Las personas que viven en un conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal deben cumplir las normas y reglas que gobiernan al conjunto, y en caso de no hacerlo, pueden ser sancionadas.
Sanciones por incumplimiento de obligaciones pecuniarias en la propiedad horizontal.
Una de las obligaciones que tiene todo copropietario de la propiedad horizontal, es contribuir a la financiación de los gastos del conjunto, y en caso de incumplir con esa obligación se puede imponer las sanciones del caso.
Estas obligaciones consisten básicamente en el deber de pagar las cuotas ordinarias y extraordinarias fijadas por la asamblea de copropietarios.
Pago de intereses de mora en la propiedad horizontal.
Si el copropietario no paga oportunamente las expensas necesarias a que está obligado, tendrá que pagar intereses moratorios de acuerdo a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 30 de la ley 675 de 2001:
«El retardo en el cumplimiento del pago de expensas causará intereses de mora, equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Bancaria, sin perjuicio de que la asamblea general, con quórum que señale el reglamento de propiedad horizontal, establezca un interés inferior.»
El interés moratorio por defecto es igual a la tasa de usura, no obstante, la asamblea de copropietarios puede fijar un interés menor pero nunca mayor al permitido por la ley.
Publicación de la lista de morosos en la propiedad horizontal.
Si los copropietarios persisten en la mora, la propiedad horizontal podrá publicar un listado de morosos, que viene a ser una sanción social.
Al respecto señala el inciso segundo del artículo 30 de la ley 675:
«Mientras subsista este incumplimiento, tal situación podrá publicarse en el edificio o conjunto. El acta de la asamblea incluirá los propietarios que se encuentren en mora.»
Esa publicación debe atender las reglas que fija el parágrafo único del mismo artículo:
«La publicación referida en el presente artículo solo podrá hacerse en lugares donde no exista tránsito constante de visitantes, garantizando su debido conocimiento por parte de los copropietarios.»
La publicación de esa lista debe hacerse considerando la protección al derecho a la intimidad del copropietario moroso, por lo que las carteleras con la lista de morosos no deben quedar visibles a las personas ajenas o distintas a los residentes del conjunto, como por ejemplo en la portería o zonas de recreación que son visitadas constantemente por terceros.
Esa publicación se puede hacer por ejemplo en las oficinas de la administración donde por lo regular sólo acceden los residentes.
Sanciones que no se pueden imponer a los morosos.
A parte del cobro de intereses moratorios y la ejecución de la deuda que puede derivar en un embargo y secuestro de las propiedades del deudor, algunos conjuntos impones sanciones o restricciones que no se deben, como las siguientes:
- Suspender servicio de citófonos.
- Prohibir al portero que atienda al moroso.
- Impedir el acceso de visitantes del moroso.
- Suspender el uso de casilleros.
- Impedir el ingreso o salida de inmuebles o pertenencias del moroso.
- Etc.
Este tipo de restricciones rayan en el hostigamiento y constreñimiento ilegal, y no es la forma correcta de abordar el cobro de la cartera morosa.
La administración cuenta con una excelente herramienta como es la de iniciar un proceso ejecutivo de cobro, para lo cual es suficiente la certificación expedida por el administrador, certificación que presta mérito ejecutivo suficiente para promover un embargo al deudor.
Negar el paz y salvo para enajenar la propiedad.
Esta no es una sanción propiamente dicha, pero cumple una función sancionatoria para el copropietario moroso que quiere vender su propiedad.
Al respecto señala el inciso 4 del artículo 29 de la ley 675 de 2001:
«En la escritura de transferencia de dominio de un bien inmueble sometido a propiedad horizontal, el notario exigirá paz y salvo de las contribuciones a las expensas comunes expedido por el Representante Legal de la copropiedad.»
Realmente el administrador no niega el paz y salvo al moroso, sino que no lo puede expedir por obvias razones, de manera que el moroso tendrá que pagar lo que debe si es que quiere cumplir con ese requisito para poder vender su cada o apartamento sin problemas.
Sanciones por el incumplimiento de obligaciones no pecuniarias.
Los moradores de una propiedad horizontal tienen el deber de cumplir con el reglamento de propiedad horizontal lo que incluye las normas de comportamiento y convivencia, que son las principales causas de conflictos en cualquier propiedad horizontal en cualquier parte donde convivan dos o más personas.
Para procurar que las personas cumplan con las reglas, y así tener una sana convivencia, es preciso fijar las multas y sanciones a quienes incumplan con los deberes instituidos en la propiedad horizontal.
El artículo 59 de la ley 675 señala las sanciones que se pueden imponer.
Multas económicas.
La propiedad horizontal puede contemplar la imposición de multas en las siguientes condiciones:
«Imposición de multas sucesivas, mientras persista el incumplimiento, que no podrán ser superiores, cada una, a dos (2) veces el valor de las expensas necesarias mensuales, a cargo del infractor, a la fecha de su imposición que, en todo caso, sumadas no podrán exceder de diez (10) veces las expensas necesarias mensuales a cargo del infractor.»
Es decir que la multa máxima no puede superar dos veces el valor de la cuota ordinaria mensual que debe pagar y que sumadas no pueden superar las 10 cuotas ordinarias.
Restricción del uso y goce de zonas comunes.
Otra de las sanciones que puede imponer la propiedad horizontal es restringir el uso y goce de las zonas comunes no esenciales al infractor, como el caso de la piscina, el salón comunal, las áreas de juegos y gimnasio, etc.
No se puede restringir el uso de zonas comunes esenciales para el goce o utilización del bien privado, como portería, vías de acceso, medios de comunicación, etc.
Publicación de los infractores.
El artículo 59 de la ley 675 de 2001 contempla la posibilidad de publicar un listado de los infractores en los que se incluyan los hechos que dieron origen a la sanción.
Si bien la norma permite que ese listado se coloque en un lugar de amplia circulación dentro de la propiedad horizontal, la Corte constitucional en la sentencia antes referida afirma que no se debe violar el derecho a la intimidad y al buen nombre del infractor, por tanto ese listado no puede estar a la vista de personas externas o ajenas al conjunto.
Procedimiento para imponer sanciones.
En primer lugar, el presunto infractor debe ser requerido por escrito respecto a la presunta infracción o incumplimiento, y se le puede dar un tiempo perentorio para corregir la conducta si fuere procedente.
