Impuesto de industria y comercio – ICA

El impuesto de industria y comercio (ICA), es un impuesto territorial que recaudan los municipios y el distrito especial de Bogotá, regulado por la ley 14 de 1983.

Quienes deben pagar el impuesto de industria y comercio.

El impuesto de industria y comercio debe ser pagado por todos los industriales, comerciantes y prestadores de servicios, sean personas naturales o jurídicas, que desarrollen una actividad sujeta a dicho impuesto.

El impuesto de industria y comercio es regulado por cada municipio dentro de los parámetros que fija la ley 14 de 1983.

Por ejemplo, cada municipio fija las tarifas del ICA dentro de un rango que la ley establece, por lo que una misma actividad tiene diferentes tarifas según qué municipio.

Donde se paga el impuesto de industria y comercio.

El ICA se paga sobre los ingresos que se generen en el respectivo municipio.

Señala el artículo 32 de la ley 14 de 1983:

«El Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.»

Cada municipio tiene su propia regulación, y en algunos casos los pequeños comerciantes pueden no ser declarantes, o declaran anualmente.

Este impuesto al ser territorial obliga a consultar el estatuto tributario de cada uno de los más de 1.100 municipios del país.

Retención en la fuente en el Ica (Reteica).Retención en la fuente por ICA en las diferentes ciudades el país. Se incluyen bases mínimas de retención y tarifas de retención.

Base gravable del impuesto de industria y comercio.

Respecto a la base gravable del impuesto de industria y comercio el artículo 33 de la ley 14 de 1983 dispone:

«El Impuesto de Industria y Comercio se liquidará sobre el promedio mensual de ingresos brutos del año inmediatamente anterior, expresados en moneda nacional y obtenidos por las personas y sociedades de hecho indicadas en el artículo anterior, con exclusión de: Devoluciones ingresos proveniente de venta de activos fijos y de exportaciones, recaudo de impuestos de aquellos productos cuyo precio esté regulado por el Estado y percepción de subsidios.»

Es decir que no se genera Ica por la venta de los activos fijos y por las exportaciones.

Tarifa del impuesto de industria y comercio.

La ley 14 de 1983 en el artículo 33 señala un rango de tarifas dentro de los cuales cada municipio fija la tarifa que quiera, y estos rangos son:

  1. Actividades comerciales: Del dos al siete por mil (2-7 x 1.000).
  2. Actividades comerciales y de servicios: el dos al diez por mil (2-10 x 1.000).

El sector financiero tiene un tratamiento especial fijado a partir del artículo 41 de la ley 14 de 1983.

Territorialidad del impuesto de industria y comercio.

El ICA se paga sobre los ingresos que se generan en cada municipio, de surte que el municipio no puede cobrar el ICA por ingresos que se generaron en otro municipio.

Por ejemplo, es posible que una empresa con sede en Bogotá tenga una sucursal en Medellín, y en tal caso Bogotá no debe cobrar el impuesto por los ingresos que tenga la sucursal de Medellín, ni Medellín puede cobrar impuesto por los ingresos generados en Bogotá.

Respecto a la territorialidad en la causación del ICA, la sección cuarta del Consejo de estado en sentencia 23304 del 12 de marzo de 2020 con ponencia del magistrado Stella Jeannette Carvajal señaló:

«Concretamente, frente a la territorialidad en la causación del impuesto de industria y comercio en la realización de actividades comerciales, la Sección ha indicado que «el lugar donde se realiza la actividad comercial de venta de bienes es aquel donde se concretan los elementos esenciales del contrato, esto es, el precio (y dentro de este, la forma de pago) y la cosa que se vende, independientemente del lugar donde se hagan los pedidos».

