Cuando se compra un bien inmueble, por ejemplo, la escritura pública que protocoliza el negocio debe inscribirse o registrarse en la oficina de registro de instrumentos públicos dentro de los dos meses siguientes a la expedición de la misma.
Registro de escritura en oficina de instrumentos públicos.

Las escrituras relacionadas con la transferencia de dominio de un inmueble, o su limitación o gravamen, requieren se inscritas en la oficina de registros públicos de la localidad en que está ubicado el inmueble.
La inscripción de la escritura pública es necesaria para completar la tradición del bien inmueble según señala de forma expresa el artículo 756 del código civil.
Esto quiere decir que hasta que el comprador no registre la escritura de compra venta no será el dueño real y efectivo del inmueble.
Plazo o término para registrar la escritura.
Sucede muy a menudo que una persona compra una casa y por el alto costo que hay que pagar tanto en la notaría como en las secretarias de hacienda departamental y en la oficina de registro de instrumentos públicos, no registra la escritura y pasa el tiempo desconociendo que la ley ha fijado un límite temporal para registrar tal escritura y que de no cumplirse contempla una sanción que se liquida por cada mes o fracción de mes.
Así los dispone el artículo 231 de la ley 223 de 1995:
«Términos para el registro. Cuando en las disposiciones legales vigentes no se señalen términos específicos para el registro, la solicitud de inscripción de los actos, contratos o negocios jurídicos sujetos a registro deberán formularse de acuerdo con los siguientes términos, contados a partir de la fecha de su otorgamiento o expedición:
a) Dentro de los dos meses siguientes, si han sido otorgados o expedidos en el país, y
b) Dentro de los tres meses siguientes, si han sido otorgados o expedidos en el exterior.
La extemporaneidad en el registro causará intereses moratorios, por mes o fracción de mes de retardo, determinados a la tasa y en la forma establecida en el Estatuto Tributario para el impuesto sobre la renta y complementarios.»
De otra parte, y según consta en el sitio Web de la superintendencia de notariado y registro:
- La constitución de hipoteca y patrimonio de familia tienen un término de 90 días hábiles, contados desde la fecha de autorización de la escritura pública vencidos los cuales es necesario constituir nueva escritura pública.
- Las medidas cautelares tales como embargo, demanda, gravámenes de valorización, y sus correspondientes cancelaciones y los demás actos que no pagan el impuesto de registro no tienen término.
Por su parte, la ley 1579 de 2012 en su artículo 28 dice que la hipoteca y el patrimonio de familia sólo se pueden inscribir en el registro inmobiliario dentro de los 90 días hábiles siguientes a su otorgamiento.
Sanción por no registrar oportunamente una escritura.
Registrar extemporáneamente una escritura pública merece una sanción que corresponde al interés moratorio por mes o fracción de mes, liquidado con la misma tasa aplicable a las deudas tributarias.
Aunque la ley no es clara en fijar la base para el cálculo de la sanción o interés moratorio, se ha de asumir que es el valor del impuesto dejado de pagar como consecuencia del registro extemporáneo de la escritura pública.
Por qué registrar oportunamente una escritura pública.
La principal razón por la que el comprador debe registrar la escritura de compraventa lo más pronto posible, no es la sanción que le pudieran cobrar, sino la posibilidad de que el vendedor pueda vender dos veces el inmueble.
Si no se registra la escritura de compraventa, el certificado de libertad y tradición aparecerá como si el inmueble no se hubiera vendido, es decir, el vendedor sigue siendo dueño del inmueble y por lo tanto es posible que pueda venderlo dos veces, y cuando el primer comprador vaya a registrar su escritura, puede encontrarse con que no es posible porque ya fue registrada otra.
Es un fraude o estafa, pero es posible, y el comprador tendría que iniciar un costoso y largo proceso judicial para recuperar la plata o el inmueble, y quizás nunca lo logre.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
Depende de cada oficina de registro, de su nivel de trabajo, pero suele tomar entre 3 días hábiles y hasta 2 semanas.
La escritura sin registrar es válida pero no es oponible frente a terceros hasta tanto sea registrada, de manera que, si no es registrada, el vendedor perfectamente puede vender otra vez el mismo inmueble y registrar esa segunda escritura, y el comprador original tendrá que iniciar un proceso civil complejo y lento para recuperar sus intereses.
Corresponde al pago del interés moratorio por cada mes o fracción de mes de retraso en el registro de la escritura, sobre el valor a pagar por derechos de registro.
