Contrato de trabajo de medio tiempo

El contrato de trabajo de medio tiempo es aquel en el cual el trabajador es contratado para trabajar medio tiempo, donde sólo cumple media jornada laboral diaria.

Trabajo de medio tiempo.

El trabajo de medio tiempo es aquel que se desarrolla por media jornada laboral, o medio día, o a tiempo parcial como también se le conoce.

Por regla general, el contrato de trabajo es de tiempo completo, es decir, se trabaja todo el día, tanto mañana como tarde.

El trabajo de medio tiempo implica laborar sólo medio día, ya sea en la mañana o en la tarde, o incluso en la noche.

Lo que cambia en un contrato de trabajo a medio tiempo.

Lo que cambia en un contrato de trabajo de medio tiempo con respecto a un trabajo de tiempo completo, es la jornada laboral diaria, y por supuesto, el salario, que será menor al trabajo por tiempo completo.

En lo demás es igual, pues el trabajador tiene los mismos derechos, y esos derechos se liquidan de la misma forma, como bien lo señala el artículo 197 del código sustantivo del trabajo:

«Trabajadores de jornada incompleta. Los trabajadores tienen derecho a las prestaciones y garantías que les correspondan, cualquiera que sea la duración de la jornada.»

No hay diferencia entre un contrato de trabajo completo a uno de media jornada, excepto el salario y los conceptos que dependen del salario, como prestaciones sociales, aportes a seguridad social, etc.

Pero ello no significa que cambie la forma en que se deben hacer las liquidaciones, pues en todo caso se hacen sobre el salario del trabajador, que tendrá un monto determinado según su jornada laboral.

En Colombia,  la jornada laboral diaria puede estar entre 7 y 8 horas  (tener en cuenta el nuevo artículo 161 del CST), por lo tanto, una jornada de medio tiempo será de 4 o 3.5 horas diarias, o lo que pacten las partes,  que generalmente es medio día de trabajo.

Disminución de la jornada laboral en Colombia.La jornada laboral máxima pasa de 48 a 42 horas semanales, y desaparece la referencia a la jornada laboral máxima diaria de 8 horas.

Esa media jornada es lo que determina los conceptos que se reconocen en un contrato de trabajo, en función del salario devengado, salario que es proporcional a la jornada laborada, pues generalmente a un trabajador que labora medio tiempo, se le paga la mitad del salario que uno que labora tiempo completo.

Jornada laboral en trabajadores de medio tiempo.

Como ya se indicó, la jornada laboral es lo que determina el contrato de trabajo de medio tiempo por cuanto se laboral la mitad de la jornada diaria, y esa es la jornada que se toma como referencia para liquidar los conceptos que se derivan de la jornada laboral como el trabajo extra.

La jornada laboral del contrato de medio tiempo no necesariamente debe ser de 4 horas diarias, sino la que las partes acuerden, máxime ahora que el artículo 161 del código sustantivo del trabajo permite una gran flexibilidad luego de ser modificado por la ley 2101 de 2021.

Horas extras en trabajos de medio tiempo.

En los trabajos de medio tempo las horas extras se causan desde el momento en que se cumple la jornada laboral acordada entre las partes.

En estos contratos por regla general la jornada laboral ordinaria es de 4 horas diarias, de modo que las horas extras se causarán a partir de las 4 horas.

Así, cuando el trabajador labora 5 horas, se ha causado una hora extra.

Recordemos que la hora extra es aquella que excede la jornada laboral ordinaria acordada en el contrato de trabajo.

Trabajo extra o suplementario.El trabajo extra o suplementario es el que se hace luego de finalizada la jornada laboral ordinaria y se paga con recargo.

La liquidación de las horas extras no tiene tratamiento especial, pues solo se toma como base el valor de la hora ordinaria. Por ejemplo, si el trabajador tiene un salario mensual de 600.000 por laborar medio tiempo, tomamos ese valor y lo dividimos entre 240 lo que determina el valor de la hora en 2.500 y a partir de allí se liquidan las horas extras, nocturnas, dominicales y festivas.

Salario en trabajos de medio tiempo.

¿Cuánto se paga por medio tiempo? El salario en trabajos de medio tiempo será el que las partes acuerden respetando el salario mínimo mensual, lo que no significa que se deba pagar un salario mínimo por trabajos de medio tiempo.

El salario mínimo está sujeto a la jornada laboral máxima legal, de manera que, si se pacta una jornada inferior a la máxima legal, el salario mínimo puede ser ajustado en esa proporción.

Se puede llegar a interpretar que salario mínimo necesariamente implica que al trabajador no se le puede pagar menos de ese valor mínimo fijado anualmente por el gobierno, sin embargo, dicho salario mínimo está sujeto a la jornada laboral máxima, jornada para la que está fijado ese salario mínimo.