De igual forma, esta Corporación ha manifestado «que el destino de las mercancías o el lugar donde se suscribe el contrato de compraventa no son factores determinantes para establecer dónde se ejerce la actividad comercial» y que «las ventas a través de “vendedores comerciales vinculados a la sociedad en Bogotá” no determinan que la actividad comercial se haya desarrollado en dicha ciudad». Sobre el particular, en la citada sentencia del 8 de junio de 2016, la Sala reiteró que:

«Para la Sala las pruebas aducidas por la administración para acreditar que las ventas objeto de adición se realizan en Bogotá, no son demostrativas de la realización del hecho generador del impuesto de Industria y Comercio en relación con la actividad comercial, porque como lo ha reiterado en anteriores oportunidades, el destino de las mercancías o el sitio donde se suscribe el contrato de compraventa no son determinantes del hecho generador o manifestación externa del hecho imponible, ya que con tal criterio se estaría trasladando el lugar de la causación del gravamen, desconociendo el carácter territorial del impuesto. Así que, el hecho de que las ventas se hayan realizado a través de los vendedores comerciales vinculados a la sociedad en Bogotá y que estos tengan que asesorar a sus clientes respecto de precios, forma de pago, descuentos, o devoluciones de mercancías, no puede aceptarse como demostrativo de la actividad comercial objeto del gravamen.» (Destaca la Sala)

Por su parte, el inciso segundo del artículo 154 del Decreto 1421 de 1993, que establece algunas reglas especiales para el impuesto de industria y comercio en el Distrito Capital, dispuso que «Se entienden percibidos en el Distrito los ingresos originados en actividades comerciales o de servicios cuando no se realizan o prestan a través de un establecimiento de comercio registrado en otro municipio y que tributen en él».

En consecuencia, si el contribuyente demuestra que ejerció la actividad comercial en otro municipio, a través de un establecimiento de comercio registrado en ese municipio y no en el Distrito Capital y por cuyo ejercicio tributó en esa jurisdicción, el Distrito Capital no puede gravarlo por los ingresos que obtuvo fuera de su territorio.»

Por ejemplo, si el contrato se firmó en Bogotá y el servicio se presta en Ibagué, el impuesto se entiende causado en Bogotá, donde debe ser declarado y pagado.

Por lo anterior, cuando una empresa o persona vende productos en más de un municipio, debe llevar un control de los ingresos que genera en cada uno, y declarar el impuesto que corresponda en cada municipio.

Declaración del impuesto de industria y comercio.

Dependiendo de cada municipio, la declaración puede ser bimestral o anual, y cada uno fija las fechas en que deben declararse.

Lo único que está unificado es el formulario en que se debe declarar el ICA, gracias a que a ley 1819 de 2016 ordenó crear un formulario único de ICA para todos los municipios del país.

Este formulario único de ICA fue prescrito por el ministerio de hacienda mediante resolución 4056 del 01 de diciembre de 2017, debiendo ser utilizado desde el primero de enero de 2018 por todos los municipios del país.

Además, si el contribuyente pertenece el régimen simple de tributación, el Ica se paga dentro de del SIMPLE:

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Sí. Siempre que no superen la tarifa máxima que fija la ley. Recuérdese que la ley fija un rango de tarifas y cada municipio puede tener una tarifa distinta siempre que se mantenga en ese rango.

Nace cuando se desarrolla una actividad gravada con el impuesto de industria y comercio, y de acuerdo al estatuto tributario local, se debe presentar la declaración, lo que por lo general sucede a partir de un tope de ingresos que cada municipio determina, puesto que en el Ica se adopta el concepto de régimen simplificado, quienes no tienen la obligación de declarar.

Por lo general, el Ica es de periodo anual, pero se pagan anticipos cada bimestre.

Recuérdese que el impuesto de industria y comercio puede ser parte del régimen simple de tributación para quienes han optado por dicho régimen, los que no debe sujetarse a lo que disponga cada municipio.

Ica es la sigla con que se identifica el Impuesto de Industria y Comercio, sigla de amplio uso en contabilidad.

Debe pagarlo toda empresa o persona responsable del Ica que realice dentro de un municipio alguna actividad que esté gravada con el Ica, incluso si la empresa o persona no tiene sede en dicho municipio.

El impuesto se debe pagar en cada municipio donde se ha causado, y si el contribuyente hace parte del régimen simple de tributación, el pago se hace por medio de este de forma centralizada.

No. La venta de activos fijos no genera Ica por expresa disposición legal.

No. Los ingresos producto de bienes exportados no están gravados con el impuesto de industria y comercio.

