La retención en la fuente por servicios en el 2016 se practica cuando el valor del servicio sea igual o superior a $119.000.
Recordemos que la retención en la fuente por servicios se aplica cuando el pago o abono en cuenta equivale a 4 Uvt o más, y que el Uvt para el 2016 quedó en 29.753, lo que da un valor exacto de $119.012, monto que se debe redondear o aproximar a su valor de mil más cercano, es decir, 119.000.
Todo agente empresa o persona que tenga la calidad de agente retenedor tiene la obligación de practicar la retención por servicios, exceptuando por supuesto a quienes tienen la calidad de autoretenedores.
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