Derecho de petición laboral

Aunque para muchos el derecho de petición es un medio escrito para obtención de información (información, queja y consulta) ante las entidades oficiales o particulares, lo que si es cierto es que este mecanismo, que se constituye como mecanismo para la protección de los derechos fundamentales tiene cabida útil y eficaz en el mundo laboral que garantiza una óptima defensa.

Uso del derecho de petición entorno a la relación laboral.

Entre sus usos mas importantes en el universo laboral tenemos:

Frente al empleador:

  1. Para solicitar documentos personales del trabajador durante una relación laboral, como lo son :contratos de trabajo suscritos, pago de liquidaciones, constancia de entrega efectiva de dotaciones (uniformes) ,se informe a que caja de compensación familiar ha sido afiliado, como de eps, arp y el fondo de pensiones y cesantías, etc.
  2. Para solicitar un despido indirecto y su consecuente indemnización.
  3. O también para suspender la acción de prescripción en temas laborales.

Frente a las cajas compensación, Eps y Arl:

  1. Para certificar fechas de afiliación.
  2. Para determinar estados de aportes o cotizaciones laborales.
  3. Para determinar si se nos está cotizando realmente sobre el salario real (IBL-IBC), entre otras.

Cabe la pena acotar que el derecho de petición fue consagrado por vez primera como derecho fundamental con la expedición de la Constitución del 91 (art 23) enfocado a la situación del particular frente al estado; sin embargo su alcance jurisprudencial ha permitido su uso frente a particulares cuando exista una situación de desventaja en relación con el ciudadano (rango empresarial, rango militar, o de usuario como acontece con los particulares que prestan un servicio publico domiciliario-sea esencial o no) para la satisfacción de los intereses particulares. Así entonces , se puede acceder a  elementos de prueba escrito y documental de manera anticipada para ser abonados a un proceso de carácter laboral y tener mejores perspectivas de triunfo.

Su término de respuesta es de 15 días, y si se vence dicho término se puede acceder a una acción de tutela para que sea definida la situación del petente en 10 días hábiles.

Con la entrada del sistema oral en materia laboral, recomiendo el uso masivo de este medio forzando al empleador a que esgrima toda la información concerniente a su empleado para evitar sorpresas probatorias en un juicio oral, ya que la rapidez y el éxito con que se deciden estos conflictos en favor del trabajador dependen en mayor grado de la habilidad que se tenga con el manejo de la prueba.

Muy a pesar que la buena fe se presume en las relaciones laborales, en  la práctica el empleador acostumbra esconder mal intencionalmente la vida documental laboral de los trabajadores para que este no pueda reclamar a plenitud sus derechos.

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