La determinación del crédito mercantil o, en su caso, de la diferencia negativa de combinación se regirá por la NIIF 3, por las respectivas normas de consolidación (NIIF 10).
Crédito Mercantil o Diferencia Negativa de Combinación.
Una vez identificados los activos y pasivos que cumplen las condiciones de reconocimiento y establecido su valor razonable, la quinta fase del proceso de combinación de negocios es determinar la diferencia entre el costo de la combinación y el valor neto de los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos. Esta diferencia se calculará en la fecha de adquisición.
- Si la diferencia resulta positiva, surge un crédito mercantil que se contabilizará en el activo del balance y tendrá el tratamiento contable de un activo intangible. Por tanto, en este caso, el costo de la combinación de negocios es superior a la parte proporcional del patrimonio neto.
- Si la diferencia es negativa, es decir, si el valor de los activos adquiridos menos los pasivos asumidos fuera superior al costo de la combinación de negocios, se reconocerá esa diferencia como un ingreso en la cuenta de resultados. La cuenta a utilizar para reconocer el ingreso será diferencia negativa en combinaciones de negocios. No obstante la norma considera esta situación como excepcional, y por ello insta a la empresa a revisar nuevamente la valoración de los activos y pasivos y el costo de la combinación para cerciorarse de que es correcta. En el caso de que la valoración sea correcta y efectivamente exista una diferencia negativa, se reconocerá el correspondiente ingreso.
Si surge una activo contingente o un activo intangible para los que no exista mercado activos, de su valor razonable se restará la diferencia negativa de consolidación. De tal forma que si la diferencia negativa de consolidación es superior al valor razonable de esos activos contingentes o activos intangibles para los que no existe mercado activos, no se reconocerán los citados elementos.
En cuanto al tratamiento contable posterior del crédito mercantil, cabe resaltar que no se amortizará, aunque si se analizará, al menos anualmente, su posible deterioro.
El crédito mercantil presenta la característica de no ser un activo identificable, por lo que, en el caso de existir previamente a una combinación de negocios, no se podrá incluir entre los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos por la sociedad absorbente.
El crédito mercantil reconocido es exclusivamente el correspondiente a la parte adquirido por la sociedad adquirente o absorbente, por lo tanto no se incluirá el crédito mercantil que corresponda a los socios externos (salvo en el caso que se redujera la participación sin pérdida de control).
No obstante, en el caso de calcular el deterioro de una unidad generadora de efectivo en la que se asigne un crédito mercantil, se deberá tener en cuenta el 100 por 100 del crédito mercantil, con independencia de que contablemente solo luzca la parte proporcional a la participación de la sociedad dominante en la dependiente. Por consiguiente, el deterioro se asignará en un primer momento al 100 por 100 del crédito mercantil (tanto la parte contabilizada como la que no lo está) y posteriormente se asignará al resto de activos que conformen la unidad generadora de efectivo, conforme a lo establecido en la NIC 36. Esto no obsta para que únicamente se contabilice el deterioro de la parte del crédito mercantil previamente registrada en la contabilidad.
El esquema de todo lo anterior será el siguiente:
NIIF 3 o Combinaciones de Negocios. Ejercicios con Crédito Mercantil y Diferencia Negativa de Combinación
Ejercicio 1.
La sociedad “X” adquiere una empresa que tiene contabilizados los siguientes elementos:
- Propiedad, planta y equipo: 30.000
- Deudas a largo plazo: 7.000
Los elementos de propiedad, planta y equipo se valoran en 35.000 y la adquisición de la empresa se paga en efectivo por un importe total de 50.000.
El asiento a realizar por la adquisición:
Ejercicio 2: Combinación de negocios. Valoración de activos y pasivos.
La sociedad X adquiere mediante fusión por absorción a la sociedad FJ. El valor contable y el valor razonable de los activos y pasivos del FJ es el siguiente:
Además se dispone de la siguiente información relacionada con la sociedad FJ:
- Ha sido demandada en los tribunales, reclamándosele una indemnización por daños y perjuicios. La asesoría jurídica considera que existe una probabilidad de ser absuelta del 80%, de ser condenada al pago de 30.000 u.m. del 15% y de ser condenada al pago de 50.000 u.m. del 5%.
- Ha venido desarrollando una aplicación informática propia cuyos costos acumulados hasta la fecha han sido de 8.000 u.m. y se considera que cumple los requisitos para ser considerada como un activo intangible.
Se Pide: Valoración de los activos y pasivos que intervienen en la combinación.
Solución: Los activos y pasivos se valoran por su valor razonable:
Ejercicio 3: Combinaciones de negocios. Determinación del crédito mercantil o de la diferencia negativa.
A partir de los datos de valoración de los activos y pasivos del ejercicio anterior.
Se pide: Determinar y contabilizar el crédito mercantil o la diferencia negativa bajo las siguientes hipótesis:
HIPÓTESIS 1: El costo de la combinación de negocios asciende a 25.000 u.m.
HIPÓTESIS 2: El costo de la combinación de negocios asciende a 22.000 u.m.
Solución:
HIPÓTESIS 1:
HIPÓTESIS 2:
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