamente afectada, un ejemplo de lo anterior lo observamos de la siguiente manera:
La entidad A, tiene activos consistentes en propiedad, planta y equipo de la siguiente manera:
Los activos ya se encontraban depreciados por 10 años (edificios y maquinaria)
Sin embrago a inicios del año 20x3 la entidad cambia su política contable, al pasar del modelo del costo al modelo de la revaluación, presentando la siguiente situación:
De tal manera que utilizando el método de la eliminación de la depreciación[4], para revaluar los elementos de propiedad, planta y equipo tenemos la siguiente situación para el periodo 20x3
De esta manera, sin haber adquirido ningún elemento de propiedad, planta y equipo en el periodo, tenemos la siguiente situación:
Lo anterior trae dos interrogantes a ser planteados:
- ¿Es comparativa esta información?
- ¿ Qué tratamiento contable se debe platear en caso que la información financiera no sea comparativa?
Referencias.
[1] El párrafo 13 de NIC 8 menciona esta circunstancia como uniformidad en políticas contables.
[2] Para el Marco Conceptual del 2010, es una característica cualitativa de mejora
[3] NIIF 14, párrafo IN4
[4] NIC 16 permite para reconocer la revaluación de los activos, el método de la eliminación de la depreciación o el método de la reexpresión de la depreciación, ver NIC 16 para conocer más al respecto.
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