Interpretación de las normas jurídicas

En palabras del reconocido jurista y escritor Guillermo Cabanellas de Torres, la interpretación jurídica por excelencia es la que pretende descubrir para sí mismo (comprender) o para los demás (revelar) el verdadero pensamiento del legislador o explicar el sentido de una disposición, por consiguiente es un acto del ser humano que mediante su capacidad de razonamiento realiza una operación lógica o un ejercicio intelectual para desentrañar el verdadero sentido de una norma jurídica, con el fin de aplicarla a un caso en particular.

Clases de interpretación jurídica.

Las fuentes de la interpretación pueden ser auténtica, judicial y doctrinal.

  • La interpretación auténtica es la explicación del propio legislador en el momento mismo de promulgar la ley o posteriormente mediante las llamadas leyes interpretativas.
  • La interpretación judicial o jurisprudencial es la realizada por un juez o tribunal cuando resuelve un caso concreto (criterio orientador en la solución de casos similares).
  • La interpretación doctrinal es el aporte jurídico que realizan los estudiosos del derecho.

Los alcances de la interpretación o también conocido como según el resultado, puede ser declarativa (o estricta), extensiva y restrictiva.

La interpretación declarativa es la fusión entre el tenor literal y el espíritu de la ley; la interpretación extensiva permite al intérprete ampliar el alcance de las palabras utilizadas por el legislador (en contravía de la seguridad jurídica): y la interpretación restrictiva se diferencia de la anterior porque se caracteriza en limitar el alcance de las palabras.

Métodos de interpretación jurídica.

Los métodos de interpretación jurídica pueden ser gramaticales, sistemáticos, históricos, genéticos y teleológicos:

  • Interpretación gramatical o literal: También denominada como interpretación exegética busca encontrar el sentido de una norma a partir de su literalidad.
  • Interpretación sistemática: Busca extraer del texto de la norma un enunciado cuyo sentido sea acorde con el contenido general del ordenamiento al que pertenece.
  • Interpretación histórica: Estudia los contextos anteriores que pueden influir en el entendimiento actual de las normas.
  • Interpretación genética: Se sustenta en las causas que originaron el surgimiento de la ley, es decir su contenido motivador especifico.
  • Interpretación teleológica: Busca determinar el sentido finalista de la norma, atribuyéndole un significado que tiene en cuenta los fines o propósitos del legislador.

Lo anterior sirve de guía para la interpretación de las nombras, asunto de utilidad para la argumentación jurídica en distintos escenarios.

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