La imposición de las sanciones debe hacerse respectando el derecho al debido proceso y a la defensa del sancionado, de modo que este pueda ejercer el derecho a la contradicción y pueda presentar descargos, pruebas o justificaciones.
Las sanciones y las conductas sancionables deben estar tipificada en el reglamento de propiedad horizontal o en el manual de invidencia en caso que lo haya, para de esa manera darles un sustento legal a las sanciones impuestas.
El reglamento debe considerar el proceso sancionatorio a seguir para ajustarse a él y así no viciar la imposición de la sanción.
¿Quién impone las sanciones?
El artículo 60 de la ley 675 de 2001 señala que las sanciones deben ser impuestas por la asamblea de copropietarios, o por el consejo de administración en el caso que tal facultad o atribución figure en el reglamento de propiedad horizontal.
Es decir que si en si dentro de las funciones el consejo de administración incluidas en el reglamento de propiedad horizontal, no está la imposición de sanciones, le estará vedado hacerlo.
Las sanciones no pueden ser impuestas por el administrador ni por el comité de convivencia cuando lo haya.
De la facultad para imponer sanciones en la propiedad horizontal.
La propiedad horizontal tiene la facultad de fijar las conductas sancionables y las sanciones correspondientes, siempre que estas estén incluidas en el reglamento de propiedad horizontal.
Si en el reglamento de propiedad horizontal no figura una conducta determinada, no se puede sancionar por incurrir en ella, y si se quiere incluir, es preciso que la asamblea de copropietarios lo aprueba y hacer la respectiva modificación del reglamento de propiedad horizontal para incluir las nuevas conductas y sanciones aprobadas por el máximo órgano decisorio.
Recordemos que la propiedad horizontal es un contrato entre los copropietarios, que acuerdan unas obligaciones y unas consecuencias, por lo tanto, quedan sujetos a ese acuerdo de voluntades, por tanto luego no puede alegar que no se les puede aplicar lo que ellos mismos pactaron y aceptaron en ese contrato.
En consecuencia, mientras las sanciones consideradas no atenten contra derechos constitucionales ni contraríen una ley, estas son procedentes y se pueden imponer.
Por ejemplo, sanciones comunes y necesarias como imponer una multa al morador que no recoja los desechos que su mascota ha depositado en las zonas comunes o en la propiedad del vecino, es de sentido común y no tiene nada de ilegal ni de violatorio de ningún derecho.
Impugnación de las sanciones.
El copropietario o morador no propietario que sea sancionado, puede impugnar las sanciones que le sean impuestas.
Esta impugnación no se hace ante quien la impuso, sino ante un juez civil municipal, mediante un proceso verbal sumario.
El artículo 62 de la ley 675 afirma que la impugnación de las sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniaria, se debe hacer dentro del mes siguiente a la notificación o comunicación de la sanción.
En caso de las sanciones por el incumplimiento de obligaciones no pecuniarias el término para impugnar es de 2 meses.
julio 10th, 2019 a las 5:39 pm
hice un mural en una terraza de mi apartamento sin consentimiento de la junta, afectando fachada de la P.H; a que sanción me expongo?
noviembre 25th, 2019 a las 2:05 pm
Puede haber sanciones en su reglamento al respecto, pero en general, pueden pedir a través de la alcaldía que Ud. restaure la fachada a su estado original. Las fachadas son zonas comunes y por lo tanto deben conservarse como lo establezca el reglamento de ph.
julio 19th, 2019 a las 3:41 pm
solicite mudarme un domingo y en la unidad amenazan con poner una sancion económica si lo hago ese día ya que el reglamento de la unidad no lo permite¿ esto e legal?
noviembre 25th, 2019 a las 2:15 pm
Si está en el reglamento esa restricción, si es posible que tenga una sanción económica. La razón, el domingo es el día que la gran mayoria de vecinos desea descansar y el ruido y molestias propios de un trasteo no debe hacerse el día que casi todos quieren descansar. Recuerde que al comprar un inmueble o arrendarlo, es deber del comprador/inquilino conocer el reglamento de propiedad.
noviembre 6th, 2019 a las 8:13 pm
Me pueden suspender las áreas comunes por falta de pago en cuotas extraordinaria aun estando al día en las obligaciones ordinarias?
noviembre 25th, 2019 a las 2:01 pm
La restricción al uso de ciertas zonas comunes normalmente está asociada al retraso en el pago de las expensas comunes que es la forma como la ley llama a lo que comunmente se conoce como cuota de administración. Las expensas comunes hay de dos tipos las ordinarias y las extraordinarias. Esto quiere decir que SI, en su caso, tener deuda de una cuota extraordinaria es lo mismo que tener deuda de una cuota ordinaria. De hecho, el contador puede (y debe) aplicar los pagos recientes a la deuda mas antigua, de esa manera, llega un momento en que lo que Ud. pague hoy, cancela o abona a la cuota extraordinaria que colocaron antes y es muy probable que en algún momento Ud. ya no deba nada de la cuota extraordinaria antigua sino unicamente cuotas ordinarias mas recientes.
diciembre 12th, 2019 a las 2:41 pm
Puede el propietario inicial de una copropiedad comercial, consagrar en el reglamento de propiedad horizontal una excension para no pagar un módulo de contribución determinado, por los inmuebles que estén en cabeza suya y hasta tanto no los haya vendido.
diciembre 15th, 2019 a las 4:30 pm
que debo hacer mi madre sufre de anzhaimer y mi hermano maneja a su antojo las tres tarjetas con la complacencia de mi hermana mayor y nos da lo que el quiere darnos que debo hacer en este caso.
febrero 6th, 2020 a las 3:38 pm
Buenas tardes, iniciar proceso ante la jurisdicción voluntaria, puede hacerlo mediante apoderado para que se le otorgue un apoyo a dicha persona si se determina que no puede tomar decisiones por si misma. Buenas tardes, dichos arreglos deben ir por cuenta del arrendador usted como arrendatario no debe cubrir tales gastos, lo establece el contrato y la ley 820 del 2003. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
enero 9th, 2020 a las 1:08 pm
hola, tengo un cuarto útil de unos 20 metros cuadrados y lo adecue para arrendarlo como aparta estudio y un vecino se opone a que lo arriende que puedo hacer, gracias.
febrero 6th, 2020 a las 3:39 pm
Buenas tardes, se debe revisar si esta en contravia del reglamento en dado caso no estarlo, le esta permitido por la ley por ser propiedad privada. Buenas tardes, dichos arreglos deben ir por cuenta del arrendador usted como arrendatario no debe cubrir tales gastos, lo establece el contrato y la ley 820 del 2003. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
enero 15th, 2020 a las 5:40 pm
solicite un permiso a administración para instalar un servicio fibra óptica de claro, pasados 57 dias de la solicitud se realiza la instalación del servicio pues la administradora estaba enterada de todo y verbalmente autorizo la instalación y el ingreso del personal de claro. El dia 11 de enero del 2020 el consejo me pide que retire el servicio y que debo pagar “multas que oscilaran entre 3 y 10 SMLV (2) cuotas mensuales de administración según la gravedad de la falta”.
