Sanción por corregir exógena

Cuando se corrige la información exógena se debe pagar la sanción del 4% conforme señala el artículo 651 del estatuto tributario.

Cómo se calcula la sanción por corrección en información exógena.

En primer lugar, recordemos lo que señala el literal b) del artículo 651 del estatuto tributario:

«El cuatro por ciento (4%) de las sumas respecto de las cuales se suministró en forma errónea;»

En principio, calcular la sanción es sencillo, sólo se debe aplicar el 4% sobre la suma respecto a las cuáles se reportó en forma errónea.

Base para calcular la sanción por corregir la información exógena.

La ley no precisa la base sobre la que se debe calcular la sanción, y se limita a decir que es sobre la sumas respecto a las cuales se suministró en forma errónea.

Supongamos que la empresa vendió un inmueble en $300.000.000 y reportó $200.000.000, debiendo corregir la información para reportar los $300.000.000.

La empresa reportó $200.000.000 cuando tenía que reportar $300.000.000, es decir, se presentó una diferencia de $100.000.000.

Entonces, ¿la sanción se liquida sobre la diferencia o sobre la suma objeto de reporte ($300.000.000)?

En nuestro criterio, la sanción se debe calcular sobre la suma que debió reportarse, esto es, $300.000.000, ya que la norma no dice que sea sobre la diferencia, o el mayor valor a pagar, como si lo hace en otras sanciones como la sanción por corrección en las declaraciones, e incluso en la sanción por inexactitud.

En consecuencia, el monto de la sanción será el 4% de 300.000.000, siendo de $12.000.000.

La norma dice que la sanción es del 4% respecto de las sumas de las cuales se suministró en forma errónea, y en nuestro ejemplo, la suma objeto de reporte era el valor de la venta del inmueble.

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  1. Anonimo (febrero 1 de 2022)

    Como bien lo dice el art 651; «sumas respecto de las cuales se suministró en forma errónea», considero que al informar primero un valor de 100M y luego uno de 400M, la información errónea es la diferencia, es decir 300M, que es lo que le hace falta a los 100M para llegar a 400M.

    Responder
  2. MARY (febrero 3 de 2022)

    BUENOS DIAS ME PUEDEN COABORAR CUANDO UNO COMETE ERRORES DE NIT DEBE PAGAR SANCIÓN

    Responder
  3. Gloria (febrero 10 de 2022)

    Tengo la misma duda, como se calcula sanción si no hay diferencia entre los valores. Se debe pagar sanción si el error es que el nit fue el que se corrió un numero.

    Responder
    • William en respuesta a Gloria (agosto 14 de 2023)

      Tengo la misma duda

      Responder
  4. SINA (mayo 12 de 2022)

    BUENAS TARDE, QUIERO SABER SI POR ERROR EN NIT SE DEBE PAGAR SANCION POR REPORTE Y COMO SERIA ELPROCESO DE MODIFICACION DEL ERROR ?

    Responder
  5. Ana Forero (mayo 24 de 2022)

    Buenas tardes, quisiera saber si debo aplciar sacncion por haber presentado el formato 2275 de manera errada pues no me fije las colunas que tenia el reporte y para la vigencia 2021 eliminaron la columna donde estaba la base los ingresos no constitutivos de renta y lo que pegue fue la base y no los ingresos.
    un mayor valor de lo que debia reportar.

    Responder
  6. LUZ VARGAS (septiembre 20 de 2022)

    Buenas tardes

    Por favor me pueden indicar si por un error en un digito del nit de la información exogena formato 1001, pero el nombre es correcto, le aplica sanción y como es el proceso de corrección?

    Le agradezco su respuesta

    Responder
  7. EAMJ (mayo 26 de 2023)

    Y si es el caso contrario? es decir se reporte un mayor Valor?

    Responder
  8. GUILLERMO (junio 15 de 2023)

    A mi me pasó, por corregir un solo número de la cédula de un reportado, me llego requerimiento de la Dian pidiendo pagar sanción por esa corrección.

    Responder
  9. Maria Emilia melo (agosto 23 de 2023)

    Buena tarde por error presente intercambiado el formato 1001 de los medios magnéticos del 2022 de dos empresas me puede colaborar como puedo subsanar este error.
    Maria Emilia Melo

    mi correo es [email protected]

    Responder
  10. Jaime Cerón (septiembre 22 de 2023)

    Mi contadora se equivocó en un dígito en la cédula de uno de los empleados y quedó reportado otroa señor diferente, si se corrige ese digito ¿hay que pagar sanción?, el valor seguirá siendo el mismo, muchas gracias por su respuesta

    Responder

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