Cómo llenar una letra de cambio

La letra de cambio diligenciada correctamente constituye un título valor que presta mérito ejecutivo, con la que se pueden respaldar los dineros o recursos que hayamos prestado o que nos adeuden, y tiene valor sólo si ha sido diligenciada correctamente, por lo tanto, hay que prestar mucha atención al momento de llenarla y firmarla.

Cómo diligenciar una letra de cambio.

La letra de cambio tiene una serie de campos que deben ser diligenciados correctamente para que tenga validez.

Para el diligenciamiento de la letra de cambio hay que tener claro quién es el girador de la letra de cambio, y contra quien se gira.

Además, se deben diligenciar datos como la fecha en que se crea la letra de cambio, la de vencimiento de la letra, el valor de la misma, la firma del aceptante, etc., y por ello iniciaremos con abordar las partes o los elementos que tiene una letra de cambio, para finalizar con un ejemplo.

Las partes o elementos de la letra de cambio.

Hay que tener claro cuáles son la partes o los elementos que tiene la letra de cambio, pues de esa claridad depende que la diligenciemos como debe ser.

Girador en la letra de cambio.

El girador es la persona o la parte que crea la letra de cambio, y que no es otro que el acreedor. El girador es la persona que presta el dinero, y a quien se le debe pagar.

Girado o librado en la letra de cambio.

El girado es la persona que se obliga a pagar la letra de cambio, es decir, quien la firma, quien la suscribe y la acepta, quedando obligado al pago.

Así lo deja claro la sala de casación civil de la Corte suprema de justicia en sentencia STC4164-2019, con ponencia del magistrado Ariel Salazar Ramírez:

«De allí se destaca que el instrumento exterioriza una declaración unilateral de voluntad proveniente de una persona a quien se le conoce como girador, creador o librador, quien por medio de ese documento, imparte una orden escrita a otra, que vendría a ser el girado o librado, de pagar una determinada cantidad de dinero en un tiempo futuro a quien ostente la calidad de beneficiario del instrumento si es persona determinada, o al portador.»

El girado es quien asume la obligación de pagar en favor del girador, o de la persona que figure como beneficiaria de la letra de cambio.

Ejemplo.

Carlos le presta dinero a Roberto, siendo Carlos el Girador y Roberto el Girado, quien suscribe la letra de cambio.

Pero como Carlos no sabe leer, o desconoce la letra de cambio, Roberto muy hábilmente diligencia la letra y la hace firmar de Carlos, y este no se da cuenta que ha firmado como girado, por lo tanto, Carlos termina debiéndole a Roberto y no lo contrario.

El Avalista en la letra de cambio.

Es la persona que respalda la letra en caso de que el girado no la pague. Digamos que es el fiador, de manera que en caso de que el deudor no pague, se podríamos decir que el avalista se convierte en girado.

Aval y avalista.Qué es el aval, derechos y obligaciones de quien firma como avalista una letra de cambio o un pagaré.

Conceptos que se deben diligenciar en una letra de cambio.

Una letra de cambio debe tener diligenciados los siguientes conceptos:

  1. Nombre del girador.
  2. Firma del girado.
  3. Nombre del girado.
  4. Número de la letra.
  5. Fecha en que se elabora la letra de cambio.
  6. Lugar donde se debe pagar.
  7. Valor de la deuda en letras.
  8. Valor de la deuda en números.
  9. Fecha en que se debe pagar la letra.

En algunos casos se puede adicional los siguientes conceptos:

  1. Interés moratorio en caso de no pagar en la fecha indicada.
  2. Número de cuotas si el pago lo requiere.
  3. Valor de las cuotas si las hubiera.
  4. Dirección y teléfono de los girados (quienes deben pagar).

Como recomendación adicional, algunas persona acostumbras exigir al girado que estampe su huella en la letra de cambio, para que luego no alegue que la letra y/o firma no es la suya.

Formato, modelo o ejemplo de letra de cambio.

A continuación, dejamos un modelo de lo que podría ser una letra de cambio en la que se ilustra el cómo debe diligenciarse, utilizando un formato de uso común que se consiguen en las papelerías de barrio, en la que Cleopatra se obliga a pagarle un dinero a Anibal, siendo Cleopatra la girada y Anibal el girador.

llenar-letra-de-cambio

En esta letra de cambio se identifican los siguientes aspectos básicos:

  • Girador. Aníbal Varca.
  • Girado (a): Cleopatra Nea Thea.
  • Fecha de creación de la letra: 15 de enero de 2021.
  • Fecha de vencimiento o de pago:  27 de abril de 2021.
  • Contenido: Valor en letras y números.
  • Interés: El interés remuneratorio (1%) y el moratorio (2%).
  • Firma: La firma de Cleopatra aceptante de la letra y obligada a pagarla.