Mi pregunta es
1) En donde puedo apelar, pues realmente yo no obre de mala fe y siempre informe a la administración.
2) Quiero saber si hay aplica la ley 1755/2015 en cuanto a que se debe dar respuesta a una solicitud, queja o reclamo en un plazo de 15 días. y en caso de no ser contestada se dará por aprobada la solicitud.
Agradezco su colaboración en ayudarme a despejar estas dudas
feliz día
febrero 6th, 2020 a las 3:41 pm
Buenas tardes, a lo anterior, si se presento solicitud y la Administración quien debía otorgar dicho permiso por usted encontrarse en subordinación ante decisiones de la misma pues esta es la cabeza visible pero el mando por cuanto el órgano de orden, control es la asamblea misma, la acción a seguir es interponer queja ante la alcaldía local y por ende tutela a la solicitud presentada. Buenas tardes, dichos arreglos deben ir por cuenta del arrendador usted como arrendatario no debe cubrir tales gastos, lo establece el contrato y la ley 820 del 2003. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
febrero 17th, 2020 a las 2:38 pm
Cordial Saludo,
Deben ser las multas aprobadas con mayoría calificada (70%? o al ser una multa que no excede el canon de administración mensual, se puede aprobar con quorum de mayoría simple?
En el caso del Manual de convivencia, donde se incluyen las multas, y que cada valor de multa no excede la expensa común mensual, puede ser aprobado con 50% +1?
Gracias de antemano,
febrero 17th, 2020 a las 9:07 pm
buen dia
el conjunto donde vivo tiene el reglamento de propiedad horizontal que esta en la escritura de compra del año 1998 , pero no lo tiene actualizado conforme a la ley 675 del 2001 por cual reglamento se debe regir en la actualidad por el que esta en la escritura o por la ley 675.gracias
febrero 18th, 2020 a las 8:20 am
Buen día, los llamados de atención perduran en el tiempo o cada vez que se elige concejo de administración estos caducan? pues donde vivo me están sacando un llamado de atención del año 2016, con el cual pretenden imponerme una multa.. esto es valido?.. Gracias
febrero 22nd, 2020 a las 10:25 am
Buenos días, tengo una sanción por mi hijo parquear mal la moto, aunque no hay avisos que soporten que no se puede parquear en esos lugares, de igual manera la factura me llega con fecha del 01 de diciembre de 2019, me la entregan el 16 de enero de 2020 con plazo hasta el 31, con un saldo pendiente que no se de donde salió porque la administración de noviembre la pague puntual, ellos me dan respuesta mediante una carta con fecha del 19 de enero de 2020 a pesar de que mi reclamación tenía fecha del 20 de enero y fue enviada y entregada a ellos después de esta fecha, que con la fecha de la factura no hay problema porque era para entregarla en enero y que el saldo pendiente es el que corresponde a la administración del mes de enero, y que la cuota de administración de ese mes la aplican a la multa y entro en mora con la administración, y la respuesta de la administración me la entregan al otro día después de que el concejo les envía una circular informándoles que me absolvían de esa multa.
marzo 9th, 2020 a las 3:02 pm
Muy buen día por favor quiero una aclaración si la asamblea ordena aplicar interés moratoria a cuotas extra ordinarias para una obra que no comienza de cuanto son los intereses y me los pueden aplicar gracias .
marzo 24th, 2020 a las 2:31 pm
me pueden poner una multa por música alta sin antes notificarme de forma escrita, o sin saber por que no me han dicho que reglamento se aplica en el edificio…
octubre 22nd, 2021 a las 1:46 pm
En el conjunto hay copropietarios que trabajan con carretas y las estan dejando en las areas comunes despues de retirarlos de los parqueaderos, que se puede hacer en este caso y si es permitido o NO
abril 23rd, 2020 a las 10:06 am
la norma esta en el reglamento de propiedad horizontal, establece el cobro de la multa,por no asistir a la asamblea, pero aquí no la han cobrado nunca. que consecuencias tiene esto para los miembros de concejo nuevos.
mayo 3rd, 2020 a las 10:22 pm
Es legal que el consejo, el presidente del consejo y la Administracion prohiban la entrada de un familiar del dueño o residente del Apartamento del conjunto residencial, aduciendo que es para prevenir el covid-19?, es de anotar que el familiar que no reside en el conjunto viene a utilizar el servicio de internet una vez a la semana (porque no tienen servicio de internet en su casa por ser de escasos recursos) y el colegio le envia guias para que pueda estudiar el hijo de la persona que no es residente en el conjunto.
Es legal que el mismo consejo, el presidente del consejo y la Administracion prohiban la entrada a un tecnico para que arregle la cocina por fallas?.
Es legal que tambien le prohiban a una residente recibir el Nieto que tiene 5 años y que no vive con ella, pero los padres del Nieto se lo deben dejar a la abuela porque trabajan (el padre en un supermecado y la madre en una drogueria) y no lo pueden dejar solo en la casa.