Cuenta con 2 meses desde que se realizó la escritura en escrituras realizadas en el país, y 3 meses para escrituras realizadas en el exterior.
septiembre 26th, 2019 a las 5:20 pm
OBSERVO QUE NO HAY RESPUESTA A NINGUNA PREGUNTA POR PARTE DE GERENCIE.COM..
O NO DONDE BUSCAR LA RESPUESTA… O.. SOLO HABRA RESPUESTA DE LOS VISITANTES DE LA PAGINA.. GERENCIE.COM???
octubre 7th, 2019 a las 4:21 pm
Mi papa le compro un predio al Municipio de san alberto, cesar en el año de 1994 por descuido no la registro, cuando la quizo registrar haia una medida cautelar de la unidad de restitucion de tierras hasta este año se levanto, efectivamente se sometio a turno para el registro de la ecritura en la oficina de instrumentos publicos de aguachica cesar y la devuelven porque exigen licencia urbanistica, para la epoca 1994 se hicieron mas de 500 escrituras y ninguna aportaron licencia porque al ley no lo exigia mi pregunta, se peude registrar la escritura publica fechada de 1994 hoy en dia con los requisitos de la epoca gracias
enero 19th, 2020 a las 7:19 pm
buenas noches mis abuelos le dejaron una finca a mi padre y una tía pero no se encuentra registrada como se hace para decen glovarla y registrarla porque cada que se pide un certificado le piden un numero de registro y no lo tiene la escritura gracias
enero 27th, 2020 a las 7:30 pm
buenas noches; Toda vez que al parecer porlos comentarios realizados, lo que ustedes tienen es un posesion legal, deben adelantar un proceso de pertenencia con el fin de que obtengan la titularidad del predio en cabeza de ustedes, con el fin de que una vez mediante sentencia judicial se declare la titularidad, puedan adelantar el proceso divisorio.
agosto 4th, 2021 a las 12:42 pm
El primer paso es adelantar un proceso de sucesión en caso de fallecimiento.
una vez concluido el tramite sucesoral se puede adelanar proceso de division material de la finca o parcelación segun sea el caso donde se asigna a cada uno la parte que le corresponde.
febrero 11th, 2020 a las 9:22 am
VENDÍ UN LOTE EN MARZO DE 2019, LOS COMPRADORES POR NEGLIGENCIA, REGISTRARON EL INMUEBLE 10 MESES DESPUÉS. TRES MESES DESPUÉS DE FIRMADAS LAS ESCRITURAS ENTRÓ UN EMBARGO POR UNA DEUDA MÍA, POR LO TANTO NO SE PUDO CONCRETAR EL REGISTRO. QUÉ RESPONSABILIDAD TENGO EN ESTE CASO. GRACIAS
febrero 26th, 2020 a las 8:15 am
Mi marido quie recregistrar unas escrituras de una casa que le compro al papá hace muchos años pero el ya fallecido que debe hacer
marzo 24th, 2021 a las 10:03 pm
Debe hacer la sucesion, la compraventa sin escritura firmada por un fallecido no vale. Asesorese de un abogado o en un consultorio juridico de cualquier universidad con facultad de derecho y alli le indican el tramite para la sucesion. Debe llevar certificado de tradicion del inmueble
febrero 26th, 2020 a las 8:49 pm
Buenas noches, compre un bien inmueble y luego de la escrituración, por los costos no pude registrarlo, este año que iba a hacer el registro, saque un certificado de tradicionalismos y a parece con un embargo al señor que le compre, ahora estoy en un limbo que no se como proceder para poder hacer el registro
marzo 24th, 2021 a las 10:05 pm
Hasta que no se levante el embargo, es decir terminar el proceso judicial y pagar la deuda no se puede registrar. El embargo es una medida que saca el bien del comercio, es decir no puede hacer la compraventa y registrarla.
marzo 11th, 2020 a las 4:09 pm
buen dia compre un inmueble en een enero de 2019, y cancele todos los derechos de registro y beneficiencia, pero no radique ante instrumentos publicos hoy fui a radicar y me cobran intereses moratorios. mi pregunta por que cobran intereses moratorios sobre un dinero que ya se cancelo??? gracias
abril 29th, 2020 a las 1:33 pm
actualmente compré un predio y a raiz del covid quisiera saber como puedo registrar la escritura, ya que soy mayor de 70 años e hipertensa y no me encuentro actualmente en la ciudad de Bogotá, que debo hacer? esta pronto a vencer el palzo
julio 28th, 2020 a las 5:24 pm
Hola en abril del 2017 compre un terreno en una urbanización de la empresa los portales, pero cuando me entregaron la minuta me dijeron que el terreno se encontraba en un proceso judicial que apareció un segundo dueño ya que está ectarea fue una herencia siendo así que esta persona le hace un juicio a los Portales. Bueno yo habiendo recibido la minuta no lo he registrado aun en registros públicos ya que saldría como que la propiedad se encuentra en juicio quize esperar haber si se llega a solucionar esta situación con lo de los portales y el 2do dueño. Mi pregunta es sería conveniente registrar ahora la propiedad en registros públicos. O esperar ..por otro lado ya lo inscribí en la municipalidad y estoy al día en mis pagos de autobaluo y arbitrios. Otra pregunta si yo lo quiero vender como le podría hacer la venta .
