Sociedad en comandita

Las sociedades en comandita se caracterizan porque para conformarse se requiere la existencia de dos tipos de socios; unos que comprometan su responsabilidad de manera solidaria e ilimitada y otros que respondan hasta el monto de sus aportes, es decir, de forma limitada.

Qué es una sociedad en comandita.

Una sociedad en comandita es un tipo de sociedad en la que hay un grupo de socios gestores, acompañados de otro grupo de socios que aportan capital sin asumir responsabilidades más allá de sus aportes.

Comanditar significa acompañar, y también significa aportar recursos para un negocio sin asumir responsabilidades mercantiles.

Por ello, los socios comanditarios o acompañantes tienen una responsabilidad limitada, en tanto los socios gestores, que son los que encabezan la sociedad y su administración, tienen una responsabilidad solidaria e ilimitada.

Constitución de la sociedad en comandita.

La sociedad en comandita, según el artículo 323 del código de comercio, se constituye con dos clases de socios: unos llamados gestores y otros llamados comanditarios. Sin estas dos clases de socios no puede existir una sociedad en comandita.

La cantidad de socios gestores y comanditarios van desde uno a muchos, pues la ley no los limita en modo alguno, y señala en los dos casos «uno o más socios», excepto en el caso de la comandita por acciones a la que nos referimos unas líneas adelante.

Clases de socios en la sociedad en comandita.

Como ya lo señalamos, en la sociedad en comandita existen dos clases o categorías de socios:

  1. Socio gestor.
  2. Socio comanditario.

Estas dos categorías de socios representan deberes y derechos diferentes.

El socio gestor, como su nombre lo indica, es quien tiene la representación y gestión de la sociedad, y de hecho el socio comanditario no puede ejercer funciones de representación de la sociedad, excepto como delegado y para casos excepcionales.

El socio comanditario al no tener la misma capacidad intervención que el gestor en la sociedad, goza del derecho a la inspección a fin de garantizar sus intereses e la sociedad.

Clases de sociedades en comandita.

Así como la sociedad en comandita por acciones tiene dos tipos de socios, también las puede haber de dos tipos o clases: comandita simple o comandita por acciones.

Sociedad en comandita simple.

La sociedad en comandita simple se caracteriza porque su capital social se divide en cuotas partes, no en acciones.

En este tipo de sociedad la ley no impuso un límite al número de socios ni a la cantidad de capital social que se debe suscribir y pagar.

La administración será ejercida siempre por los socios gestores, y las funciones de inspección y vigilancia por los comanditarios, sin perjuicio de que se pueda nombrar un revisor fiscal.

Por regla general a los socios gestores se la aplican las reglas de las sociedades colectivas, y los comanditarios las de las sociedades limitadas.

Cualquier reforma estatutaria debe ser aprobada por la totalidad de los socios gestores, y por la mayoría absoluta de los socios comanditarios.

La sociedad en comandita simple se debe disolver cuando su capital social se reduzca a la tercera parte o menos, o cuando desaparezca uno de los dos tipos de socios (gestores o comanditarios).

Sociedad en comandita por acciones.

La sociedad en comandita por acciones divide su capital en acciones y no en cuotas de interés social, y no puede ser constituida con menos de 5 socios, entre gestores y comanditarios.

El artículo 345 del código de comercio exige que, al constituirse a la sociedad, se debe suscribir al menos el 50% del capital social, y pagarse al menos la tercera parte del capital suscrito, mismas reglas aplicables a la sociedad anónima.

Capital autorizado, suscrito y pagado.Conozca en qué consiste el capital autorizado, el suscrito y el pagado, conceptos propios de las sociedades de capital y por acciones.

En cuanto a la emisión y colocación de acciones, y remoras estatutarias, se aplicarán las mismas reglas que la sociedad anónima.

La sociedad en comandita por acciones debe constituir una reserva legal, obligación que no se asiste a la sociedad en comandita simple.

Reserva legal.Sociedades obligadas a constituir la reserva legal, montos, límites y destinación específica de la reserva legal.

La disolución de la sociedad en comandita por acciones ocurrirá cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio negó a menos del 50% del capital suscrito, y cuando desaparezcan uno de los tipos de socios que conforman la sociedad.

La administración corresponde a los socios gestores al igual que en la sociedad en comandita simple.

Diferencias entre la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones.

