No es legal trabajar más de 10 horas al día

La ley lo máximo que permite trabajar en un día son 10 horas (11 en algunos casos), incluyendo el trabajo suplementario o de horas extras. Más allá es ilegal excepto en el sector de vigilancia privada que tienen regulación especial.

Trabajar 12 horas diarias no es legal.

Considerando que lo máximo que se puede trabajar en un día son 10 horas (hasta 11 en casos especiales como más adelante se precisa), trabajar 12 horas es ilegal.

Es una costumbre en nuestro medio que los empleados deban trabajar 12 o hasta más horas al día, práctica que contraría los preceptos legales.

Lo anterior se corresponde con las limitaciones físicas y biológicas del ser humano que le hacen muy difícil soportar largas jornadas de trabajo diario.

¿Cuál es el límite de horas diarias de trabajo?

Después de las modificaciones que hiciera la ley 2101 de 2021 al artículo 161 del código sustantivo del trabajo, ya no existe una jornada máxima legal diaria, por lo que es preciso interpretar la norma para llegar a una respuesta.

«El inciso primero del artículo 161 del código sustantivo del trabajo señala La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso, salvo las siguientes excepciones:»

Por su parte el literal d) del mismo artículo señala:

«El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y dos (42) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el día domingo.

Así, el número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable durante la respectiva semana, teniendo como mínimo cuatro (4) horas continuas y máximo hasta nueve (9) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y dos (42) horas semanales dentro de la Jornada Ordinaria, de conformidad con el artículo 160 de Código Sustantivo del Trabajo.»

La ley permite que la jornada ordinaria sea de máximo 9 horas, pero eso no es posible en todos los días, porque que no se puede superar la jornada máxima semanal, de modo que el empleador deberá fijar la jornada laboral diaria para cada día, que puede ser distinta o uniforme, puesto que tiene flexibilidad para fijarla siempre que no se supere el límite semanal.

Siendo posible una jornada ordinaria de hasta 9 horas, está la posibilidad de laborar horas extras, y al respecto señala el artículo 167A adicionado por el artículo 22 de la ley 50 de 1990, el cual sigue vigente, y que señala:

«En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales. Cuando la jornada de trabajo se amplíe por acuerdos entre empleadores y trabajadores a diez (10) horas diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas extras.»

Es claro que la norma no permite que se labore más de 2 horas extras al día y 12 a la semana, de modo que, si la jornada ordinaria es de 9 horas al día, no es posible que se puedan laborar más de 11 horas diarias incluyendo el trabajo extra (2 horas máximo), y si el jornada ordinaria es de 7 hora al día, lo máximo que se puede trabajar son 9 horas.

La intención del legislador fue que el trabajador labore como máximo 10 horas diarias, pero con la ley 2101 de 2021 se amplió esa posibilidad a 11 horas diarias (no para todos los días como ya se explicó), regla general que tiene una excepción con los vigilantes o guardas de seguridad.

Jornada laboral en celadores, vigilantes y escoltas.Jornada laboral máxima en trabajadores que laboran como celadores, vigilantes y escoltas, el tratamiento del trabajo suplementario, nocturno, dominical y festivo.

Jornada diaria flexible y variable.

En general, la jornada laboral semanal se puede repartir entre los 5 o 6 días a la semana, teniendo como máximo 9 horas diarias, y cuando en un día determinado la jornada laboral sea de 9 horas diaria, no hay lugar al reconocimiento de horas extras, que se causarán a partir de las 9 horas, o de las 7 horas para el día en que la jornada laboral diaria ordinaria sea de 7 horas.

La ley 2101 de 2021, por su redacción permite que cada día se fije una jornada laboral distinta, puesto que otorga flexibilidad al empleador para que esta se ubique en el rango de 4 a 9 horas diarias, y si se permiten 9 horas diarias, necesariamente uno o más días debe tener una jornada laboral inferior a 9 horas para no superar el límite semanal.

Esto lleva a que las horas extras se causen según la jornada laboral diaria fijada. Así, cuando una la jornada laboral ordinaria es de 9 7 horas, si laboral 9 horas dos serán extras, y si su jornada laboral ordinaria en un día particular es de 9 horas, no se causan horas extras. Es la interpretación que le damos al artículo 161 del CST.

Jornada máxima legal de trabajo.Jornada laboral máxima que se puede trabajar considerando la jornada ordinaria y el trabajo suplementario.

Horas de trabajo adicionales ilegales se deben pagar.

Aunque trabajar más de 10 u 11 horas al día no es legal, en caso de que el trabajador labore más de esas 10 horas, naturalmente que se le debe pagar el respectivo recargo por trabajo suplementario.

Seguramente esta es de las normas más inobservadas en nuestro país, ya que prácticamente en todas las empresas los empleados se ven obligados a trabajar largas jornadas, y en algunos casos, ni siquiera se les reconoce el recargo por trabajo suplementario o extra.