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  1. eleuterio (enero 4 de 2022)

    por ejemplo en la explotación del carbón lo vende en otro municipio que gana el municipio que tiene ese producto carbón

    Responder
    • Javier Raigosa en respuesta a eleuterio (marzo 10 de 2022)

      La explotación de carbón se asimila a una actividad industrial, por lo tanto solo paga ICA en el municipio donde se efectúa la explotación del mineral independientemente de donde se realice la venta, porque sino se estaría incurriendo en doble tributación.

      Responder
  2. claudia (enero 27 de 2022)

    los ingresos de las esal pagan indistria y comercio ?

    Responder
    • Javier Raigosa en respuesta a claudia (marzo 10 de 2022)

      El impuesto de industria y comercio es un tributo que grava la realización de actividades industriales, comerciales y de servicios, independientemente de la calidad del sujeto pasivo que desarrolle la actividad, dentro de la propia Ley existen unas exclusiones para cierto tipo de asociaciones gremiales y de profesionales, pero estas exclusiones se circunscriben únicamente a las actividades propias de estas entidades y no a las actividades comerciales, industriales o de servicios que llegaren a realizar

      Responder
    • Javier Raigosa en respuesta a claudia (marzo 10 de 2022)

      El impuesto de industria y comercio es un tributo que grava las actividades industriales, comerciales y de servicios, independientemente de la calidad del sujeto pasivo que las desarrolla, dentro de la propia ley 14 de 1983 existen algunas exclusiones para el pago de ICA, como por ejemplo para las actividades que desarrollan cierto tipo de asociaciones gremiales y de profesionales pero estas exclusiones se limitan única y exclusivamente a las actividades propias de estas agremiaciones, quiere esto decir que si estos gremios adicionalmente realizan actividades de comercio, industriales o prestan servicios, los ingresos por estas actividades se encuentran gravadas con la exacción.

      Responder
  3. ESTEBAN (febrero 13 de 2022)

    Buenas tardes,

    Se entiende que para el impuesto de industria y comercio cada municipio y/o distrito es autónomo en cuanto a su regulación, por lo anterior mi duda surge en el descuento por pronto pago del renglón 36 del formulario único nacional, independientemente del porcentaje que regule cada municipio, dicho porcentaje exactamente ¿sobre que valor o cajón del formulario único nacional se calcula? , gracias.

    Responder
  4. ANGELA SALCEDO (febrero 16 de 2022)

    Buenas tarde, tengo una duda si el municipio no tiene el formulario único nacional, si no que manejan un formaulario propio, hay alguna sanción para esas alcaldías. Como contribuyente deberíamos exigir que deben implementar el formulario único.

    Responder
  5. FERNANDO (febrero 28 de 2022)

    Buen día, en un contrato por alquiler de figuras de alumbrado navideño a varios municipios del departamento, en la declaración de ica anual no lo descuento en las retenciones que nos practicaron, pero se debe declarar y pagar el reteica en cada municipio con el cual se suscribieron los contratos ? Gracias.

    Responder
  6. Lina (abril 18 de 2022)

    Buen día.
    Tengo una pregunta, si cree una empresa finalizando un año, y no tuve ingresos hasta el 31 de diciembre de ese año ¿Debo declarar igual industria y comercio?

    Responder
    • GIAAT SAS en respuesta a Lina (septiembre 12 de 2022)

      ACUERDO 469 DE 2011
      ARTÍCULO 7. No obligados a presentar declaración del impuesto de
      industria y comercio. A partir del primer bimestre del año gravable
      2012, no estarán obligados a presentar la declaración bimestral del
      impuesto de industria y comercio los responsables del régimen común en
      los periodos en los cuales no hayan efectuado operaciones sometidas al
      impuesto.
      Esta misma regla aplicará para los responsables del régimen
      simplificado.

      Responder
  7. Andre (abril 26 de 2022)

    Cordial saludo, tengo una inquietud… Tengo un negocio desde hace un año, no se si debo declarar industria y comercio, no soy responsable de Iva y en caso de que deba hacerlo, tendré que pagar ICA?

    Responder
    • Katte en respuesta a Andre (mayo 25 de 2022)

      Independiente de la responsabilidad de IVA debes verificar si la actividad económica está excluida de ICA, en el caso que no esté excluida debes declarar y pagar

      Responder
  8. Janeth (abril 28 de 2022)

    Buen dia
    Tengo una inquietud. Tengo una agencia de viajes Operadora, (yo vendo y yo ejecuto el plan) Todas mis ventas las hago online desde Mosquera Cundinamarca. Vendo planes a diferentes partes del país. El impuesto de Industria y comercio lo debo tributar en Mosquera o en cada uno de los destinos donde opero el plan.

