Teniendo en cuenta la clasificación de los activos entre corrientes y no corrientes, la NIIF 5, la ubicamos en el grupo de los No corrientes, pero en este caso mantenidos para la venta. Recordando que esta NIIF, reemplazo la NIC 35, Operaciones Discontinuadas, adicionándole el concepto de Activos no corrientes Mantenidos para la venta. Por lo tanto señalamos algunos puntos relevantes en esta NIIF, comprendiendo que está compuesta por 45, párrafos que encierra su objetivo, alcance, definiciones, clasificaciones, mediciones e información a revelar, entre otras disposiciones.
Activos corrientes y no corrientes.
Para mayor entendimiento, se hace necesario conocer que identifica la norma como activo corriente y no corriente.
Activo corriente: un activo que satisface alguno de los siguientes criterios:
- Se espera realizar, vender o consumir, en el ciclo normal de la operación de la entidad. (no relacionar el ciclo de operación obligatoriamente como un periodo de 12 meses o un año).
- Se mantiene para la negociación
- Se espera realizar dentro del periodo de los doce meses posteriores a la fecha del balance
- Se trata de efectivo u otro medio equivalente al efectivo, no restringido.
Activo no Corriente: activos que no cumple los requisitos del activo corriente.
Por lo tanto, para identificar un activo no corriente, primero debemos tener claro, los activos corrientes y si no cumple con estos criterios, automáticamente se entenderá como no corriente.
Aunque existen hechos y circunstancias que podrían alargar la venta de un activo no corriente mantenido para la venta, más allá de un año, una ampliación del periodo exigido para completar la venta no impide que se pueda mantener en esta clasificación. Si el retraso viene causado por hechos o circunstancias fuera del control de la entidad, existan evidencias suficientes de que la entidad se mantiene comprometida, con su plan de vender el activo. (NIIF 5. Párrafo 9.) Y apéndice B. suplemento de aplicación.
Objetivo de la NIIF 5.
El objetivo de esta NIIF, es especificar el tratamiento contable delos activos mantenidos para la venta, la presentación e información a revelar sobre las operaciones discontinuadas. Los activos que cumplan con los criterios de la NIIF 5, sean valorados al menor valor entre su importe en libros y valor razonable menos los costos de venta, así como que cese la depreciación de dichos activos mantenidos para la venta, y que se presenten de forma separada en el estado de situación financiera, y que los resultado de las operaciones discontinuadas se presenten por separado en el resultado integral.
Alcance la de NIIF 5.
Esta norma esta para el alcance de todos los activos no corrientes reconocidos que están para su disposición, (párrafo 4), excepto para la medición de los activos catalogados en el (párrafo 5):
- Activos por impuestos diferidos, (NIC 12 Impuesto a las ganancias)
- Activos asociados a beneficios a empleados, (NIC 19 Beneficios a los empleados)
- Activos financieros (de largo plazo) dentro del alcance de la (NIIF 9 Instrumentos Financieros)
- Activos no corrientes, contabilizados de acuerdo al modelo de valor razonable de la (NIC 40 Propiedades de inversión)
- Activos no corrientes medidos por su valor razonable menos los costos de venta, de acuerdo a la (NIC 41 Activos biológicos)
- Derechos contractuales procedentes de contratos de seguro, definidos en la (NIIF 4 Contratos de seguros).
Debido que su tratamiento contable y medición está definido en cada norma.
Los activos clasificados como no corrientes de acuerdo a la NIC 1. Presentación de estados financieros, no se reclasificaran como activos corrientes, hasta que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta de acuerdo a la NIIF 5.
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