Cuando el trabajador termina su contrato de trabajo, el empleador debe pagarle la liquidación a que tiene derecho el trabajador y aquí explicamos cómo se hace.
A tener en cuenta para calcular la liquidación.
La liquidación se calcula a partir del salario del trabajador, el cual incluye los distintos conceptos como horas extras, recargos nocturnos, trabajo dominical o festivo, comisiones, etc.
La liquidación depende del tiempo a partir del cual se le hizo la última liquidación de prestaciones sociales y vacaciones al trabajador.
Las prestaciones sociales se deben liquidar por lo menos cada año, al finalizar el año, y no sólo al terminar el contrato de trabajo.
Conceptos a liquidar.
Cuando el trabajador termina el contrato se le deben liquidar los siguientes conceptos:
- Cesantías.
- Intereses sobre cesantías.
- Prima de servicios.
- Vacaciones pendientes de disfrute.
Como se observa, son los mismos conceptos que se deben liquidar todos los años en vigencia del contrato de trabajo, de manera que al terminar el contrato se liquidan los mismos conceptos a partir de la última fecha en que se liquidaron, así que la liquidación como tal no incluye conceptos distintos a los que se liquidan cada año regularmente.
Recordemos que estos conceptos se liquidan cada año en las siguientes fechas:
Cesantías | 31 de diciembre de cada año |
Intereses sobre cesantías | 31 de diciembre de cada año |
Prima de servicios | 30 de junio y 20 de diciembre de cada año. |
Vacaciones | Cuando el trabajador cumpla un año de trabajo o desde las últimas vacaciones. |
En consecuencia, al calcular la liquidación cuando el trabajador sale de la empresa, se toman como referencia las fechas en que se hizo la última liquidación de cada uno de esos conceptos, y eso determina los días trabajados sobre los que se hace la liquidación.
Así, por ejemplo, si un trabajador lleva trabajando para la empresa 5 años, la liquidación no se hace por 5 años, sino por el tiempo que haya transcurrido desde la fecha en que se liquidó por última vez cada uno de los conceptos anteriormente señalados.
De manera que si el trabajador se retira en marzo de 2021 la liquidación corresponde únicamente al tiempo transcurrido entre enero y marzo de 2021, ya que en diciembre de 2020 se debieron liquidar cesantías, intereses sobre cesantías y prima de servicios.
Las vacaciones se liquidan desde la última vez en que se otorgaron al trabajador.
Así se calcula la liquidación.
Teniendo claro los anteriores conceptos, la liquidación se hace con base al salario del trabajador aplicando las siguientes fórmulas:
Concepto a liquidar. | Fórmula para hacer la liquidación. |
Cesantías | (Salario mensual * Días trabajados) /360 |
Intereses sobre cesantías | (Cesantías * Días trabajados * 0,12) /360 |
Prima de servicios | (Salario mensual * Días trabajados en el semestre) /360 |
Vacaciones | (Salario mensual básico * Días trabajados) /720 |
Para hacer la liquidación sólo debemos reemplazar los valores de cada fórmula y hacer los cálculos respectivos.
Ejemplo en el cálculo de la liquidación.
Supongamos un trabajador que tiene un salario de $1.500.000 mensuales que se retira el 20 de abril de 2021, y la última vez que salió a vacaciones fue el 20 de septiembre de 2020.
Para hacer la liquidación debemos determinar los días trabajados que solicita cada fórmula, y para ello debemos contar los días que han transcurrido entre la última liquidación y la fecha en que el trabajador se retira, así:
Concepto | Última liquidación | Retiro | Días transcurridos |
Cesantías | 31 de diciembre de 2020 | 20/04/2021 | 110 |
Intereses sobre cesantías | 31 de diciembre de 2020 | 20/04/2021 | 110 |
Prima de servicios | 31 de diciembre de 2020 | 20/04/2021 | 110 |
Vacaciones | 20 de septiembre de 2020 | 20/04/2021 | 210 |
Aquí partimos del supuesto que el empleador liquidó las prestaciones sociales a 31 de diciembre del 2020, así que sólo se adeuda lo correspondiente a 2021. Si no es el caso, se toma como referencia la fecha en que se hizo la última liquidación, como por ejemplo diciembre 31 de 2019, o junio de 2020, etc.
Si el trabajador es nuevo y por la corta duración del contrato, previo a la fecha de retiro no se ha liquidado ningún concepto, se utiliza como referencia la fecha de ingreso del trabajador para hacer la liquidación.
El cálculo de los días se hace en Excel utilizando la formula DIAS360 en razón a que para efectos laborales el mes se entiende de 30 días y el año de 360 días.
Con base a lo anterior tenemos los siguientes valores:
- Salario: $1.500.000.
- Días trabajados: 110 para prestaciones y 210 para vacaciones.