    Responder
    • Omar en respuesta a Janeth (agosto 6 de 2022)

      «el lugar donde se realiza la actividad comercial de venta de bienes es aquel donde se concretan los elementos esenciales del contrato, esto es, el precio (y dentro de este, la forma de pago) y la cosa que se vende, independientemente del lugar donde se hagan los pedidos».

      Responder
  9. Felipe (mayo 20 de 2022)

    Buen día.

    Tengo una Inquietud.

    Si una empresa se inscribe en un municipio X en el año 2013 porque realizó actividades comerciales durante ese año, debe presentar declaración de ICA por el año 2015 aunque durante ese año no haya realizado ninguna actividad comercial en ese municipio X??

    Responder
  10. JULIAN_IMPACTO (junio 4 de 2022)

    INEFICACIA DEL DECRETO 1421 DE 1.993 DE BOGOTÁ

    «Se entienden percibidos en el Distrito los ingresos originados en actividades comerciales o de servicios cuando no se realizan o prestan a través de un establecimiento de comercio registrado en otro municipio y que tributen en él».

    Este párrafo, corresponde a un Decreto muy antiguo y es ineficaz, por causa del Consejo de Estado en sentencia 23304 del 12 de marzo de 2020 cuyo propósito es establecer la territorialidad del Impuesto de Industria Y Comercio.

    Establecida la territorialidad, cada municipio provee sus propias condiciones de recaudo y lo normal es que cada municipio, en lugar de exigir a los comerciantes de otro lugar a registrar establecimientos en su territorio para obligarlos a declarar y recaudar, recauda a través de la retención de ICA de los contribuyentes debidamente registrados en el mismo municipio y todos felices.

    La prueba, para el Distrito, de los ingresos percibidos en otros municipios NO PUEDE SER EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y PAGO DE ICA EN ESOS MUNICIPIOS, sino la trazabilidad y la demostración de, en cuál territorio se perfecciona la venta, con lo que se da cumplimiento al concepto del Consejo De Estado. Normalmente, esto se logra con las facturas y la costumbre. Por ejemplo: LA DISTRIBUIDORA XA de Bogotá, va al municipio YY, a través de sus vendedores, allá oferta y allá obtiene la demanda, con lo que se la venta se realizó en el municipio YY, cumpliendo a cabalidad con los conceptos del Consejo de Estado.

    Una vez establecido que la territorialidad no corresponde al Distrito, el Distrito no puede continuar exigiendo condiciones, porque NO OBTENDRÁ UN SOLO PESO por algún requerimiento en este caso y en cambio sí que estaría practicando ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE y no sé que otros delitos de estado se configuren.

    Responder
  11. JENNY (junio 9 de 2022)

    Buen día

    Mira tengo una empresa que comercializa coque, ella tiene sus hornos en diferentes municipios de Cundinamarca y Boyacá es decir hay produce el material; pero las ventas y facturas se emiten desde Bogota.
    Mi pregunta es el impuesto se paga en el municipio donde se produce dicho material o en Bogota que es donde se generan las facturas de venta?

    Gracias

    Responder
  12. RODOLFO (julio 8 de 2022)

    Si se presta un servicio en otro municipio, pero el domicilio se encuentra en el municipio donde se materializó el negocio, sobre el precio y el objeto de OPS. La pregunta es: Es necesario inscribirse como contribuyente de ICA en el municipio donde no tiene su domicilio, si se supone que ya está inscrito en el munipcio donde tiene le domicilio, no caería en un doble registro del ICA?. Ahora, en el municipio donde prestó el servicio al hacerle la retención en la fuente de iCA, ese es el impuesto que paga por haber ejercido la actividad en el municipio distinto de su domicilio. O tambien tiene que presentar la declaración de ICA en ese municipio distinto del domicilio, No caería en doble tributación?

    Responder
    • Carolina Joven en respuesta a RODOLFO (agosto 25 de 2022)

      Tengo la misma situación en mi caso, estamos inscritos en Yumbo y nos requirieron por un servicio prestado en Tocancipá.