¿Ante que Ente se puede acudir para exponer el caso en caso que sea ilegal esa prohibicion aduciendo que es para prevenir el covid-19?, favor me pueden colaborar si es legal o no esta prohibicion en todos los casos mencionados.
mayo 4th, 2020 a las 2:37 pm
El pasado sábado se realizó de forma virtual la asamblea de copropietarios. Alli dentro de los temas aprobados fué el cobro de una cuota extraordinaria con el fin de arreglar y pintar las áeras comunes, presentando una cotización de 20 Millones. Este rubro lo dividieron en partes iguales a lo que yó objeté diciendo que la ley establecia el valor por cada coeficiente. Pero aún así la maoyria de la asamblea aprobó repartirlo en partes iguales. Adicional, se me está cobrando una sanción por dejar el portón del garaje abierto. Esta sanción está contemplada en un manual de convivencia, no en el Reglamento de PropiedaD HORIZONTAL. Que puedo hacer en cada uno de los casos?
mayo 4th, 2020 a las 8:33 pm
Tengo un apartamento arrendado directamente, los inquilinos tenían el equipo con volumen alto según dijo el vigilante, les llamé la atención verbalmente, el administrador me envío un correo donde me notifica una sanción de 160.000 pesos .
en el manual de convivencia están determinadas las multas por ruido, pero no está determinado la medición de los niveles de ruido como lo contempla el código de policía, la pregunta es el manual de convivencia tiene que ajustase a la ley en este caso al código de convivencia?,
el manual de convivencia se puede aplicar a discreción del administrador sin medir los niveles de ruido?
agosto 23rd, 2020 a las 2:56 pm
Buenas tardes, en este caso si el reglamento interno establece unos decibeles no permitidos, para poder probarlo es obvio que que necesitan un sonometro, pero de igual manera la administración puede hacerlo por perturbación a la tranquilidad de los vecinos si esta en el reglamento, en este caso no hay necesidad del sonometro.
septiembre 15th, 2020 a las 6:06 pm
Es conveniente siempre dejar claro en el contrato de arriendo que los inquilinos responden ante cualquier multa o sanción impuesta por incumplir con el reglamento de propiedad horizontal. Entiendo las inquietudes pero hay inquilinos que no son conscientes de como perjudican el propietario y creen que pueden hacer sin tener que asumir responsabilidades.
mayo 4th, 2020 a las 8:35 pm
Tengo un apartamento arrendado directamente, los inquilinos tenían el equipo con volumen alto según dijo el vigilante, les llamé la atención verbalmente, el administrador me envío un correo donde me notifica una sanción de 160.000 pesos .
en el manual de convivencia están determinadas las multas por ruido, pero no está determinado la medición de los niveles de ruido como lo contempla el código de policía, la pregunta es el manual de convivencia tiene que ajustase a la ley en este caso al código de policía?,
el manual de convivencia se puede aplicar a discreción del administrador sin medir los niveles de ruido?
mayo 8th, 2020 a las 4:38 pm
Tengo la misma inquietud, alguien lo puede aclarar?
octubre 4th, 2021 a las 9:56 pm
EN EL REGLAMENTO DE PH. DEBE ESTAR ESTIPULADA LOS CAUSALES DE SANCIÓN Y CUÁL ES EL DEBIDO PROCESO…
NINGUNA IMPOSICIÓN DE MULTA PUEDE VIOLAR ESE DERECHO FUNDAMENTAL…
SE ES INOCENTE HASTA QUE NO SE DEMUESTRE LO CONTRARIO…
Y SE TIENE QUE DAR DERECHO A LA DEFENSA, A DESCARGOS, A PRESENTAR PRUEBAS ETC. ETC.
DEBERÍA PREGUNTARLE A LA ADMINISTRADORA QUE HACE CON EL DINERO DE LAS MULTAS, DE SEGURO NO LE VA A RESPONDER… LO DIGO POR EXPERIENCIA PROPIA, DONDE ME HA TOCADO BATALLAR CON ADMINISTRADORAS ABUSIVAS Y NI QUÉ DECIR DE LOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, SON TODOS CORTADOS CON LA MISMA TIJERA…PERO SIS SE QUEDAN CALLADOS LE HACEN PAGAR HASTA POR RESPIRAR…
febrero 21st, 2023 a las 5:25 pm
Totalmente de acuerdo con ud, los administradores de varios conjuntos residenciales se dedican junto con los miembros del consejo de administración a atropellar los derechos fundamentales de los demás copropietarios. Tengo el caso de unos inquilinos que llegaron hace un año al conjunto y fuman droga, hacen parrandas, escándalos, música a alto volumen, etc. la administración es permisiva con esa situación, y cuando los adultos mayores van a exigir que cesen esos actos no hace sino burlarse de los abuelos, para mí esto constituye en maltrato psicólogo, en este país ya no hay moral ni principios, es totalmente indignante que vulneren los derechos de un niño y un abuelo que son población vulnerable, no sé qué hacer, ni en dónde poner la denuncia en contra de este administrador abusivo.
octubre 9th, 2022 a las 5:36 pm
Como se aplica un abono que haga un moroso de cuotas de administración ordinarias y extraordinaria e intereses de mora y que todavia queda debiendo mas dinero .
Gracias
mayo 12th, 2020 a las 4:21 pm
mi vecino me acosa constantemente con falsas quejas a la administración, y la administración cuenta con una persona que es amiga de dicho vecino y sin verificar lo que dicen presentan una multa.
constantemente se quejan de varias cosas y al final los que terminan involucrados son mis gatos.
que puedo hacer?
junio 2nd, 2020 a las 5:58 pm
buenas tardes
uno como propietario puede solicitar la reubicacion del parqueaderos de motas porque el ruido tan espantoso que hacen al salir y esto el primero que sale es a las 2 de la mañana
junio 6th, 2020 a las 3:09 pm
En el conjunto donde vivo, llegaron hace unos meses unos inquilinos del apartamente inmediatamente arriba de nosotros. Tienen dos niñas de edades aproximadamente 2 y 6 años.
Estas infantes y en ocasiones los adultos la gran mayoría de tiempo de la pasan corriendo y dejando caer objetos, lo peor es que lo hacen muy temprano en las mañanas y hasta después de las 11 p.m
Ya se pasó carta a la administración, al comité de convivencia y al consejo de adminisración.
Los padres de las niñas se comprometieron a mejorar esta situación, pero las cosas a no han mejorado.
Se solicito en el mes de marzo de 2020 al consejo de administración imponer multa y ha la fecha no me han dado respuesta, desconozco la gestión que le dieron a mi solicitud.
Que más puedo hacer?