Si bien este formato no tiene la totalidad de los datos arriba señalados, es el más utilizado por las personas en su diario vivir, y ese formato resulta suficiente siempre que se diligencie correctamente.

Recomendaciones a la hora de diligenciar una letra de cambio.

Siempre debe colocar la fecha de creación de la letra, y lo más importante, la fecha de vencimiento o de pago.

Si la letra no tiene una fecha de vencimiento, esta presume que debe ser pagada a la vista, es decir, a la presentación de la letra al deudor, o, en otras palabras, puede ser cobrada en cualquier momento.

Nunca se debe diligenciar una letra con valores en blanco, y en caso de ser necesario, hay que diligenciar la respectiva carta de instrucciones, pues la ausencia de la carta de instrucciones supone problemas muy serios.

No está demás exigirle al deudor que coloque su huella para hacer más difícil que la letra sea tachada de falsa.

Por qué autenticar contratos, documentos y títulos valores.Un documento o contrato por regla general no requiere ser autenticado, pero es más seguro si se autentica.

Y sí, la letra de cambio también puede ser autenticada ante notario como medida de seguridad.

Asegúrese de no equivocarse respecto al lugar donde se ha de colocar el nombre del girador y el nombre del girado deudor.

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Déjenos su opinión

28 Opiniones
  1. Margarita martinez Dice:

    Mi esposo firmo dos letras antes de morir el murio el 17 de mayo del 2014. Y las letras fueron firmadas por el una 10 agosto y la otra 7 marzo de 2013 las dos. el dueños de las letra nos demanda en el juzgado primero de pequeñas cuantias y competencias múltiples de floridablanca (santander) las letras no tenian fecha de pagos el demanda en el 2018 despues de que sale la sucesión que fue el 2 de agosto de 2018. Mi pregunta es esas letras cuasan merito ejecutiovo a esta fecha gracias

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    • Jorge E. Dice:

      Si su esposo no las pago antes de fallecer le queda la deuda a usted tal cual como si el hubiera dejado una herencia.

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    • SANDRA Dice:

      Los títulos valores tienen vigencia por 3 años. Alegue la prescripción.

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      • Alfredo Dice:

        Porque mejor no paga y reconoce la deuda-

        Responder
  2. jenny Dice:

    tengo 2 letras de cambio firmadas por la misma persona a quien realice un préstamo en 2 fechas diferentes a la fecha ya han pasado una letra 5 años y la otra 6 años no diligenciamos fecha de vencimiento , la persona no ha querido pagar ni los intereses , ni tampoco el dinero , mi pregunta es si aun tienen vigencia estos títulos para hacer el cobro atraves de un abogado

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    • Omaira Dice:

      Ya prescribieron para su cobro, podría iniciar proceso, en espera de que la otra parte no invoque la prescripción. Por otro lado pasó esa obligación a ser natural, intente cobrarla personalmente y en caso de aceptarla el deudor, reactiva la deuda y fijan nuevas condiciones de pago. O puede iniciar in proceso monitorio, indicando que fue un mutuo a interés

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  3. aprendiz Dice:

    excelente explicación, me quedo claro. pero se pasaron con los nombre de las partes jajajajaja, cleopatra y anibal varca, jajaja, haciendo negocios desde tiempos inmemorables, jajaja me hicieron el dia

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  4. Alfredo R Grandett. Dice:

    A mi entendimiento considero que ya estan prescritas por que el señor hasta la fecha 2 de agosto del 2018 llevaba mas de cuatro años de fallecido y se dice que estos prescriben despues de los tres años.y no solo esto si no que los documentos fueron firmados en el 2013 por el difunto.y la fecha que se debe tener como final de pago es la fecha del fallecimiento del girado.

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    • D.ANTHONY C.R. Dice:

      Hay que tener en cuenta que una cosa es la fecha de creación del titulo y otra la fecha en que debe realizarse el pago de la obligación, desde esta ultima es que se vuelve exigible el titulo valor…

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  5. Mona Dice:

    Buenas tardes si una letra le. Po en un amulta de 10 por ciento es permitido

    La persona que firmó. La. Letra no trabaja no tiene propiedades esta casi scoega que. Pasa

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  6. Marco Antonio Dice:

    Tengo una letra de cambio sin llenar intereses remuneratorios, eso quiere decir que se presume algún tipo de intereses remuneratorios o simplemente no se pueden cobrar al no estar estipulados? Gracias

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  7. leopat30 Dice:

    BUENAS, UNA PREGUNTA TENGO UNA LETRA DE CAMBIO PERO ESTA MAL DILIGENCIADA EL GIRADO FIRMO EN EL ESPACIO DEL GIRADOR, TIENE ALGUNA VALIDAZ? LA LETRA ESTA EN BLANCO PERO CON ESE ERROR, SE PUEDE HACER ALGO?