      Responder
    • Mery Barajas en respuesta a RODOLFO (agosto 25 de 2022)

      Alguien tiene la respuesta a la inquietud, a mi también se me esta presentando un caso similar, empresa con domicilio en Cúcuta y se presto un servicio en Villavicencio, ahora nos requeren para declarar y pagar ICA en ese municipio.

      Responder
  13. Sonia Tibaquirá (agosto 21 de 2022)

    Si se trabajó como auxiliar admva para el Sena, mediante la figura del contrato de prestación de servicios y pagando seguridad social como independiente es obligatorio liquidar, declarar y pagar el impuesto de industria y comercio en Villaviencio, Meta???…..Gracias

    Responder
  14. julian guerra (septiembre 2 de 2022)

    la venta de vivienda de interes social esta sujeta a pago de industria y comercio

    Responder
  15. andres mejia (septiembre 5 de 2022)

    buenas tardes, el impuesto se debe declarar en cada municipio donde se presta el servicio? o se declara solamente en el lugar del domicilio de la empresa, y donde se presta el servicio solo se paga?

    Responder
  16. Edward (septiembre 21 de 2022)

    Una empresa constituida en octubre de 2020 -Cámara de comercio Cali con domicilio en Zona franca(Zona America), pero que no ha funcionado, no hubo operaciones de ningún tipo, solo se constituyo y nunca opero, ahora que necesita ser cerrada en DIAN, cámara de comercio, etc. Es necesario presente impuesto de industria y comercio Cali? debe pagar extemporaneidad?

    Responder
  17. Angel Niño (noviembre 1 de 2022)

    Una empresa que no ha obtenido ingresos por su actividad económica, sino ha recibido ingresos por unos dineros que tiene invertidos en el banco y ha recibido rendimientos financieros debe presentar el formulario de industria y comercio Ica. adicional a esto no tiene avisos nitableros.

    Responder
  18. NAGYARID SANCHEZ (noviembre 18 de 2022)

    Mi empresa esta ubicada en Mosquera pero alli no ofrece ningun tipo de servio, ¿Por domicilio se debe pagar retencion de ICA?

    Responder
  19. LINA ESTRADA (diciembre 5 de 2022)

    BUEN DIA.
    REALICE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA HACER UNAS ENCUENTAS AL MUNICIPIO DE ITAGUI ANT.
    OFICIOSAMENTE Y MEDIANTE RESOLUCION ME NOMBRARON COMO RESPONSABLE DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
    EL CONTRATO SOLO DURO UN MES Y FUE POR 2 MILLONES.
    HOY ME EMBARGARON LAS CUENTAS Y ME COBRAN CASI 7 MILLONES DE PESOS. EL ACTO ADMINISTRATIVO DONDE ME NOMBRARON COMO RESPONSABLE DE PAGAR ICA FUE DE JULIO 2022 Y NO PUEDO DEMANDAR LA NULIDAD DE ESTE PUES YA SE PRESCRIBIERON LO 4 MESES.
    QUE FIGURA O MEDIANTE QUE PROCESO PUEDO REVERTIR ESA DECISION O SI EN REALIDAD ESTOY EXCLUIDA DE PAGAR ICA

    Responder
  20. FELIPE DIAZ (diciembre 9 de 2022)

    UNA CONSULTA, ¿LAS EMPRESA DE TELECOMUNICACION ESTAN EXONERADAS DE ICA?

    Responder
  21. nestor mangones (febrero 15 de 2023)

    Buenos tardes
    sobre el concepto de Territorialidad del impuesto de industria y comercio para una empresa que debe aplicar la retención a titulo de ica, a una orden de compra que se realiza por colombia compra eficiente, esta orden se realiza en la ciudad de ibague, pero el suministro de combustible se realiza en varias ciudades y municipios a nivel nacional ¿donde debo realizar la retencion en ibague? o en ¿cada una de los municipios donde realizo en suministro de combustible?

    Responder
  22. Alejandro Abril Florez (marzo 25 de 2023)

    Buenas tardes, alguien me puede aclarar una duda, una persona natural que durante la vigencia 2022, realizó una venta de un carro particular usado, debe registrar ese ingreso en la declaracion de industria y comercio? Esto es en la ciudad de Yopal, Casanare.

