Obligaciones condicionales

Las obligaciones condicionales son las que dependen de que acontezca algo o que no; ya sea que la condición sea positiva o negativa, es decir, que acontezca una cosa o que no acontezca.

Definición de obligaciones condicionales.

El código civil define las obligaciones condicionales en el artículo 1530 del código civil de la siguiente manera:

«Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro, que puede suceder o no.»

La obligación condicional sólo es exigible cuando se cumpla la condición, de manera que no puede haber incumplimiento hasta tanto se cumpla la condición que hace exigible la obligación.

Clases de obligaciones condicionales.

La obligación condicional puede ser:

  • Potestativa: la que depende de la voluntad de una de las partes.
  • Casual: la que depende de la casualidad.
  • Mixta: la combinación de la potestativa y la casual.
  • Suspensiva: la que suspende la adquisición de un derecho, por ejemplo, para que Juan herede a su padre es necesario que contraiga matrimonio.
  • Resolutoria: cuando se extingue un derecho por el cumplimiento de la condición.

Situaciones particulares de las obligaciones condicionales.

¿Qué pasa si antes de cumplirse de la condición perece la cosa prometida sin que medie la culpa del deudor?

En este caso se extingue la obligación por perdida de la cosa; pero si existe culpa por parte del deudor, está obligado a pagar el precio e indemnizar por los perjuicios causados.

Además, está obligado el deudor si una vez cumplida la condición y entregada la cosa estipulada en el contrato; la cosa se encuentra deteriorada deberá el deudor indemnizar al acreedor por los perjuicios causados.

Respecto a los contratos bilaterales que son aquellos en los cuales existen obligaciones para ambas partes, en dichos contratos va envuelta la condición resolutoria en caso de que una de las partes contratantes no cumpla lo estipulado una vez la condición se haya cumplido.

En este caso el que si cumplió podrá rescindir el contrato o pedir el cumplimiento; en ambos casos con derecho a indemnización de perjuicios.

Por último, es trasmisible el derecho del acreedor y la obligación del deudor, que fallece en el lapso del contrato condicional y el cumplimiento de la condición; esto no es aplicable según lo preceptuado por el artículo 1549 a las asignaciones testamentarias y a las donaciones entre vivos.

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