Precisamente el artículo 147 del código sustantivo del trabajo que hace parte del capítulo que regula el salario mínimo, dice en su numeral 3:

«Para quienes laboren jornadas inferiores a las máximas legales y devenguen el salario mínimo legal o convencional, éste regirá en proporción al número de horas efectivamente trabajadas, con excepción de la jornada especial de treinta seis horas previstas en el artículo siguiente.»

Al tenor de la norma transcrita, claramente se interpreta que, si la jornada de trabajo pactada es a la mitad, el salario que se le ha de pagar al trabajador es como mínimo la mitad del salario mínimo, pues obedece a la proporción de que trata el artículo 147 ya referido.

En consecuencia, para el 2022 como mínimo se debe pagar la suma de $500.000 por un salario de medio tiempo, lo que no impide que las partes acuerden un salario superior.

En resumen, el salario por medio tiempo suele ser la mitad del salario por tiempo completo; así, cuando la empresa paga un salario de $3.000.000 por tiempo completo, lo normal es que pague la mitad de ese valor por medio tiempo, en este caso $1.500.000.

Prestaciones sociales en trabajos de medio tiempo.

Las prestaciones sociales en trabajos de medio tiempo se liquidan igual que en trabajos de tiempo completo, donde se requieren dos variables que son las mismas:

  1. Salario devengado.
  2. Días trabajados.

El día trabajado cuenta completo así se labore media jornada.

El año tiene 365 días (360 para efectos laborales), y por trabajar medio tiempo no vamos a suponer que el trabajador laboral 730 días al año, sino que trabajo 360 días a media jornada.

Liquidación de prestaciones sociales cuando se trabaja por días.Así se deben liquidar las prestaciones sociales cuando el trabajador labora por días, ya sea un día o dos días semanales.

En cuanto al salario, como ya vimos, este será la mitad de un salario a tiempo completo, de modo que en lugar de ganar 1.200.000 gana 600.000, y la base para liquidar las prestaciones sociales serán los 600.000.

Supongamos que el trabajador labora desde el enero 01 hasta junio 30. Son 180 días y tiene un salario de 600.000.

La prima de servicios sería:

(600.000 X 180) ÷ 360 = 300.000.

Es exactamente igual a cuando se liquida una jornada de tiempo completo.

Seguridad social en trabajos de medio tiempo.

La seguridad social se liquida con base al ingreso mensual del trabajador, de manera que, si éste gana medio sueldo, la seguridad social se pagará sobre ese medio sueldo.

Aquí lo que interesa es el sueldo que el trabajador devengue en un mes, el cual corresponde a la jornada que se labore, y esta resulta irrelevante, pues como ya se indicó, se toma lo que el trabajador devengue en el respectivo mes.

Si el trabajador tiene un salario mensual de 800.000 por laboral media jornada, el IBC será ese salario, pero teniendo en cuenta los aportes a seguridad social se deben hacer sobre una base mínima equivalente a un salario mínimo.

En consecuencia, cuando el salario del trabajador resulta inferior al salario mínimo debido a que sólo labora medio tiempo, la seguridad social en todo caso se pagará sobre un salario mínimo, debiendo las partes completar lo que haga falta en la proporción que a cada parte le corresponde.

Aportes a seguridad social en salarios inferiores al mínimo.Manejo de los aportes a seguridad social cuando los trabajadores devengan un salario inferior al mínimo legal.

En este caso, el empleador debe pagar el 8.5% de salud sobre el salario mínimo, y el trabajador el 4%, y el empleador debe pagar el 12% sobre el salario mínimo por aportes a pensión y el trabajador el 4%.

Cuando el salario por medio tiempo es igual o superior al salario mínimo, la seguridad social se liquida y paga como de costumbre.

Auxilio de transporte en contratos de medio tiempo.

Cuando se trabaja medio tiempo el trabajador tiene derecho al auxilio de transporte, y en nuestro criterio se le debe reconocer completo el auxilio de transporte al trabajador.

Auxilio de transporte.Auxilio de transporte: trabajadores que tienen derecho y casos en que no es obligatorio pagarlo.

Así el empleado labore medio día debe desplazarse todos los días a su lugar de trabajo y debe gastar en transporte el mismo dinero que gasta quien trabaja tiempo completo, por lo tanto, luce razonable pagar el auxilio de transporte completo.

De otra parte, el auxilio de transporte no se paga sobre el salario sino por los días trabajados, y en el contrato de trabado de medio tiempo, como ya se indicó, se debe laborar todos los días.

El asunto en que se presenta mayor discusión tiene que ver con el derecho del auxilio de transporte.

Recordemos que el auxilio de transporte se paga a los empleados que devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales, pero como trabajan sólo medio día, devengan un salario en proporción a su jornada laboral.

