Retención en la fuente en la compra de franquicias

Cuando se adquiere una franquicia, el pago que se haga por ese concepto está sujeto a retención en la fuente a una tarifa del 2.5%, que corresponde a otros ingresos.

Retención en la fuente por regalías.

En un contrato de franquicia se paga una especie de regalía, y como no existe un concepto de retención específico para estos casos, se aplica el concepto de otros ingresos.

Contrato de franquicia.Qués una franquicia, características y requisitos.

Este concepto está señalado en el artículo 401 del estatuto tributario, donde figura una tarifa del 3.5%, pero dicha tarifa fue modificada por el artículo 1.2.4.9.2 del decreto único reglamentario 1625 de 2016, que la fijó en 2.5%.

Como de la ley lo que se aplica es el reglamento, entonces se aplica a la tarifa que el reglamento fijó, que repetimos, es del 2.5%.

En caso que el franquiciante sea una persona natural que no declare renta, lo que es improbable, se aplicará la tarifa del 3.5% según el parágrafo 3 del artículo referido.

Esta tarifa aplica cuando el franquiciante es un residente fiscal en Colombia, pero si el franquiciante es extranjero, y el pago de las regalías se debe hacer al exterior, se aplica la retención en la fuente por pago al exterior, y el artículo 408 del estatuto tributario fija una tarifa del 20%.

Por último, precisar que la compra de la franquicia implica pagar el derecho como tal de la franquicia, el cual está sujeto a retención, y el pago periódico de las regalías producto de la franquicia, que también está sujeto a retención.

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