¿Cómo calcular los intereses de cesantías proporcionales?

Los intereses sobre cesantías son del 12% anual, pero si el periodo a liquidar es inferior a un año, se debe determinar la proporción respectiva, y aquí detallamos el proceso completo para llegar a la fórmula definitiva.

Pago proporcional de los interesas a las cesantías.

Los intereses sobre cesantías se pagan anualmente, cuando las cesantías corresponden a un año completo, pero si corresponden a menos de un año, se debe pagar de forma proporcional al tiempo que correspondan. El artículo 99 de la ley 50 de 1990 señala que:

«El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente.»

Es claro que, si la liquidación de las cesantías y sus intereses no corresponden al año completo, se debe terminar la proporción al tiempo o periodo liquidado, y allí surge la duda sobre cómo hacerlo.

Determinando la proporcionalidad de la fracción de año.

La ley afirma que se deben pagar intereses del 12% anual, o proporcionales a la fracción de año, de manera que, si sólo se liquidan intereses por medio año, corresponde unos intereses de la mitad, esto es, 6%.

Regla de tres.Para qué sirve la regla de tres y cómo se calcula.

A lo anterior llegamos mediante una regla de 3 simple:

Si por un año de cesantías se paga 12%, ¿Cuánto se debe pagar por medio año de cesantías?

Sería algo así llevando los valores a días:

360 -> 12%

180 -> ¿?

Esta regla de tres se resuelve así: (180 x 12) / 360 = 6.

Es decir que el interés proporcional para este supuesto es el 6%, que se aplicará sobre las cesantías.

Ejemplo práctico para liquidar intereses sobre cesantías.

El trabajador ingresó a laborar el primero de mayo de 2022 y a 31 de diciembre acumuló cesantías por $1.500.000. Liquidar los intereses sobre cesantías.

Lo primero que se debe hacer es determinar la fracción de año correspondiente, que de mayo a diciembre son 8 meses, esto es, 240 días, porque recordemos que para efectos laborales el mes se entiende de 30 días y el año de 360 días.

El mes laboral tiene 30 días.Para calcular los valores relacionados con la nómina y el contrato de trabajo el mes se considera de 30 días.

Ya tenemos la fracción de año y la base para liquidar los intereses, que es el saldo acumulado de cesantías a 31 de diciembre, que hemos dicho corresponde a $1.500.000.

Ahora nos resta determinar la proporción de los intereses que correspondan a la fracción de año, que para este caso es de 240 días, y aplicando la regla de tres ya mencionada tenemos:

(240 x 12) / 360 = 8.

8% es la proporción de intereses para esta fracción de año.

Ahora liquidemos los intereses sobre las cesantías:

1.500.000 x 8% = 120.000.

Lo que determina la proporcionalidad es la división entre 240/360, donde 240 corresponde a la fracción de año, y si ese valor fuera 360 el resultado será 1 (360/360), es decir, 12%, porque es un año completo.

Intereses de cesantías.El empleador debe pagar al trabajador unos intereses de cesantías del 12% anual, y aquí explicamos cómo deben calcularse.

Si fuéramos a liquidar dos años sería: 720/360 = 2 y 12% x 2 = 24%.

Fórmula para liquidar los intereses a las cesantías proporcionales.

Ya hemos explicado cómo se llega a la proporción de la fracción de año del porcentaje de interés anual de las cesantías, pero necesitamos simplificar el proceso y reducirlo a una fórmula más sencilla que nos dé el mismo resultado, y la fórmula es:

(Cesantías x días trabajados x 12%) / 360

Tenemos que:

  1. Cesantías: 1.500.000.
  2. Días trabajados: 240
  3. Tasa interés: 12% (0.12).

Reemplazando tenemos:

(1.500.00 x 240 x 0.12) / 360 = 120.000.

Exactamente el mismo resultado que en el procedimiento anterior donde aplicamos la regla de tres al interés anual del 12%.

Con esta fórmula nos evitaremos los primeros pasos y entramos directamente a liquidar los intereses sobre cesantías de forma proporcional, independientemente de si es un año, medio año, o el periodo que sea.

Calculadora de intereses sobre cesantías.

Para simplificar el proceso hemos desarrollado una calculadora en línea que desarrolla el procedimiento para liquidar los intereses sobre las cesantías proporcionales de forma automática, que puede consultar en el siguiente artículo.

Calculadora intereses de cesantías.Calculadora automática de los intereses sobre cesantías.

A  partir de la última fecha de liquidación del interés y la fecha actual determina la fracción de año y hace la liquidación automática.

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  1. Yelena Hincapié (diciembre 24 de 2022)

    Buenas tardes
    Yo pregunto si trabaje todo el año cinco días a la semana cinco horas diarias cuál sería mi liquidación
    Porque la señora me ofrece 200 mil pesos

    Responder
  2. Lizandro Saavedra Cetina (noviembre 25 de 2023)

    Como se liquidar,las cesantias tradicionales, si yo tengo un promedio de sueldo 3500000 y tengo servicio 28 años 4 meses, si me dado 107380469, cuanto tengo tengo cesantias parciales a la fecha, quedo atento a su grata respuesta

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Lizandro Saavedra Cetina (noviembre 25 de 2023)

      Buenos días, Lizandro.

      Las cesantías tradicionales se liquidan con base al salario que tenga al momento de liquidar las cesantías. Si el salario ha sufrido modificaciones, se toma el promedio de los últimos 12 meses, y con base a ese valor se liquidan la cesantías.

      En su caso, tendría derecho a 28.333. meses de salario aproximadamente.

      Este tema se explica en este artículo.

      Saludos

      Responder
  3. Lizandro Saavedra Cetina (noviembre 25 de 2023)

    Si he recibido $ 107380469 cuanto tengo de cesantías parciales a la fecha si mi promedio de sueldo 3507300, cuanto debo tener de cesantías parciales, agradecería la respuesta a mi correo, o cuanto costaría la respuesta, mil gracias, bendiciones

    Responder
  4. Ernesto Piedrahita (diciembre 19 de 2023)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

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