    Mil gracias.

    Responder
  23. DORA DURAN (abril 4 de 2023)

    DORA DURAN. Tengo una duda un municipio tiene la potestad para subir las tarifas del ica de4 por mil al 7 por mil en comercial y del 5 por mil al 10 por mil en servicios basándose que en 15 años no actualizaban el estatuto tributario o esto puede ser demandable agradezco las respuestas y las opiniones. se supone que debe ser de manaera progresiva

    Responder
    • Rigoberto Pelayo en respuesta a DORA DURAN (diciembre 18 de 2023)

      Dora, la ley permite unos rangos de tarifa, y cada municipio puede moverse entre esos rangos, de modo que si el incremento están dentro de ese rango, es legal.

      El rango es:

      Actividades comerciales: Del dos al siete por mil (2-7 x 1.000).
      Actividades comerciales y de servicios: el dos al diez por mil (2-10 x 1.000).

      Responder
  24. Rayita (mayo 16 de 2023)

    Hola, tengo una inquietud. en pandemia vendí cuadros, tapabocas, etc, con ganancias de 50 millones pero nunca me inscribí en camara y comercio. declaré renta y pagué impuesto de industria y comercio. me pueden sancionar economicamente por no estar inscrito en camara y comercio?

    Responder
    • Rigoberto Pelayo en respuesta a Rayita (diciembre 18 de 2023)

      Rayita, no la pueden sancionar por no registrarse en la cámara de comercio, pero sí la pueden sancionar si detectan que debía pagar el impuesto de industria y comercio y no lo hizo, por lo que debe determinar si tenía tal obligación o no.

      Responder
  25. JUAN GONZALEZ (octubre 3 de 2023)

    Necesito confirmar en cuales municipios esta exento de presentar la declaracion, cuando el Cliente retiene el 100% de la tarifa (Reteica) y el servicio se presto esporadicamente en un municipio donde no se tiene domicilio fiscal, ni base de operaciones, ni sucursales. Ejemplo en el Municipio COTA asi lo establece el Art. 120 Paragrafo Cuarto. Habran otros municipios que apliquen lo mismo?

    Responder
  26. Luz Moreno (enero 11 de 2024)

    ¿Buenas tardes una empresa vendió en total 43 millones, para el caso del impuesto de industria y comercio el contador debe firmar?

    Responder
  27. Martha Volveras (enero 29 de 2024)

    buenos Días
    una consulta si en el Decreto Extraordinario No.411.2.010.20.0416 de 2021 (13).pdf no está la actividad 9007 del Rut; que se refiere a:Las presentaciones en vivo, conciertos, ópera, danza y otras representaciones escénicas; así como la operación de salas de conciertos, teatro y otras instalaciones similares. Se incluyen en el código 9007, «Actividades de espectáculos musicales en vivo»
    en que AGRUPACIÓN POR TARIFA le asigno a este servicio para diligenciar el formulario de industria y comercio anual para 2023? porque la mas cercana que registra en el decreto es la 8230, pero si busco en el rut me sale esta información; que la excluye..
    8230 Organización de convenciones y eventos comerciales
    Esta clase incluye:
    • La organización, promoción y/o gestión de acontecimientos tales como exposiciones empresariales o comerciales, convenciones, conferencias y reuniones, estén incluidas o no la gestión de esas instalaciones y la dotación de personal necesario para su funcionamiento.

    Esta clase excluye:
    • Las presentaciones en vivo, conciertos, ópera, danza y otras representaciones escénicas; así como la operación de salas de conciertos, teatro y otras instalaciones similares. Se incluyen en la clase 9007, «Actividades de espectáculos musicales en vivo».

    o hace parte de las actividades no gravadas del art 81 del Decreto Extraordinario No.411.2.010.20.0416 de 2021 (13) numeral C.?
    por favor su ayuda mil gracias
    espero sea de mucha ayuda su respuesta mil gracias por este espacio…..

    Responder
  28. catalina (marzo 18 de 2024)

    Hola, pertenezco al régimen simple de tributación. Cuál sería mi gravamen de industria y comercio si me dedico a la fabricación de joyas? Código actividad 3211. Mil gracias por su oportuna respuesta

    Responder

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