Agradezco su asesoría y atención
junio 16th, 2020 a las 11:05 am
Pertenezco al Consejo de Administración del Conjunto en donde vivo, hemos tenido problemas con un contrato de obra civil que contratamos para la remodelación de una plazoleta, por tal motivo hemos tenido muchas reuniones virtuales para dar solución a éste problema. Inicialmente esta obra tenia una fecha de entrega pero yo alerte sobre los problemas que se presentaban en la obra, entre muchos las escaleras las cuales presentan distintas medidas en los pasos, con diferencias hasta de 5 centímetros, por lo tanto en la Asamblea de copropietarios se nombro a una comisión verificadora con ingenieros y arquitectos residentes. En una reunión del consejo se acordó una cita en terreno con los contratistas para corroborar los problemas en la obra, junto con una Ingeniera residente, el administrador del conjunto, una persona por parte del interventor, el contratista y la Ingeniera solicito el acompañamiento de alguien por parte del Consejo de Administración, a lo cual me postule, ya que la mayoría de los demás consejeros son adultos mayores y por problemas de la pandemia no pueden asistir, sin embargo por votación general me PROHIBIERON asistir, lo que me pareció totalmente arbitrario, sin embargo asistí en mi calidad de propietaria, ya que ha sido un gran esfuerzo económico el que hemos tenido que asumir cada uno de los copropietarios.
Mi pregunta es: Es correcto que se me impida el asistir a la reunión para la verificación de los problemas que se presentan en la obra civil que se contrato en mi calidad de Miembro del Consejo de Administración? y del cual ya se cancelo el 90% del mismo?
junio 27th, 2020 a las 11:22 am
Buenos días, en mi unidad residencial, tenemos unas vecinas que siempre contrarían las normas, ponen cizañas y peros a todo, y ponen a los demás residentes en contra de la administración, haciendo que estos se nieguen a pagar una cuota extra aprobada en asamblea general del año pasado para mantenimiento y pintura de las torres , que hacer si ya se les a explicado todo y siguen en su plan de poner a la gente en contra?para estas personas que no son mas de 6, todo lo que se hace esta mal; la unidad cuenta con 75 propiedades privadas.
junio 27th, 2020 a las 9:50 pm
vvv
junio 30th, 2020 a las 9:15 am
Buen dìa;
En el conjunto donde vivo no se ha aprobado el manual de convivencia, el consejo de administraciòn hace las veces de administradores porque no hay administrador. Ellos han asignados los parqueaderos comunales. En dias pasados retire de la administraciòn y de la entrada de la torre varias documentos que llevaban varios meses en esos espacios, contaminando visulamente las entradas y ahora con el covic-19 ayudando a la propagaciòn, teniando en cuenta que mucha gente manipulan los documentos ya que no cuentan las minimas protecciones requeridas, estan expuestas a que todo mundas las manipulen incluidos los niños. En consecuencia a esto, los miembros del consejo sacaron mi carro del parqueadero comunal, alegando que era mi sanciòn por haber retirado los documentos publicados.
1. Me entero de la sanciòn porque en el listado publicado de los parqueaderos asignados no estaba el mio.
2. Cuando pregunto me informan que es debido a mi actuar con las publicacones.
¿Esto es procedente, se puede sancionar si un debido proceso y sin nisiquiera haber echo un llamdo de atenciòn o por lo menos haber comunicado?.
Agradezco la colaboraciòn
agosto 23rd, 2020 a las 3:12 pm
Buenas tardes en todo proceso sancionatorio se debe respetar el debido proceso, el cual se compone de dos partes esenciales como lo son la notificación para que toda persona sepa que se le esta acusando de algo y la otra parte es el derecho a ser escuchado para poder defenderso de lo que se le acusa, ahora si la infracción no esta contemplada en el reglamento interno no se puede aplicar.
julio 7th, 2020 a las 1:02 pm
Coridial saludo
En la unidad donde vivo me impusieron una multa por hacer ruido,en ningun momento me alertaron que bajara el volumen de la musica y me dicen que no hacen alertas sino que multa directa.
Otro caso mi perro se orino en el asensor a espalda mia cuando llegamos al el primer piso y me multaron, no llamaron a informarme que recogiera.
otro caso
mi perro se orino en una sera y me multaron, la zona de mascotas esta a 150m.
Les escribo en un grupo de whassap que hay y dicen que los perros se deven de llevar cargados (incoherentes).
como me puedo defender en con una administracion de esta clase? una tutela o algo asi para que no me cobren esas multas practicamente cada mes me estan multando.
muchas gracias
agosto 28th, 2020 a las 8:24 pm
Buenas noches soy copropietaria en mi conjunto y están cobrando por el parqueadero de las ciclas,motos y carros a propietarios esto es legal…gracias
octubre 30th, 2020 a las 11:01 am
Buenos días: Soy copropietaria de una urbanización que aún se está organizando para colocar los servicios básicos. en una Asamblea a la cual no fui convocada, por ningún medio, se aprobó una cuota extraordinaria de OCHO MILLONES DE PESOS, para pagarse así: 3.000.000 al 31 d diciembre, 31 de marzo 2021 3.000.000 y a junio 30 del 2021 2.000.00. Si no se cumple con las fechas aprobaron pago de intereses. Primero: convocaron a Asamblea en época de Pandemia, 2 debido a lo difícil de la situación económica, no podemos cumplir por lo menos con esa primera cuota. Mi pregunta es si la ley permite cobro de intereses por esta razón?
Mil gracias
noviembre 19th, 2020 a las 11:17 am
Buen dia, hace unos dias se fue la luz en mi ph, prendieron el generador y yo fui a unos pasillos con sofas que tenemos en el ph. puse a cargar mi laptop para poder trabajar y me dijeron que no podia estar cargando aparatos porque estaba en el reglamente. me fui al reglamento y no había ninguna norma que prohibiera eso. al final me pusieron una multa diciendo que era por que esos sofas son areas de paso y que yo no podia estar ahi. eso se puede impugnar o llevo las de perder?
muchas gracias
diciembre 9th, 2020 a las 11:34 am
Buenas tardes:
Se tiene por entendido que se les debe cobrar parqueadero a los visitantes de un conjunto residencial; pero cuando las visitas son de índole personal como por ejemplo si ingresa una ambulancia y demora más de una hora en un procedimiento, o si ingresa un carro propiedad de una electrificadora arreglar un daño eléctrico en un apartamento o se ingresa un maestro con una moto a realizar arreglos locativos; porque la administración cobra parqueadero, cuando son visitas vitales para el cada propietario? y el propietario tiene que asumir esos pagos es increíble eso sucede en el conjunto donde vivo no excluyen lo necesario para vivir dignamente, hacer eso es legal? sumándole a eso desde que vivo en el conjunto hace 24 no he visto que inviertan en arreglos para el parqueadero de visitantes para mejorar las condiciones continuamos con el mismo polvero y ni se diga cuando llueve el barrizal que se forma, a donde puedo acudir para quejarme de esta situación cuando la administración vulnera los derechos de petición sin dar a tiempo respuesta.
enero 21st, 2021 a las 4:07 pm
BUENAS TARDES
VIVO EN PH, SOY MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
EN DÍAS PASADOS RECIBÍ UNA AGRESIÓN VERBAL DE UNA PROPIETARIA, RESIDENTE Y MIEMBRO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA, QUE DEBO HACER.