Reemplazando esos valores en las fórmulas tenemos lo siguiente:
Concepto. | Fórmula. | Valor liquidado. |
Cesantías. | 1.200.000 x 110 / 360 | $458.333 |
Intereses cesantías. | 458.333 x 110 x 0.12 / 360 | $16.806 |
Prima de servicios. | 1.200.000 x 110 / 360 | $458.333 |
Vacaciones. | 1.200.000 x 210 / 720 | $299.167 |
Total liquidación. | $1.162.637 |
Para calcular los intereses sobre cesantías primero se deben liquidar las cesantías.
Plazo para el pago de la liquidación.
La liquidación se debe pagar al trabajador el día en que se retire, puesto que la ley no otorga ningún plazo al empleador para el pago.
Este aspecto está regulado en el artículo 65 del código sustantivo del trabajo.
Calculadora de la liquidación.
En Gerencie.com desarrollamos una herramienta en Excel que permite hacer el cálculo automático de la liquidación a partir de los datos que suministre el usuario.
Téngase en cuenta que además de los conceptos aquí liquidados, se debe pagar al trabajador el salario del último mes laborado, y de los meses que anteriores que estén pendientes de pago.
Adicionalmente, si el trabajador ha sido despedido sin justa causa, se debe liquidar también la indemnización por despido injusto, que puede liquidar utilizando esta herramienta.
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septiembre 2nd, 2021 a las 6:42 pm
Hola buen día quisiera saber si me puedes ayudar resulta que yo llevaba trabajando 5 años y 6 meses en la empresa, pero mi renuncia fue voluntaria y solo me están dando de liquidación 1.731.000 mil si esta bien eso si me pudieran ayudar gracias
noviembre 11th, 2021 a las 12:51 pm
a mi me pasó igual que maicol
septiembre 8th, 2021 a las 4:30 pm
La pregunta es si la liquidación la dan, fuera de las cesantías, vacaciones y primas de servicios; contrato termino fijo.
septiembre 8th, 2021 a las 4:30 pm
?
diciembre 2nd, 2021 a las 10:40 am
Buenos días tengo un problema que necesito de su ayuda trabajé 37 años en una e.s.e de un municipio de Antiquia Colombia renuncie a partir del 31 de mayo 2019 para reclamar pensión como auxiliar de enfermería a mi retiro me adeudan 1.160 mil ciento sesenta horas extraspues me las acumulaban me pagaban en tiempo algunas veces pero a otras compañeras les pagan en dinero,también me adeudan primas de vida cara 5 quincenas,1 de antigüedad y unas cesantes correspondientes al año 2013 que no fueron depositadas en el fondo quien me entregó constancia de eso,mi liquidación me la entregaron en junio de 2020 por valor de $ 5.500.000= cinco millones quinientos mil pesos,como no me incluyeron las cuentas que estaban pendientes hice un derecho de petición cobrando lo que me adeudan,pero oh sorpresa me responden que ya no me deben nada porque ya salí de trabajar en la e.s.e que ya me pagaron lo que era y que el tiempo se venció en tones no pagan en tiempo que es porque le dicen a uno ahora no hay plata espere,para luego decir se venció parece que fuera una estrategia para no pagartengo soporte de lo que esta pendiente por pagarme. Que debo hacer tengo esperanza de recuperar lo que me deben fue trabajo con amor y responsabilidad. Mil gracias por su ayuda.
diciembre 6th, 2021 a las 3:33 pm
Un contrato de 3 meses requiere liquidación
febrero 14th, 2022 a las 10:15 am
Buenos días gracias por información valiosa, solo quisiera consultar un caso muy particular si es posible, cuando el empleado se retira al terminar las vacaciones, la fecha de retiro sería al iniciar vacaciones o al finalizar vacaciones?
marzo 6th, 2022 a las 6:21 pm
En el ejercicio para calcular las cesantías, pones 1.200.000, pero el salario es de 1.500.000. ¿Por qué?, y la respuesta de la fórmula da con 1.500.000… por qué?
julio 1st, 2022 a las 11:01 pm
Quisiera saber yo trabaje 45 días y me echaron sin justa razón como saco el porsentage de la liquidación o q debo hacer
febrero 9th, 2023 a las 10:25 am
Ya terminé mi contrato por un año quisiera saber cuánto tengo que recibir la totalidad de la liquidación porfavor saldo
abril 25th, 2023 a las 8:56 pm
No entiendo, si en el ejemplo de la liquidación dicen que el trabajador gana 1.500.000, porque hacem los ejercicios con un salario de 1.200.000.
No tiene lógica y el resultado no seria el mismo.
abril 25th, 2023 a las 9:03 pm
El ejemplo de la liquidacion, ademas del error con el valor que gana y los valores que ponen, LA OPERACION DE LA LIQUIDACON DE LAS VACACIONES TAMBIEN ESTA ERRONEO.
Ojo que en vez de informar, esto desinforma