¿La licencia por luto incluye el sábado?

Sabemos que la licencia remunerada por luto es de 5 días hábiles, y nos consultan nuestros lectores si el sábado se cuenta dentro de esos días hábiles.

Días hábiles frente a la licencia remunerada por luto.

El artículo 57 del código sustantivo del trabajo señala que la licencia por luto es de 5 días hábiles, sin especificar nada más al respecto.

Licencia por luto.La licencia remunerada por luto y los requisitos que se deben cumplir para tener derecho a ella y en qué casos se concede.

En consecuencia, como no hay norma específica sobre el tema, se debe entender que los días hábiles son aquellos distintos a los domingos y festivos, lo que obligadamente lleva a concluir que el sábado es un día hábil y se contabiliza dentro de los 5 días de licencia remunerada por luto.

No obstante, si por acuerdo contractual o convencional, o por decisión unilateral del empleador el día sábado no es laborable, se puede interpretar que no se cuenta como hábil para efecto de licencia remunerada por luto. Pasaría igual que en el caso de las vacaciones, donde la doctrina ha considerado que, si el sábado no es laborable en la empresa, se tratará como día inhábil.

¿A partir de cuándo se cuentan los días de licencia por luto?

La licencia por luto se cuenta desde el primer día en que se disfruta, y a partir de allí se cuentan 5 días hábiles descontando domingos, festivos, y de ser el caso el sábado de acuerdo a lo ya expuesto.

Suele suceder que por la premura de la situación el trabajador falta al trabajo sin que se le haya concedido la licencia por luto, por lo que esta se puede otorgar en forma retroactiva para cubrir esos días tomados por el trabajador sin autorización del empleador.

La norma señala que la grave calamidad doméstica no incluye la licencia por luto, de modo que el concepto llamado a utilizar es la licencia por luto y no la calamidad doméstica, lo que justifica reconocer la licencia por luto desde el día en que el trabajador se la ha tomado con o sin autorización.

No obstante, nada impide que el empleador pueda reconocer como grave calamidad doméstica el primer día que falte el trabajador, y a partir de allí se concedan los 5 días de licencia por luto.

La licencia no cuenta desde el día en que fallece el familiar, sino desde el día en que se autoriza o en que el trabajador se la toma, que en efecto puede ser el mismo día de fallecimiento.

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  1. Melissa Cañas (enero 15 de 2022)

    Buenas tardes: Si el trabajador labora de domingo a domingo con un día compensatorio a la semana, durante los días de licencia de luto pierde el derecho al descanso, o el día de descanso se le debe dar después. gracias.

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  2. Amparo Gaona (enero 18 de 2022)

    Si estoy en mis días de descanso por programación y muere mi abuelo. Desde que día puedo iniciar mi licencia por luto. Y si se pierden o no mis días de descanso??

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  3. sergio david (febrero 6 de 2022)

    mi abuelo falleció el viernes en la noche a las 8:32, yo laboro de domingo a domingo, me dieron el sábado pero hoy domingo me hicieron venir a laborar y era el funeral de mi abuelo, ¿Qué puedo hacer para que me den los días y saber si este día laborado me es causa para realizar proceso legal?. muchas gracias, cualquier cosa me pueden enviar información a mi WhatsApp 3152781742.

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  4. Angel (abril 5 de 2022)

    Buenas Tardes. Mi hermana falleció un viernes en la mañana,ese dia trabaje mi turno normal porque me dieron la noticia hasta las horas de la tarde. Mi pregunta es la licencia por luto empieza a contar desde el sábado?

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  5. Lemague (julio 8 de 2022)

    Soy docente del sector publico. Mi papá falleció en mis dias de vacaciones del mes de junio. Los 5 dias a los cuales tengo derecho los puedo tomar a partir del 5 de julio que era la fecha de ingreso a clases nuevamente?

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  6. luis rodri (octubre 18 de 2022)

    que sucede si el fallecido esta en otro pais y el empleado no va a viajar, ¿igual se deben dar los 5 dias?

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  7. Brenda Mina Marín (julio 13 de 2023)

    Tengo un caso de una trabajadora en donde le día sábado 08 de Julio le falleció su mamá y efectivamente su licencia empezó a correr el día lunes 10 de Julio, el día Jueves 13 de Julio reportó el Fallecimiento de su Padre, mi pregunta es ¿a partir de cuando empieza a correr los días de licencia por parte del Papá ya que la licencia por parte de la mamá terminaba el día viernes 14 de Julio?

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  8. Diego Parra (noviembre 17 de 2023)

    Buenas noches, si mi horario laboral es de lunes a viernes, mi abuela murió el Sabado, que días cuenta la licencia por luto.

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  9. Ernesto Piedrahita (marzo 24 de 2024)

    Ernesto Piedrahita. whatsapp: 313 8830983. Nota: Doy respuesta gratuita a máximo dos preguntas, aclaraciones o inquietudes sobre Derecho laboral, que me hagan llamando a mi celular o escribiendo a mi correo electrónico. Hago asesorías sobre liquidación de prestaciones sociales, despidos, Licencias, permisos, embargos salariales e indemnizaciones laborales.

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