Semanas mínimas de cotización para pago de incapacidad

El pago de incapacidades laborales por enfermedad laboral es reconocido por las EPS cuando el afiliado haya cotizado por lo menos cuatro semanas previamente al inicio de la incapacidad laboral.

Semanas cotizadas requeridas para que la EPS pague incapacidad por enfermedad general.

El numeral 2 del artículo 2.2.3.3.1 del decreto 780 de 2016 señala lo siguiente respecto a la obligación que tiene la EPS de pagar las incapacidades generales:

«Haber cotizado efectivamente al Sistema General de Seguridad Social en Salud, como mínimo cuatro (4) semanas, inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad. El tiempo mínimo de cotización se verificará a la fecha límite de pago del periodo de cotización en el que inicia la incapacidad.»

La norma exige que se haya cotizado 4 semanas previo al inicio de la incapacidad, de modo que una a persona que recién inicia a cotizar no le será reconocida la incapacidad, ni a un afiliado que haya estado en mora o con la afiliación suspendida.

Empleador paga la incapacidad que no pague la EPS.

Cuando la EPS no reconozca la incapacidad, el empleador debe pagar lo que corresponda en razón a que la incapacidad laboral no suspende el contrato de trabajo, y en virtud el artículo 227 del CST, al empleador le corresponde pagar el valor del auxilio por enfermedad no profesional, solo que, por el aseguramiento del sistema de salud, la EPS reconoce el pago de las incapacidades, pero si esta no lo hiciera, el llamado a pagar es el empleador.

Semanas de cotización para que la ARL pague las incapacidades.

Para el caso de la ARL, la norma no exige un mínimo de semanas cotizadas para que la ARL pague las incapacidades de origen laboral, puesto que el trabajador queda asegurado desde el día siguiente a su afiliación, y es un riesgo que queda cubierto dese el primer día.

Guía Laboral 2024

Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.

Recomendados.

Compártalo en Facebook Compártalo en Twitter
Deje su opinión o su pregunta.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.

  1. Johana (diciembre 16 de 2022)

    Pase a mi papá a trabajar en mi empresa, el estaba pagando su eps por medio de una cooperativa antes de empezar a trabajar conmigo, pago su eps oportunamente desde siempre, al hacer cambio de empleador, pierde el las semanas cotizadas a la eps, mi pregunta se debe a que nosnestan negando varias incapacidades dicen que no tiene el tiempo de cotizaciones 4 semanas, pero elnsiempre a estado en la misma eps y no se dejó de pagar ni un solo mes ya que se realizo el retiro por la cooperativa el 30 y el 1 ya estaba afiliado nuevamente.

    Responder

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.