¿Quién paga la licencia por luto?

La licencia remunerada por luto debe ser pagada por el empleador obligado a concederla de acuerdo al artículo 57 del código sustantivo del trabajador.

Empleador otorga y paga la licencia remunerada por luto.

El empleador tiene la obligación de conceder al trabajador una licencia remunerada por luto, de acuerdo al numeral 10 del artículo 57 del código sustantivo del trabajo.

Licencia por luto.La licencia remunerada por luto y los requisitos que se deben cumplir para tener derecho a ella y en qué casos se concede.

La ley no dice quién debe pagarla por no ser necesario, toda vez que la ley no impuso ese pago a la EPS, por lo tanto, le corresponde al empleador pagarla.

Téngase en cuenta que la licencia por luto no suspende el contrato de trabajo, y mientras el contrato no esté suspendido el empleador debe seguir pagando el salario del trabajador, incluso si este se encuentra disfrutando de su licencia por luto a que por ley tiene derecho.

Reglamentación de la licencia por luto.

Recordemos lo que señala el numeral 10 del artículo 57 del código sustantivo del trabajo:

«Conceder al trabajador en Caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada por luto de cinco (05) días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral. La grave calamidad doméstica no incluye la Licencia por Luto que trata este numeral.

Este hecho deberá demostrarse mediante documento expedido por la autoridad competente, dentro de los treinta (30) días siguientes a su ocurrencia.»

La única obligación que se impone a la EPS en ocasión a la licencia por luto es la de brindar asesoría psicológica al trabajador que la requiera, de acuerdo al parágrafo único del artículo 57 del código sustantivo del trabajo.

La licencia remunerada por luto no es más que el derecho que tiene el trabajador a ausentarse del trabajo durante 5 días hábiles, ausencia que debe ser remunerada por el empleador.

En consecuencia, no es que el trabajador reciba un pago adicional por dicha licencia, sino que recibirá su salario completo, pues no se le pueden descontar los días de licencia por luto.

¿Se pagan aportes parafiscales en la licencia por luto?

La licencia remunerada es un periodo de tiempo durante el cual el trabajador no prestas sus servicios, pero es remunerado, y de allí su nombre.

Al existir remuneración, entendemos que se deben realizar aportes parafiscales en razón a que esa remuneración tiene la connotación de salario, concepto sobre el cual se deben hacer los aportes parafiscales.

¿Se paga auxilio de transporte en la licencia por luto?

Durante la licencia por luto el trabajador no debe desplazarse a su lugar de trabajo, por lo tanto, no se cumple el supuesto que da derecho al pago del auxilio de transporte.

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13 Opiniones
  1. Angelica B Dice:

    Buen Día,

    Si se toman los 5 días de licencia la empresa me descuenta pago del dominical, por no trabajar los 5 días, o mi pago debe ser el mismo.

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    • Santiago Dice:

      El pago dominical no se afecta, pues este solo se descuenta cuando hubo una ausencia durante la semana no justificada por parte del trabajador.

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  2. Deyanira Rodríguez Dice:

    Una pregunta mi mamá se enfermó y estuve en clínica un día con ella y me descontaron tres día y entregue todos los documentos pertinentes de soportesbhay alguna ley que me proteja

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  3. jose Dice:

    tengo un contrato por prestacion de servicios fallecio mi madre no fui a trabajar 5 dias esos dias me los paga la empresa en la cual trabajo por prestacion de sercicios

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    • Esteban Dice:

      Buenos dias no se los pagan ya que por prestacion de servicios es muy diferente a tener vinculo laboral

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  4. José Dice:

    Buenas yo fui a trabajar,y en el transcurso de la mañana mi madre falleció.solo me quedaba 1 hora laboral. Y me retiré.
    Pero luego me entero que de los 5 días. De licencia me contaron el mismo día en que falleció.hocea que fueron 4 días no 5.reclame pero no tienen otro argumento que el de bueno te tomaste 4 días.

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    • yejucape Dice:

      A lo mejor, porque tengo entendido que la licencia por luto inicia desde el mismo dia del fallecimiento del familiar.

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  5. Rubiela Dice:

    mi hermano sufrio un cancer que lo mantuvo en la clínica por 15 meses, la empreresa povenir, prestadora de pension no le reconocio las incapacidades durante su enfermedad, el fallecio, sus familia cubrio siempre los pagos de la seguridad social, pues era trabajador independiente. como podemos reclamar el pago de estos dineros

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  6. Manuela Dice:

    Buenos días

    Si el trabajador no solicita los cinco días y los trabaja, se le remunera doble?

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    • jk Dice:

      Es una buena inquietud. El trabajador tiene derecho a 5 días hábiles de licencia de Luto, no obstante si por decisión propia del trabajador decide re integrarse previamente, la licencia solo cobijaría los días que estuvo por fuera y el resto días se pagarían según lo trabajado.

      Asunto diferente es si la empresa requiere que se re integre anticipadamente POR COMÚN ACUERDO, en caso tal, aunque no es lo más conveniente, se reconocería el pago de la licencia restante (tocaría revisar bajo que concepto) y adicional las horas trabajadas.

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  7. Olger Dice:

    Buen día.
    Trabajo en un call center y me están quitando las comisiones y variables por los días de luto.
    Es esto legal?
    Porque tengo entendido que efectivamente me pagan los 5 días hábiles de luto, sin embargo, las variables me las quieren quitar y no se si esto sea correcto.
    Muchas gracias

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  8. Mile Dice:

    Buenos dias si muere un hijastro tiene derecho a licencia de luto cuantos dias y es renumerada

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  9. JN Dice:

    Buenas Tardes , tengo dos compañeros que le fallecio su papa, fallecio un sabado en la mañana, no fueron a un paseo que era ese mismo sabado 6 de agosto por el hecho, pero en realidad queremos saber cuantos dias le corresponde, ya que ellos regresaron el dia miercoles 10 de agosto, se cuenta el dia domingo o solo se cuenta sabado, lunes y martes ?}

    gracias

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