Si por trabajar medio tiempo se paga medio salario mínimo no hay duda en que el trabajador tiene derecho al auxilio de transporte. ¿Pero qué pasa si devenga 1,5 salarios mínimos para laborar medio tiempo?

Se puede decir que eso equivale a 3 salarios mínimos por jornada laboral completa, y en tal situación podría no tenerse derecho al auxilio de transporte, pues el salario mínimo hace referencia a la jornada completa, y de allí que sea legal pagar medio salario mínimo por trabajar medio tempo, o pagar medio salario integral por la misma razón, de modo que esa interpretación podría hacerse extensiva al auxilio de transporte.

Este aspecto está sujeto a interpretación ante la ausencia de una norma que lo regule de forma expresa, por lo que no es posible fijar un criterio definitivo sobre este tema.

Aportes parafiscales en trabajos de medio tiempo.

En los contratos de trabajo de medio tiempo los aportes parafiscales se pagan sobre el total devengado por el trabajador no importa que ese devengado sea inferior a un salario mínimo.

Aportes parafiscales.Aportes parafiscales. ¿Quiénes deben pagarlo? Porcentajes y beneficios para los trabajadores.

Respecto a los aportes parafiscales la ley no consideró un ingreso base de cotización mínimo como sí lo hizo en los aportes a seguridad social.

En consecuencia, ante la ausencia de una base mínima, la base para cotizar aportes parafiscales será el salario que devengue el trabajador sin considerar su monto.

En los aportes a seguridad social existe una base mínima de un salario mínimo y una base máxima de 25 salarios mínimos, topes no aplicables a los aportes parafiscales.

Exoneración de aportes parafiscales y seguridad social.Personas naturales y empresas que están exoneradas del pago de aportes a seguridad social y parafiscales.

Se debe considerar que no siempre es necesario pagar todos los aportes parafiscales como se indica en el artículo que se recomienda.

Dotación en los trabajadores de medio tiempo.

Los trabajadores con jornada de medio tiempo tienen derecho a la dotación en las condiciones de los demás trabajadores.

La duda que persiste es la misma que en el auxilio de transporte, pues una de las condiciones para entregar la dotación es que el trabajador tenga un sueldo de máximo dos salarios mínimos mensuales, pero en el caso de los trabajadores que laboran medio tiempo, su salario es inferior en proporción a la jornada laboral.

Dotación.Todo trabajador que devengue hasta dos salarios mínimos mensuales tiene derecho a la dotación, pero hay casos particulares que requieren atención.

El ministerio del trabajo en varias oportunidades ha señalado que la jornada laboral no es relevante para determinar ese derecho, así que sólo se determina el monto del salario y el tiempo de vinculación:

«En ese orden de ideas, nuestra legislación no hace ningún tipo de pronunciamiento sobre la jornada de trabajo, para hacer diferencia sobre la obligación del empleador de entregar dotación al trabajador, lo que conlleva a que existan solo dos exigencias para que el trabajador tenga derecho a su dotación, la primera, que tenga un salario inferior a DOS (2) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, y que el tiempo de vinculación a la empresa no sea inferior a cuatro meses.» Concepto 21784 de febrero 14 de 2013.

Como bien lo señala el concepto del ministerio, al no existir una regulación queda interpretar la norma, y el ministerio ha interpretado que lo relevante es el monto del salario sin considerar la jornada laboral, no siendo procedente determinar proporciones, criterio que podría aplicarse por analogía al auxilio de transporte.

Vacaciones en trabajos de medio tiempo.

Las vacaciones en los contratos de medio tiempo se liquidan igual que en el contrato de tiempo completo, considerando el salario que el trabajador devenga por ese medio tiempo.

El hecho de que el trabajador labore medio tiempo no significa que el trabajador tenga derecho a medias vacaciones; en todo caso tendrá derecho a descansar 15 días hábiles por cada año de trabajo, solo que como labora medio día, igual descansará medio día durante las vacaciones, y en el otro medio día hará lo que normalmente hace como trabajar en otra empresa, estudiar o hacer nada.

Liquidación de las vacaciones.Conozca el procedimiento a seguir para liquidar las vacaciones, tanto su provisión como su liquidación definitiva.

Para ilustrar el efecto de las vacaciones en el contrato de medio tiempo supongamos que el empleado trabaja para dos empresas, medio tiempo en cada una.

Si el trabajador toma las vacaciones en una empresa y en otra no, durante 15 días hábiles laborará medio día para una empresa y el otro medio día lo descansará por estar de vacaciones.

Si el trabajador quiere vacaciones plenas, tendrá que tomar las vacaciones al mismo tiempo en las dos empresas, pues en una trabaja en la mañana y en la otra en la tarde, y para tener todo el día libre debe tomar las vacaciones en las dos empresas al mismo tiempo.