GRACIAS
enero 28th, 2021 a las 5:20 pm
Solicito el permiso de trasteo, como lo estipulado con tres días de anterioridad y me niegan la autorización la justificación pq no hay cupo, esto es legal, todo esta al dia con pagos.
febrero 12th, 2021 a las 8:31 am
Buen día, que se puede hacer con un copropietario que cada vez que hay asamblea se comporta como un cafre y un patán en contra de los presentes.
febrero 26th, 2021 a las 9:53 pm
Buenas noches, se me ha impuesto una multa de manera arbitraria por parte de la administración pues violan las normas del manual de convivencia, la pregunta es, como debo hacer el reclamo a que leyes me puedo acoger.gracias.
marzo 6th, 2021 a las 11:57 am
QUIEN IMPONE SANCIONES FRENTE A LAS COPROPIEDADES BAJO REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL QUE INFRIGEN EN SUS OBLIGACIONES DE LA ACTUAL LEY 675, ENTRE ELLAS LA ADQUICISION DE LA POLIZA DE INCENDIO Y TERREMOTO ????
marzo 23rd, 2021 a las 8:37 pm
El construir por fuera de los parámetros permitidos dentro del reglamento en un condominio, conlleva a sanciones de qué tipo?
La máxima ley que dice acerca del monto que se debe cobrar por dicho incumplimiento cuando no se hace demolición sino que se termina la construcción sin prestar atención a los informes presentados?
marzo 25th, 2021 a las 10:55 am
¿Las sanciones generan intereses ? ¿En que norma está reglamentada esta parte?
julio 23rd, 2021 a las 2:42 pm
Las sanciones no generan intereses
abril 7th, 2021 a las 8:50 am
Soy administrador de un Edificio, tengo dos problemas.
1. Desde que formamos la administración 2.5 años existe un condómino que ni quiere pagar las alicuotas del edificio
2. Se ha adueñado de un espacio comunal (bodega)
A quién debo denunciar esto?
Saludos
Hugo
abril 12th, 2021 a las 4:16 pm
Buenas tardes. Estoy a cargo de la administración del conjunto, soy propietaria también, recibimos hace dos meses de la administración provisional.
No contamos con manual de convivencia, el consejo de administración elaboro un borrador que incluye sanciones económicas y será sometido a la aprobación en asamblea extraordinaria.
Por favor, ¿que debemos luego hacer para dar aplicación sin cometer ningún error judicial?
También agradecería que nos informaran que organización nos puede brindar asesoría para llevar una administració exitosa.
Agradezco la orientación que nos puedan brindar.
mayo 17th, 2021 a las 11:37 am
buenas tardes
quisiera saber que puedo hacer, compre un apartamento en ph hace un año, ahora me dicen que que el conjunto esta demandado desde hace unos años, y salio una sentencia con pago economico por parte del conjunto, no se porque razon yo deberia para ese dinero. que puedo hacer?
febrero 23rd, 2022 a las 11:24 am
Tengo la misma pregunta…. podrías inidcrame si te toco pagar. Yo pensaba que por no ser propietaria el momento de la demanda, no me veia afectada, pero ahora lo que he entendido es que al ser propietaria me vuelvo solidaria de todas las obligaciones pasadas, presentes y futuras, de la PH.
junio 17th, 2021 a las 8:39 pm
Existen obligaciones del copropietario eso es claro y del administrador hay algo. Tenia cliente para vender una propiedad de tiempo compartido con regimen de propiedad horizontal y estando al día en toda obligación no me dieron el paz y salvo para poder hacer traspaso. La razón, la administración estaba atrazada 3 años en el pago del predial de la propiedad. Pasaron 4 meses y nada, consegui otro cliente y tambien se perdió el negocio. Ahora ellos si me ejecutan para el pago de la administración. Ahi que? Que puedo hacer, que norma o ley defiende al copropietario, quien vigila esto, es demandable? Mil gracias
junio 23rd, 2021 a las 9:07 pm
la ley 675 dice”las cubiertas superiores” o tejados son de la copropiedad QUIERE DECIR ESTO QUE EL MANTENIMIENTO DEBE SER REALIZADO POR EL CONJUNTO. EN EL CONJUNTO DONDE RESIDO EL ADMINISTRADOR ES UNA PERSONA DESCONOCEDORA DE LA LEY, ASI MISMO LOS MIEMBROS DEL NEFASTO CONSEJO Y OBLIGAN A LOS COPROPIETARIOS AL CAMBIO DE LAS TEJAS PLASTICAS QUE SE DETERIORAN. LASTIMA EN COLOMBIA NO EXISTE UNA ENTIDAD DONDE HACER LA RECLAMACION SOBRE LAS MALAS DECISIONES DE LOS PEOR LLAAMDOS CONSEJOS DE ADMINISTRACION Y DE LOS PEORES MAL LLAMADOS ADMINISTRADORES.
junio 26th, 2021 a las 5:13 pm
Buenas tardes, realmente he leido mucho sobre los temas que ustedes exponen y les gradezco, uno tiene muchos vacios ya que recien se esta viviendo en la propiedad horizontal y muchas veces los administradores quieren tener poder y mando, Sabe siempre pago demás en mis cuotas de administración y puntulamente dentro de los 3 primeros días de cada mes eso quiere decir que paso con saldos a mi favor , lamentablemente en mi conjunto los administradores hacen lo que quieren, Mira realizaron recien la asamblea y dieron los estados financieros y el reporte de los deudores morosos, YO Estoy AL DIA Y CON SALDO A FAVOR, no entiendo como entregan unos estados financieros a diciembre 31-2020 que no corresponden a la realidad, adicional hay muchas personas que están al día y a pesar de entregar los soportes el administrador no hace nada y los que de verdad deben a parecen a paz y salvo.
