Cuánto tiempo tiene la EPS para pagar una incapacidad

La EPS cuenta con hasta 20 días hábiles de plazo para pagar las incapacidades laborales a que tenga derecho el trabajador, y que sea de origen común, que son las que paga la EPS.

¿Cuánto demora una EPS en pagar una incapacidad?

El pago de las incapacidades laborales y demás prestaciones económicas a cargo de las EPS, está regulado por el decreto 780 de 2016, más exactamente por su artículo 2.2.3.4.3, que señala:

«La revisión y liquidación de las solicitudes de reconocimiento de prestaciones económicas se efectuará por la promotora de salud o entidad adaptada dentro de los quince 15 días hábiles siguientes a su presentación por el aportante, o del interesado en el evento de licencia de maternidad por extensión.»

Una vez el usuario presente la solicitud de reconocimiento de la incapacidad, la EPS tiene hasta 15 días hábiles de plazo para autorizarlas, y una vez autorizadas, tiene hasta 5 días hábiles para pagarlas, y si no lo hace, debe pagar intereses moratorios.

Pago de la incapacidad.

Recordemos que las en el caso de los trabajadores asalariados, la incapacidad la paga la empresa, y luego esta lo cobra a la EPS, de manera que es el empleador quien debe hacer el cobro a la EPS.

Plazo que tiene la EPS para pagar la licencia de maternidad.El plazo que tiene la EPS para pagar la licencia de maternidad es de 5 días hábiles que dependen de otro plazo.

En el caso de los trabajadores independientes, sí le corresponde al trabajador tramitar el reconocimiento y pago de las incapacidades.

Tiempo máximo para radicar incapacidades.

Respecto al tiempo para radicar incapacidades, el decreto 780 no fija un plazo máximo para que el empleador radique las incapacidades, pero debe tenerse en cuenta lo que señala el artículo 28 de la ley 1438 de 2011:

«El derecho de los empleadores de solicitar a las Entidades Promotoras de Salud el reembolso del valor de las prestaciones económicas prescribe en el término de tres (3) años contados a partir de la fecha en que el empleador hizo el pago correspondiente al trabajador.»

Lo que significa que la incapacidad debe radicarse antes de ese término, pero lo lógico es que se haga tan pronto como el trabajador allegue la incapacidad al empleador.

¿Quién debe reclamar el pago de las incapacidades?

En el caso de los asalariados le corresponde al empleador gestionar ante la EPS el reconocimiento y pago de las incapacidades laborales.

En el caso del trabajador independiente le corresponde hacer las gestiones correspondientes.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Cuenta con 3 años para solicitar a la EPS el reconocimiento de la incapacidad. Si no lo hace en ese término se pierde el derecho por prescripción.

Después de 2 días, es decir, paga partir del tercer día. Los dos primeros días los paga el empleador o los asume el trabajador independiente, según corresponda.

En general, la EPS informa el pago de la incapacidad, pero la forma más expedida es consultar los movimientos de la cuenta bancaria informada para hacer el pago, puesto que la EPS suele informar luego de haber hecho el pago.

En general, las incapacidades se radican en línea por medio de la oficina virtual de la EPS respectiva, donde debe adjuntar los documentos escaneados.

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  1. orley arango (enero 17 de 2022)

    buenas noches hace 3 meses me realizaron una cirugia y me dieron 20 dias de incapacidad mande los documentos a mi eps pero no me han dado ninguna resouesta

    Responder
  2. DORICILLA (marzo 17 de 2022)

    UNA EMPRESA TIENE DERECHO DE DESCONTAR LAS INCAPACIDADES

    Responder
  3. CAMLO (agosto 11 de 2022)

    BUENA TARDE LA EPS NO NOS PAGO LAS INCAPACIDADES DE DOS TRABAJADORES, PRESENTAMOS UN DERECHO DE PETICION Y LO RESPONDIERON HASTA EL MES Y 5 DIAS CALENDARIO NEGANDONOS EL PAGO DE ESAS INCAPACIDADES, CUANTO TIEMPO TIENE UNA EPS PARA RESPONDER ESOS DERECHOS DE PETICION?

    Responder
  4. YESSICA (septiembre 1 de 2022)

    BUEN DÍA TENEMOS RADICADAS UNAS INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD GENERAL DESDE ENERO PERO LA EPS NO HA PAGADO NINGUNA QUE PODEMOS HACER?

    Responder
  5. Dinaluz (marzo 15 de 2024)

    Buena tardes estoy inconforme la nueva Eps desde noviembre 2022 no me a vuelto pagar mis incapacidades hasta la fecha no e recibido pago de incapacidades.La empresa dónde estoy trabajando solo me dice que la nueva Eps no me vuelve pagar incapacidade ya voy a cumplir 2 años de estar incapacitada..Tengo derecho de saber el por qué no me han pagado mis incapacidades

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Dinaluz (marzo 15 de 2024)

      Las incapacidades se las tiene que pagar la empresas, por la sencilla razón de que la incapacidad laboral no suspende el contrato de trabajo, y mientras el contrato esté vigente, el empleador debe seguir pagando lo que corresponda, y luego debe repetir contra la EPS.

      Saludos

      Responder

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