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  8. amitome Dice:

    Girador. Aníbal Barca.
    Girado (a): Cleopatra Nea Thea.
    Fecha de creación de la letra: Noviembre 28 de 2018. 15 junio del 2021
    Fecha de vencimiento o de pago: Marzo 25 de 2019. 27 abril 2021
    Contenido: Valor en letras y números.
    Interés: El interés remuneratorio (0%) y el moratorio (3%).
    Los datos no corresponden con la letra… Fechas equivocadas y para pago antes de su creación, ojo crean confusiones.

    Gracias.

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    • Gerencie.com Dice:

      Gracias por la observación. Se ha corregido el error.

      Saludos

      Responder
      • Gustavo a m Dice:

        Buen día necesito una asesoría a nivel de jurisprudencia laboral y pensionales tengo varias incapacidades debido a operaciones realizadas por EPS y he perdido tiempo desde el inicios de la epidemia hasta la fecha informándole además que no se realizó la rehabilitación de las mismas a tiempo Tengo días y dinero en el fondo de pensiones no la edad pero deseó realizar la correspondiente pensión por invalidez como me pueden colaborar con la evolución de este tema quedó atento gracias saludos además tengo entendido que después de 180 días ya no paga la esp sino el fondo de pensiones y quiero tener esa situación ya lista antes de que la EPS deje de pagar las respectivas incapacidades.

        Responder
      • alejandro Dice:

        me podria ayudar en elaborar letras de cambio por favor

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  9. Robert´s Dice:

    Los felicito son excelentes en sus explicaciones. Muchísimas gracias. Se necesitan más web gratuitas con ese sentido de enseñanza y filantropía. Robert´s

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  10. Pedro Jiménez. Dice:

    https://www.gerencie.com/girador-y-girado-en-la-letra-de-cambio.html
    En este enlace hay un concepto totalmente contrario al explicado acá.

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    • Ely Dice:

      Esta mala la firma al final quien debe firmar es el girador y firma el girado … deben corregir eso

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  11. EMILIO CUBILLOS S. Dice:

    En el ejemplo de como diligenciar una letra de cambio no explican donde debe firmar el girador y el girado, me gustaría aprender. Atentamente, Emilio Cubillos Smith Email [email protected]

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  12. soyyo Dice:

    Gerardo le debe 3000 soles a Alicia, pero quien le pague a Alicia por Gerardo será Beatriz en un plazo de 30 días contados desde el día de hoy ya que Alicia le debe a Gerardo la misma cantidad. Habría fiador?

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  13. carolina Matis Dice:

    buenas tardes, si deseo que la firma lleve la huella del girado, No está demás exigirle al deudor que coloque su huella para hacer más difícil que la letra sea tachada de falsa. en que espacio de la letra se podría poner la huella

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  14. Adriana Dice:

    Puedo llenar los espacios en blanco de una letra q me entregaron hace dos años,. no tiene fecha de creacion. Y mi otra duda es q esas mismas letras dicen q se pagarán en 48 cuotas… Qué pasaría con los 3 años de prescripción. Además solo me ha pagado unas pocas cuotas

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  15. richard Dice:

    Hola, buenas tardes, le preste un dinero a un amigo, el quedo en pagar la cantidad mensual hasta completar la deuda, en este caso el me dio un plan de pago firmado por los dos, este documento me podría servir como letras o tengo que hacer firmar una letra por los meses según el plan de pago?

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  16. catalina miranda Dice:

    me acaban de abrir un proceso ejecutivo con una letra que no me devolvieron por que el trabajador se fue de la oficina robando dinero y las letras 12 años despues aparece con que yo le debo a el por que tiene una letra fiermada por mi…..pero es claro que la letra tiene dos tipos de letras y estan escritas en titan diferentes, tiene alguna valides esta letra….

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  17. Angel Dice:

    Tengo una letra de cambio firmada y rellenada con los datos y por la letra del deudor (nombre ,DNI, y dirección), los demás datos no están rellenados, puedo rellenar los datos faltantes; serían dos tipos de letra diferentes. En este caso, ¿sería valida la letra de cambio?

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  18. CARUZO Dice:

    se puede cobrar una letra de cambio en donde no se diligenciaron los espacios de intereses e intereses moratorios?

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  19. Carlos mancipe Dice:

    Tengo una demanda con una letra qué está adulterada en el documento con la palabra aceptada encima de mi firma donde yo cree la. Letra de cambio es esto legal y porque un juez acepta la demanda sin verificar el documento gracias por su respuesta

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