Quisiera saber si la junta central de contadores puede intervenir, pues muchos de los propietarios estamos molestos adicional, he estado revisando con los residentes y hemos visto irregularidades, como se puede solicitar ante la alcaldía o otro entre nos hagan una auditoria lamentablemente el conjunto el año 2020 por lo de la pandemia tuvo dos administradores y este año 2021 otro sin que sean claros los estados financieros del 2020, Agradezco me colaboren nuestro conjunto requiere que algún ente ayude a supervisar y que los administradores que han generado este daño soluciones , porque hasta la fecha no tenemos impreso nada ni documentos contables del 2020 solo unos estados. agradezco me colaboren para saber quien nos podria ayudar.
julio 1st, 2021 a las 10:52 am
Necesito me colaboren y asesoren yo vivo en un primer piso en un conjunto residencial soy propietario el problema es cuando llueve la zona verde se inunda y el alcantarillado colapsa porque tiene obstrucción por los años de uso e época de lluvias, le comente al administrador sobre el problema desde hace varios meses pero no a resuelto el asunto esto se refleja la humedad que genera estas aguas estancadas y se ve en los closet donde guardo la ropa y el calzado mostrando esta humedad, ya estoy cansado con esta situación porque la empresas de servicios públicos no puede hacer esta clase de arreglos en conjuntos residenciales solo si lo solicitan el administrador del conjunto y esto acarrea un costo por esta limpieza del alcantarillado pero el administrador no hace nada y resuelve el problema y en reuniones del conjunto residencial expongo el problema y me responde que están trabajando en ello y hora y momento sigo con el problema que solución me pueden aconsejar, muchas gracias por la atención.
julio 22nd, 2021 a las 5:58 pm
Mi hermana vive con mi cuñado en la casa de su suegro. Este (suegro) tiene un proceso ejecutivo en su contra por el no pago en las cuotas de administración. En el conjunto cerrado donde vive mi hermana se le prohíbe el uso de la piscina a mi sobrino de 5 años, a pesar de que mi hermana, su esposo y suegro no hacen uso de ella. Se puede hacer algo al respecto? Hay jurisprudencia que excluya a los menores de esto, pues sus padres no son los deudores. Donde queda el derecho a la recreación de un menor? Agradezco su respuesta!
agosto 2nd, 2021 a las 5:42 pm
Buenas tardes, ¿El administrador me puede cobrar cuotas que ya he pagado, con el argumento de que no las encuentran asentadas en sus libros contables? ¿Estoy obligado a conservar los recibos de pago de por vida?
septiembre 1st, 2021 a las 12:34 pm
Se pueden imponer sanciones de tipo penal y pecuniario en una Propiedad Horizontal donde un copropietario generó un corto circuito que afectó a todo el conjunto por incumplir el Reglamento de PH, instalando una ducha electica (la cual estaba prohibida en el reglamento).?
octubre 4th, 2021 a las 9:41 pm
Increíble, será que allí está prohibido bañarse. ¿Hasta cuando tendremos que aceptar TANTO ABUSO DE LOS ADMINISTRADORES DE PH…? ¿POR QUE PARA ELLOS NO HAY LEY?
La ducha está colocada en la PROPIEDAD PRIVADA… LA ADMINISTRACIÓN NO TIENE NINGUNA INJERENCIA…
ESTAN LOCOS, AHORA LES VAN A PROHIBIR TENER OLLA A PRESION POR QUE HACE MUCHO RUIDO…
septiembre 2nd, 2021 a las 2:06 pm
Si en una Urbanización existe un manual de convivencia ya aprobado por la asamblea donde se dice que si no se recogen los excrementos de la mascota se cobrara una multa, el residente incumple esta norma, se le envía una carta informándole que un video se ve que lo hace y a los 15 dias hay otro video incumpliendo lo mismo, se le envia carta informandole que se le cobrara dicha multa, se le muestran los videos, se cobra la multa. la persona no apeló nada. Es legal el cobro de esa multa?
septiembre 5th, 2021 a las 12:10 pm
Me hicieron una llamada verbal, de parte de la administracion del edificio, porque segun ella algunos vecinos se quejaron por malos olores expedidos de mi apartamento, sin embargo estoy segura que esto no es asi, segun a la proxima ya viene una multa.
Quisiera saber mas a fondo en caso de ser sancionada, como el el proceso para impugnar dicha sancion y multa, por falta de pruebas, o que deberia hacer, como el el paso a seguir, a donde me debo dirigir, si debo pagar algo por dicho proceso. Donde consigo esos jueces municipales, quisiera estar preparada. Muchas gracias
septiembre 17th, 2021 a las 3:37 am
buenos dias, en la unidad residencial donde vivo se sortea el acceso al parqueadero comunal cada 3 meses, en el manual de convivencia esta estipulado que el usuario que no cancele las cuotas de admon y parqueadeor los 10 primeros dias del mes perdera el uso del parqueadero y dice que las sanciones van mes a mes, este punto no lo habian aplicado en 10 años que lleva de existencia el conjunto, hasta este mes, me prohibieron la participacion del sorteo del trimestre que viene el cual sera celebrado el dia 20 de este mes debido a q cancele 3 dias desps del limite de los 10 primeros dias ya que me encontraba en un proceso quirurgico de salud,hasta la fecha de hoy me encuentro al dia entodo concepto con la admon pero ellos tomaron la desicion de excluirme del sorteo para el trimestre que viene , en este caso puedo impugnar esa desicion? ya q en ninguna parte del manual de convivencia dice que se excluira del sorteo del siguiente trimestre solo dice que la sancion sera aplicable para el mismo mes de el no pago de los 10 primeros dias
agradesco su respuesta
octubre 12th, 2021 a las 8:26 pm
Desde hace varios días estoy solicitando un PAZ Y SALVO de administración del inmueble y la administradora ha hecho caso omiso, ocasionando perjuicio, el Concejo de administración tampoco da respuesta y no da razón de porque la administradora hace aproximadamente 4 meses no asiste al conjunto. La solicitud la he realizado a través de WhatsApp…mensajes de texto…correos…buzón de administración en portería, mensajes enviados a través del personal que trabaja en el conjunto y con los cuales ella tiene contacto. Pero no ha habido respuesta. ¿ qué debo hacer?.
