El liquidador de intereses permite liquidar intereses sin crear deudores utilizando la pestaña «Liquidación Exprés», pero el mayor potencial se logra creando los deudores en la base de datos.
Crear deudor.
Para crear deudores, vaya a la pestaña «Panel de Liquidación». Debe ingresar los siguientes datos:
- Tipo de documento
- Número de identificación
- Nombre o razón social
Crear obligación.
Una vez se crea el deudor, se pasa a crear las obligaciones de ese deudor:
Desde la lista de deudores creados, ingrese a la pestaña «Obligaciones» del deudor para el que requiere crear la obligación.
Al crear la obligación, debe suministrar la siguiente información:
- Concepto de la obligación
- Monto de la obligación o deuda
- Fecha en que venció la obligación
- Tipo de interés aplicable (Corriente o moratorio)
Los intereses se inician a liquidar desde el día siguiente a la fecha en que venció la obligación. Es un dato importante que debe tener en cuenta al diligenciar esa fecha.
La fecha de vencimiento no puede ser posterior a la fecha para la cual existe una tasa de interés vigente. Ese dato está visible al diligenciar la fecha de vencimiento.
La fecha de vencimiento tampoco puede ser anterior a enero de 2010 porque no hay tasas de interés agregadas para fechas anteriores debido a que no tiene objeto por la prescripción de las deudas.
Agregar abonos.
Para agregar abonos, ubique al deudor y a la obligación correspondiente, e ingrese los siguientes datos:
- Fecha del abono
- Monto o valor del abono
La fecha del abono debe ser posterior a la fecha de vencimiento y no puede ser una fecha futura debido a que no hay tasas de interés agregadas.
El monto del abono no puede ser superior al valor adeudado.
Estos valores son visibles al momento de agregar el abono.
Los abonos se pueden editar cambiando su monto y fecha. El sistema recalculará nuevamente toda la deuda desde el primer día.
Liquidar intereses – Obligación
Para liquidar una obligación, debe seguir la siguiente ruta:
Panel de liquidación > Deudores > Obligaciones y dar clic en la obligación que quiera liquidar («Gestionar»).
En la pestaña «Liquidar» sólo debe ingresar la fecha de corte a la que desea hacer la liquidación, que debe ser como máximo el último día del mes actual, que es el último para el que hay tasa de interés agregada.
Exportación de liquidaciones.
Las liquidaciones se pueden exportar en Excel o en PDF.
Editar obligaciones.
Las obligaciones creadas se pueden modificar para cambiar todos sus datos, incluso el tipo de interés. Cuando se modifica el tipo de interés, los abonos y los intereses se recalculan desde el inicio con el nuevo interés, que puede ser corriente o moratorio.
Precisiones sobre el proceso de liquidación.
Los intereses se liquidan según los días de mora de la obligación, y estos se determinan a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento y el día de corte de la liquidación.
Por ejemplo, si la obligación vence el 17 de junio y se liquida el 29 del mismo mes, el primer día de mora es el 18 de junio y el último, el 29.
Cuando se hacen abonos, este se imputa en primer lugar a los intereses causados hasta la fecha en que se hace el abono, y si queda un saldo, se aplica al capital o deuda. Los intereses moratorios inician a liquidarse sobre el nuevo saldo a partir del día siguiente al que se hizo el abono.
Los intereses se liquidan diariamente, y la tasa de interés diaria se calcula de la siguiente forma:
=(1+TEA)^(1/365)-1
Cuando el año tiene 366 días, la división se hace por ese valor, lo que garantiza la exactitud del cálculo.
La tasa de interés diaria siempre se liquida sobre el capital adeudado. Es decir, los intereses que se liquidan cada día no se suman al capital porque no es un interés compuesto lo que se está calculando, toda vez que la ley colombiana prohíbe capitalizar intereses (anatocismo).
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