¿Liquidación del trabajador se puede pagar en efectivo?
¿La liquidación de un trabajador se puede pagar en efectivo o es necesario consignarla en la cuenta de nómina del trabajador?
La ley laboral nada dice al respecto, por lo que el empleador puede pagar la liquidación en efectivo directamente al trabajador, o consignar en la cuenta de nómina donde regularmente le consignaba el salario.
Sin embargo, se recomienda que la liquidación siempre sea consignada en la cuenta de nómina, para efectos probatorios, y para evitar que el trabajador opte por no recibir la liquidación.
Una vez se consignada la liquidación y notificado el trabajador de ella, tendrá difícil negarse a recibirla por obvias razones.
Además, téngase en cuenta que la norma tributaria limita la deducción de pagos en efectivo, así que es probable que, si la liquidación es representativa, al pagarla en efectivo no pueda deducirla del impuesto a la renta.
Por las razones anteriores todo pago que se realice al trabajador debería hacer a su cuenta de nómina, lo que no impide que el trabajador presente sus reclamaciones ante el empleador, el inspector de trabajo o ante una instancia judicial.