Respecto a lo que se ha visto de este tipo de sociedades podemos identificar las siguientes diferencias:

  • Respecto al capital social en la sociedad en comandita simple se divide en cuotas o partes de interés, mientras que en la sociedad en comandita por acciones se divide en acciones representadas en títulos de igual valor.
  • En cuanto a la cesión de las cuotas o partes de interés en la sociedad en comandita simple esta se efectuará por escritura pública, cuando los socios colectivos pretendan ceder su parte de interés necesitaran la aprobación unánime de los demás socios colectivos, si se trata de un socio comanditario se requiere el voto unánime de los demás comanditarios; en la sociedad en comandita por acciones la negociación de las acciones es libre a menos que se pacte el derecho de preferencia.
  • En la sociedad en comandita simple los socios se rigen por las normas de la sociedad de responsabilidad limitada por ende en este tipo de sociedad los socios comanditarios no pueden exceder de veinticinco, mientras que en la sociedad en comandita por acciones los socios comanditarios se rigen por las normas de la sociedad anónima por ende debe haber un mínimo de cinco socios comanditarios.
  • Respecto a las causales especiales de disolución las sociedades en comandita simple se disolverán por perdidas que reduzcan el capital a la tercera parte o menos, mientras que en la sociedad en comandita por acciones hay disolución cuando las perdidas reduzcan el patrimonio neto a menos del cincuenta por ciento del capital suscrito.

Diferenciación de los socios gestores y comanditarios.

Señalamos que para conformar una sociedad en comandita se requiere de dos tipos de socios (gestores y comanditarios) como lo señala el artículo 323 del código de comercio:

«La sociedad en comandita se formará siempre entre uno o más socios que comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales y otro o varios socios que limitan la responsabilidad a sus respectivos aportes. Los primeros se denominarán socios gestores o colectivos y los segundos, socios comanditarios.»

Existen dos tipos o niveles de responsabilidades, por lo tanto, hay que tener clara las diferencias entre unos socios y otros, unos llamados

Estas dos clases de socios que hacen parte de una sociedad en comandita ya sea simple o por acciones se diferencian por la responsabilidad que asumen al momento de suscribir el contrato de sociedad; los socios gestores o colectivos se caracterizan pues la responsabilidad de estos es solidaria e ilimitada.

Mientras que, cuando a socios comanditarios nos referimos la responsabilidad de estos es limitada a los aportes. La presencia de estos dos tipos de socios en las sociedades en comandita es fundamental, pues sin la presencia de alguno de ellos la sociedad tendrá que disolverse.

Debido a que la responsabilidad de los socios gestores o colectivos es solidaria e ilimitada la administración de la sociedad les corresponden a ellos, por ende, los socios comanditarios no podrán ejercer funciones de representación a menos que hayan sido delegados por los socios colectivos.

Responsabilidad de los socios en la sociedad en comandita.

La responsabilidad de los socios en la sociedad en comandita depende del tipo de socios.

Los socios gestores tienen una responsabilidad solidaria e ilimitada, y los socios comanditarios tienen una responsabilidad limitada al monto de sus aportes.

La responsabilidad de los socios es la misma tanto en la sociedad en comandita simple como en la sociedad en comandita por acciones.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

En la sociedad en comandita simple el capital es aportado por todos los socios, tanto estores como comanditarios.

Las responsabilidades en la sociedad comandita simple son las mismas, donde los socios gestores responden solidaria e ilimitadamente, en tanto los socios comanditarios lo hacen hasta el límite de sus aportes.

Sí. Según el artículo 323 de código de comercio, que trata sobre la sociedad en comandita en forma general, se puede crear como mínimo con 2 socios, uno gestor y otro comanditario.

A tal conclusión se arriba porque la regla general del artículo 323 del código de comercio sólo tiene una excepción, y es la de la sociedad en comandita por acciones que debe tener como mínimo 5 socios.

Sí, deben tener socios comanditarios y si no, no sería una sociedad en comandita. Lo que el artículo 343 del código de comercio permite es que los socios comanditarios no participen en el acto constitutivo de la sociedad.

La ley contempla un mínimo de 5 socios o accionistas entre gestores y comanditarios, más no impone un límite superior.

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  1. Angie (mayo 25 de 2022)

    Buenas, me podrían ayudar a describir como se haría un certificado de composición accionaria de una Sociedad encomandita por Acciones, si tiene 2 socios gestionares y 2 socios comanditarios
    Gracias

    Responder
  2. Alejandro (noviembre 25 de 2022)

    Buen día, por favor me informa que autorización, por parte de los miembros de la sociedad, requiere el gestor y gerente de una sociedad en comandita simple para vender un inmueble que pertenece a la sociedad. Gracias

    Responder

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