octubre 15th, 2021 a las 12:01 pm
Si un copropietario argumenta que no puede pagar las expensas porque presenta una crisis financiera ¿Qué proceso debe seguir la PH?¿Quien lo realiza?
noviembre 5th, 2021 a las 4:42 pm
Buenas tardes
en el conjunto donde vivo estuvimos con mi pareja el fin de semana compartiendo con unos amigos en una de las zonas comunes y ayer nos llego el recibo de la administración en donde se nombra una sanción o multa por convivencia, dado que ese día se presento una pelea y mi pareja intervino tratando de calmar la situación, de igual manera nos pueden hacer la multa si no tuvimos nada que ver con la riña?
noviembre 26th, 2021 a las 2:23 pm
Me llegó una sanción de la administración, no fui debidamente notificado ni mucho menos se me dió derecho de defenderme sobre la conducta que informan en dicha sanción. Se puede proceder de alguna manera con la administración?
diciembre 7th, 2021 a las 11:10 am
si un Arrendador llega borracho y hace escandalo en portería y a un vecino en horas de la madrugada, se le podría imponer una multa puesto que es un proyecto inmobiliario que a un no esta finalizado y no hay todavía administración ni rph aun en el conjunto y los residentes no pagan ninguna cuota de administración
diciembre 7th, 2021 a las 3:32 pm
como puedo impugnar una sanción ya que la administradora esta mintiendo en un 60% de lo que habla al consejo administración y no soporta nada y yo puse recurso de apelación y ellos me confirman la sanción y dicen que no adjunte pruebas cuando en la inspección ella coloco la misma situación yo aporte pruebas en la inspección y no me sancionaron pero en el conjunto me sancionan después de que les envié la decisión de la inspectora.
enero 19th, 2022 a las 10:18 pm
NO HAY NINGUNA RESPUESTA QUE SIRVA AL MENOS DE ORIENTACIÓN PARA CASOS PARECIDOS… SE QUEDA UNO EN LAS MISMAS
enero 28th, 2022 a las 9:40 am
En el conjunto en el que vivo hay dos sanciones que creo que no son procedentes según la norma y me gustaría aclarar, primero, cuando hay conflictos por convivencia ellos imponen sanción pecuniaria cuando por su carácter conciliador no debe proceder este tipo de sanción. Segundo, dentro de las sanciones determinan que ante un conflicto por convivencia la persona pierde el derecho al uso del parqueadero. Agradezco su aclaración.
febrero 7th, 2022 a las 12:14 pm
Buenas tardes, En mi conjunto no funcionaba bien una puerta, esta dañó mi carro, lo tuev que mandar a arreglar porque la administración no me dio respuesta prontamente y ahora me envián un comunicado diciendo que la aseguradora no me va a pagar el daño porque utilicé mal el sistema de apertura. Sin emabrgo en el vídeo se evidencia que lo utilicé bien. He enviado comunicados para que el consejo de administración me ayude a recuperar ese dinero y no me han dado respuesta. Llevo más de un año con este problema. A quién puedo recurrir?
Gracias
abril 8th, 2022 a las 9:00 am
buenas tardes, este año después de la pandemia hicieron la asamblea presencial pero yo por motivos de trabajo no podía asistir ni tenia una persona de confianza que conociera el apto y pudiera representarme ya que esta arrendado por inmobiliaria, yo presente antes de la asamblea mi carta de excusa adirirendome a lo que la mayoría de la asamblea dictara pero aun así el administrador me puso multa aduciendo que el aviso con tiempo y yo tenia que ir o apoderar a alguien. Yo reitere haciendo uso a mi derecho a replica y ya que en el reglamente dice que en 5 días posterior puedo presentar mis razones, igual me multo. Existe algo que pueda hacer o simplemente pagar?
Gracias
abril 22nd, 2022 a las 5:11 pm
No asisti a la asamblea anual, dado que me encuentro en licencia de maternidad, lo cual es equivalente a incapacidad medica. por ese mismo otivo no pude ir a reclamar documentos para hacer poder, y ahora me estan sancionando con una cuota de administracion. Envie el certificado de incapacidad (licencia de maternidad) y alla el consejo decidio igual multarme. tengo forma de refutar?
abril 26th, 2022 a las 11:20 am
Buen día, se me notificó sanción por inasistencia a la asamblea ordinaria, de la cual no recibí citación a mi correo ni a mi teléfono, físicamente recibimos la citación dos semanas después de la fecha de la reunión y estaba publicada en cartelera pero en medio del afán del día a día no la ví y según me informa la administración fue enviada a un correo de mi conyuge el cual poco revisa y al telefono de él le enviaron fue un whatsapp relacionado que hablaba sobre un documento requerido para dicha reunión, sin embargo, él confundió la fecha y olvidó informarme; por lo cual no estaba enterada de la asamblea; los dos somos propietarios pero en lo que entiendo la citación la deben hacer a todos los propitarios. Aplica ésta sanción, se podría impugnar la sanción?
mayo 11th, 2022 a las 3:26 pm
Buenas tardes,
En el apto se instalo aire acondicionado en el balcon, este daño una parte de la fachada por
humedad. Vendi el apto y la administradora no me da el paz y salvo hastq que arregle la fachada.
Es esto procedente;
septiembre 12th, 2022 a las 6:50 pm
Puede una persona como administrador de una torre de apartamentos abierta ejercer todas las
funciones de la administración, manejo de dinero, sanciones y demás
octubre 8th, 2022 a las 9:42 pm
Es valido que el administrador no cumpla el manual de convivencia y cobre la multa de una vez, violando el debido proceso? El no se esta apoyando en el consejo. Se paso derecho de peticion y lo respondio mal e incompleto. ratifica multa. Es improcedente, donde quien escalo la mala gestion del administrador?
octubre 14th, 2022 a las 3:13 pm
Buenas tardes, es legal que la multa impuesta se vea reflejada en la administración del mes, debido a que yo puedo estar en desacuerdo con esta y creo que debe estar en una factura a parte de las obligaciones de la unidad. Se que pagar las multas también es obligación, pero puede ser injusta.
noviembre 4th, 2022 a las 9:19 am
Desde hace 25 años resido en una propiedad cuyo propietario es mi hermano. Soy la unica residente. He venido asistiendo a las asambleas de propietarios y fuí elegida para el consejo de administración. Puedo hacer parte del consejo? Que poder me debe entregar mi hermano para que lo represente en la asamblea?