En tal caso se comete una doble ilegalidad: trabajar más de 10 o de 11 horas al día, y no pagar esas horas adicionales.

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  1. Fugacu (febrero 19 de 2022)

    Que puedo a ser si la enpresa donde laboro me exige 12 horas 6 días ala semana y no me reconoce las 4 horas diarias que laboro

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a Fugacu (diciembre 16 de 2023)

      Fugacu, existen varias opciones que puede tomar como por ejemplo inicialmente presentarle a su jefe un escrito de reclamación para exigirle el pago de sus horas extras, en caso de que no logre nada entonces presentar la queja ante el Ministerio del Trabajo. Cordialmente: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983 Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.

      Responder
  2. Lkas (junio 29 de 2022)

    Hola.

    Es posible acordar con el empleador turnos de 12 horas, pues por tema de transporte y seguridad, los turnos de 8 horas son complicados en el sector salud asistencial.

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a Lkas (diciembre 20 de 2023)

      Lkas, Desde luego es posible acordar los turnos de 12 horas siempre y cuando tenga varios intervalos de descanso y que su empleador cumpla con el pago de los recargos de ley. Cordialmente, Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983 Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.

      Responder
  3. DORA (agosto 4 de 2022)

    Si yo trabajo 10 horas diarias de lunes a viernes cual es mi día de descanso

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a DORA (diciembre 19 de 2023)

      Dora, sus días de descanso por obvia razón son los sábados, los domingos y festivos. Cordialmente, Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983 Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.

      Responder
  4. Paula Mendoza (agosto 29 de 2022)

    Hola trabajo de lunes a viernes y en total laboro 59 hrs en 5 dias, mis horarios son de 8 am a 9 pm durante 3 dias y de 8 am a 6 pm solo 2 dias pero este segundo horario no es seguro, ademas de que me dan 200 por dia lo que equivale a 15.38 la hora cuando trabajo 13 hrs y 20 la hora en el segundo horario. El trabajo no es pesado pero el horario es agotador. no se si este bien o mal por el hecho de que solo es de lunes a viernes y no me dan horario de comida

    Responder
  5. Urias ríos (mayo 24 de 2023)

    Es legal trabajar 13 hasta 15 horas diarias con un sueldo fijo 6 dias , sin contar las horas extras, trabajo en el concreto, aveces solo 10 min para almorzar

    Responder
  6. Ernesto Piedrahita (diciembre 19 de 2023)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983 Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.

    Responder
  7. Ernesto Piedrahita (diciembre 24 de 2023)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. whatsapp: 313-8830983. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi número de celular. Hago asesorías en contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, Licencias, permisos, despidos con justa o sin justa causa y las indemnizaciones laborales.

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  8. Nadia (enero 9 de 2024)

    En una clinica veterinaria se programan turnos laborales de 12 horas bien sea diurnos o nocturnos, festivos u ordinarios; laboran 4 dias a la semana, descansan 3 Nunca les pagan recargo nocturno ni horas extras, argumentan que la veterinaria es sector salud y que es permitido turnos de 12 horas, igualmente luego de terminar las 12 horas del turno deben hacer empalme con la otra persona que les recibe y ahi se tardan 1 hora mas, es decir son turnos de 13 horas.

    !. Cual es la norma que autoriza turnos de 12 horas continuas
    2. Se deberá pagar el recargo nocturno por el solo hecho de ser trabajo nocturno?
    3. Es verdad que si no se supera al mes 192 horas no se debe pagar recargo nocturno?
    4. Cómo se pagaran las horas si ese turno de 13 horas es el dia domingo o festivo (dominicales y festivas)

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Nadia (enero 11 de 2024)

      No conocemos ninguna norma que permite imponer turnos de 12 horas diarias. La única que conocemos es la del sector de vigilancia.

      Las clínicas deben sujetarse a la jornada laboral máxima tanto semanal como diaria.

      Los recargos nocturnos se de deben pagar en todos los casos, ya que lo de las 192 horas, que en realizad no lo son, aplica en virtud del artículo 164 del código sustantivo del trabajo, respecto a las horas extras únicamente.

      Los recargos por trabajo dominical o festivo se pagan de acuerdo los porcentajes de ley, 75% para hora ordinaria, 100% para hora extra, 110% para hora nocturna, 1 150% para hora extra nocturna.

      Saludos

      Saludos

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  9. Darioheac (enero 20 de 2024)

    Porfavor analiza esta jornada: De lunes a viernes: 7AM-12PM, 1PM-5PM,Sabados de 7AM-12PM se descansa 15 min por cada jornada, estamos trabajando 9 horas diarias. Y 5horas los sabados. la empresa argumenta que trabajamos 8horas y media por que los 15 min entre jornadas nos los están dando.

    Responder

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