En cuanto a la liquidación de las vacaciones, se toma el salario que devengue el trabajador al momento de salir a vacaciones, que puede ser 600.000 mensuales por medio tiempo, y sobre se valor se liquidan las vacaciones con la fórmula correspondiente:

(Salario base x Días trabajados)/720

Nada cambia a cuando se trabaja tiempo completo.

Comentarios finales.

Para liquidar la nómina el contrato de trabajo no hay diferencia entre un contrato a tiempo completo y uno a medio tiempo, pues el elemento esencial es el salario del trabajador, no importando si ese salario corresponde a medio tiempo o a tiempo completo.

La única excepción a esta regla aplica a los aportes a seguridad social donde existe una base mínima.

De otra parte, medio día de trabajo se cuenta como si fuera un día completo para efecto de los días trabajados.

Es así porque trabajar medio tiempo es diferente a trabajar por días. El trabajo de medio tiempo significa que se trabaja todos los días durante media jornada. Y el trabajo por días significa que se trabaja todo el día por solo uno o dos días en la semana.

Liquidación de prestaciones sociales cuando se trabaja por días.Así se deben liquidar las prestaciones sociales cuando el trabajador labora por días, ya sea un día o dos días semanales.

Claro que también puede haber un trabajo por días en que se labore medio tiempo, caso en el cual el elemento «días trabajados» sí cambia y se debe abordar como se explica en la liquidación de los trabajadores que laboran por días.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Por lo general medio tiempo son 4 horas, pero pueden ser más o menos dependiendo de la implementación de la reducción de la jornada laboral semanal y su distribución diaria. Así, en una jornada laboral señala de 46 horas, por ejemplo, el medio tiempo serán 23 horas semanales, que deben ser distribuidas entre 5 o 6 días según política de la empresa.

No. El salario mínimo ha sido fijado para remunerar el trabajo a tiempo completo. Si el trabajador labora media jornada, podrá ser remunerado por medio salario mínimo.

El medio tiempo valor medio salario, ya sea medio salario mínimo, el medio salario convencional fijado por la empresa para el cargo correspondiente.

Sí. Por trabajar medio tiempo tiene derecho a las vacaciones completas, de 15 días hábiles, precisando que como trabaja medio tiempo, durante esos 15 días hábiles no trabajará ese medio tiempo, y el otro medio tiempo lo ocupará el trabajador según su costumbre.

Es incorrecto afirmar que por trabajar medio tiempo se tienen medias vacaciones, pues en todo caso, por trabajar medio tiempo le corresponden 15 días hábiles, o para ser más precisos, 15 medios días hábiles.

Sí. Al trabajar medio tiempo se le pagará la prima de servicios, que se liquida sobre el salario devengado sin importar su monto.

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  1. Hernan Aguirre (enero 14 de 2022)

    Buenas tardes,
    Cual seria el salario mesula para una persona que labore 5 dias a la semana, 6 horas diasrias. se debe incluir el dia de descanso?

    Responder
  2. Elizabet Riapira (marzo 12 de 2022)

    Buenas Noches.

    Trabajo medio tiempo con un salario de $525.000 y laboro horas extras diurnas quisiera saber cuanto vale la hora.

    Muchas gracias.

    Responder
  3. Martha (octubre 19 de 2022)

    Cordial saludo, tengo una trabajadora por medio tiempo que ha estado incapacitada por varios meses, y se le ha pagado su salario normal de medio tiempo, sin embargo como la Eps paga la incapacidad sobre el salario mínimo y ella devenga 1/2 salario, la diferencia a favor a quien le corresponde?, aclaro que a la empleada nunca se le ha hecho ningún descuento por seguridad social y es la empresa quien hace el pago total de la seguridad social como un beneficio a la trabajadora acordado desde el principio del contrato, agradezco mucho su respuesta.

    Responder
  4. maurojota (febrero 13 de 2023)

    buenos dias a que tiene derecho una empleada de medio tiempo , su medio salario, subsidio de transporte, alimentacion? prima, vacaciones?

    Responder
  5. maurojotica (febrero 13 de 2023)

    buenos dias a que tiene derecho una empleada de medio tiempo , su medio salario, subsidio de transporte, alimentacion? prima, vacaciones?

    Responder
  6. FEDE (mayo 9 de 2023)

    En media jornada laboral de lunes-viernes, donde se trabaja 4 días 5 horas (7:30am a 12:30am) y el quinto día solo 4 (7:30am a 11:30am), como se contempla el tiempo para el almuerzo?

    Responder
  7. Ernesto Piedrahita (enero 26 de 2024)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Contesto de manera gratuita máximo 2 preguntas de asuntos laborales que me hagan vía whatsapp. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos, licencias y permisos, embargos salariales, aportes a seguridad social e indemnizaciones laborales.

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