marzo 24th, 2021 a las 10:09 pm
Es un muy mal negocio comprar un inmueble con problemas judiciales o en su titulación. Lo mejor que debió haber hecho en su momento fue pagar un estudio de títulos para que le explicaran los riesgos jurídicos de la compra venta. En ese orden de ideas debe asesorarse de un abogado o en un consultorio para que revise el proceso judicial y el certificado de tradicion y libertad y le indique la mejor decision a seguir
noviembre 26th, 2020 a las 12:17 pm
hola, si quieres me escribes al 3136590779 para asesoría Juridica
enero 24th, 2021 a las 5:33 am
Deben ir a la oficina de Agustín codazzi de su ciudad
enero 24th, 2021 a las 5:35 am
Pagué el valor de la inscripción escritura pública fuera del plazo y cuando se fue a inscribir dicha escritura el sistema no aceptó iniciar el proceso, qué se puede hacer
abril 7th, 2021 a las 3:23 pm
Buenas tardes;ante todo agradezco la orientción que me puedan brindar. Mi consulta es la sigente: me gustaria saber si exite alguna manera de solicitar una condonación de multa o un alivio a la Superintendncia de Notariado y registro por no haber podido hacer en el timpo estipulado el registro de un acto de succión o escritura de sucesión. han pasado 6 años de eso. Nuevamente Gracias por su atención.
mayo 12th, 2021 a las 4:38 pm
Buenas tardes, Que sanciòn se debe pagar por una escritura de Liberaciòn de Hipoteca, que no se registro oportunamente, la escritura se realizo el 19 de julio de 2004. Gracias por su atenciòn
mayo 14th, 2021 a las 11:34 am
Buen día
Quisiera saber que tiempo tiene instrumentos públicos después de haber salido el certificado de libertad y tradición para entregar la primer copia de la escritura
GRACIAS
febrero 23rd, 2023 a las 6:40 am
Las copias de las escrituras publicas las expide la Notaria donde fueron protocolizadas, la oficina de registros le puede expedir el certificado de libertad y tradición, también puede expedirle copias de los asientos registrarles.
junio 21st, 2021 a las 1:21 pm
buenas tardes
compre un terreno ya realice escritura para no la e registrado para registrar la escritura tiene un tiempo estimado y se pasa del tiempo que se debe hacer
febrero 23rd, 2023 a las 6:57 am
Para el registro de la escritura ante la Oficina de Registros de Instrumentos Públicos No existe tiempo definido, lo que estas es frente a una posible situación que podría afectar tu derecho a la propiedad, por que quien define y legitima públicamente la propiedad, es el Certificado de Libertad y Tradición
agosto 13th, 2021 a las 10:28 am
buenos dias en el año 2014 se realizo proceso divisorio el cual al dia de hoy no se ha registrado, es posible realizar el registro en estos momentos y cual será el monto de la sanción
septiembre 16th, 2021 a las 3:55 pm
Hice escrituras de una finca que compre, al registrarlas las devolvieron porque no coincide la extensión del terreno de la escritura vieja de hace muchisimos años, con la nueva extensión que quedó posterior a un proceso de medición ordenado por un juzgado en un proceso de pertenencia a uno de los poseedores, el área ahora es mayor y matematicamente no cuadra el terreno excedente después de otorgada la pequeña porción del proceso de pertenencia vs. la medición antigua. En Conclusion la oficina de restitución y legalización de tierras no detallo cual era el excedente, la jueza falló y yo simplemente NO he podido registrar mi escritura a pesar de haber pagado todo el proceso, no me la reciben. Que debo hacer?
septiembre 16th, 2021 a las 3:59 pm
Con el caso anterior, tampoco se si puedo explotar el terreno en proyectos productivos, si puedo acceder a subsidios o planes de financiación para proyectos agrícolas porque reitero no aparezco con la propiedad registrada por un error del proceso que ni siquiera me estaba beneficiando a mi persona.
enero 3rd, 2022 a las 5:32 pm
Me sucedio un problema similar. Envie una carta al Agustin Codazi para que me den las medidas que aparecen en la escritura original. Con la respuesta que me dieron realice una escritura de correccion, asesorandome de la oficina de registros publicos.
Yo haria la escritura con las medidas correspondientes y por el excedente un proceso de pertenencia aparte.
No soy abogado, solo relato mi experiencia.
septiembre 17th, 2021 a las 7:30 pm
buenas tardes que proceso se debe segur a una susecion .que ya salio las escritura.son 3 herederos 2 fincas ya los tres le llego unasola escritura fisica pero con diferente codigo y ellos quieren que se les llegue a cada uno escritura individual quedeben hacer y que requisitos.
ya la registraron en el municipio. es necesario registrarla en pastto nuevamente
septiembre 17th, 2021 a las 7:38 pm
buen dia que se debe hacer para que optengan una escritura individual a 3 herederos que hicieron sucecion por juzgado y pagando abogado pero la escritura salio una sola en fisico pero con diferente codigo para cada uno que se debe hacerpara que salga individual.
tambien ya estan registradas en el municipio tocalleverla a pasto nuevamente o ya no
gracias por su respuesta
noviembre 18th, 2021 a las 11:52 am
me imagino que la escritura de compraventa esta firmada ,lo que debe hacer es ir con las tres copias una para beneficencia, otra para registro y la del comprador, pagar la extemporaneidad en beneficencia mas el impuesto de beneficencia e ir a registro con lo pagado, dejar las escrituras para liquidación en registro y pagar el impuesto de registro para que le den su certificado de libertad y quede a su nombre la propiedad del inmueble.
febrero 7th, 2022 a las 4:06 pm
hola buenas compre un lote, solo tengo documento de compra y venta, que paso debo seguir para sacar las escrituras y quede a mi nombre.
marzo 17th, 2022 a las 10:13 pm
Buenas noches.
Compre una casa hace un año y no la registre en intrumentros publicos, es posible realizar la inscripcion pasados 12 meses despues de la firma ?
julio 7th, 2022 a las 10:59 am
HICE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA DE TERRENO AGRARIO CON MI PAPA PORQUE ALLI TENGO UN PROYECTO PRODUCTIVO CON DEUDA DE MAS DE 20 AÑOS CON EL BANCO AGRARIO, NO COLOQUE TERMINO PARA REALIZAR LAS ESCRITURAS SOLO QUE EN CUALQUIER MOMENTO Y MI PADRE FALLECIO, EXISTEN TRES HEREDEROS MAS, EN ESPERA DE COMENTARIOS, MUCHAS GRACIAS
julio 15th, 2022 a las 2:10 pm
compre un inmueble en el año 2015 y hasta el momento no la he registrado por falta de dinero, sera que en la puedo registrar en este año 2022
noviembre 1st, 2022 a las 4:48 pm
una pregunta
noviembre 1st, 2022 a las 4:51 pm
mi abuelita cedió unos derechos con una escritura que lleva 28 años que nunca fue registrada ante supernotariado y registro, pero en catastro aparece la persona que tiene esa escritura tiene validez nunca ha pagado impuestos de ese terreno los hijos de la abuelita son los que pagan , tiene validez esa escritura o prevalece la que si aparece en registro ya que esa aparece como dueña mi abuela que e aconsejan
noviembre 19th, 2022 a las 1:39 am
vendi un predio. se hizo una escritura con hipoteca, no la registraron dentro de los noventa dias correspondientes. ya han pasado 5 años y 10 meses y no me han pagado la deuda de hipoteca. estaba tranquilo pues la norma indica que no podia registrar el comprador.
resulta que la oficina de instrumentos publicos si le regisro la escritura con hipoteca despues de 5 años. y ademas sin pagar los impuestos predial,
ya puse un derecho de peticion y no he recibido respuesta, que creen que va a suceder?
julio 21st, 2023 a las 3:00 pm
mary.
una escritura de ampliación de hipoteca sobre inmueble no fue registrada por el deudor que se comprometió a asumir este gasto. la acreedora se dio cuenta en este año 2023, escritura es del 18 de abril de 2012.
1-Como se puede hacer este cobro sin el registro de dicha escritura?
2-la inadmite un juzgado?
3-que se puede hacer?
agosto 29th, 2023 a las 6:18 pm
Señores Gerencie.com:
Por favor, quiero saber si el Registro de una escritura de compraventa ante la SNR, es cierto que hoy en día, ese procedimiento, lo hace la Notaría donde se protocolizo dicha escritura?
Gracias