Simulador de pensiones

Simulador en línea del monto de su mesada pensional.

Si está afiliado a Colpensiones puede determinar el valor aproximado de su mesada pensional según su IBL estimado y sus semanas cotizadas.





Instrucciones.

El IBL es el ingreso sobre el cuál se determinará el monto de la pensión, y el IBL se construye a lo largo de su vida laboral con base al salario cotizado mes a mes.

El IBL es el promedio del salario cotizado durante los últimos 10 años cotizados, o durante toda la vida laboral, según le beneficie más. Esta herramienta no liquida el IBL. Debe ingresar un valor de referencia para estimar el monto de su pensión.

El IBL puede liquidarlo en la siguiente herramienta:

Liquidador del IBL en Colpensiones.Proyecte el IBL (Ingreso Base de Liquidación) estimado con que se pensionará en Colpensiones.

El monto de la mesada pensional depende de la tasa de reemplazo, la cual está determinada por el número de semanas cotizadas, de manera que entre más semanas cotice después de haber cotizado las 1.300 semanas mínimas necesarias para pensionarse, más alta será su tasa de reemplazo, y más alta será su mesada pensional, que en todo caso no puede exceder del 80% del IBL.

Se debe considerar que la tasa de reemplazo es decreciente en función del IBL, de modo que para salarios altos la tasa de reemplazo inicial es menor que para salarios bajos. Con un IBL de un salario mínimo la tasa de reemplazo es del 65%, pero en la medida en que el IBL sube, la tasa de reemplazo empieza a disminuir, y si quiere una más alta, deberá cotizar más semanas.

La tasa de reemplazo se incrementa en 1.5% por cada 50 semanas adicionales que cotice.

La mesada pensional no puede ser superior inferior a 1 salario mínimo mensual.

Esta herramienta tan solo hace una estimación aplicando el artículo 34 de la ley 100 de 1993, y no significa que Colpensiones le liquidará el mismo valor, principalmente por la variación del IBL, ya que sólo ellos tienen la información que les permite liquidar un IBL exacto.

Si su tasa de reemplazo supera el 80% significa que cotizó más de las semanas requeridas, y en el resultado se indicará las semanas que fueron cotizadas en exceso. En todo caso, la tasa de reemplazo se limitará al 80%.

Herramienta basada en los valores vigentes para el 2024.

¿Cómo se liquida la pensión en Colpensiones?.Así se liquida el monto de la pensión de vejez cuando el trabajador está afiliado a Colpensiones (Régimen de prima media).

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28 comentarios
  1. Avatar
    Gerencie.com septiembre 10 de 2024

    Si no tiene más ingresos, no debería pagar ningún impuesto por la renta exenta de que gozan las pensiones.

    Responder a Gerencie.com:
  2. Jorge Gaviria septiembre 9 de 2024

    Por favor, ¿cuánto pago de impuesto de renta 2023 por haber recibido un bono pensional de 100 millones?

    Responder a Jorge Gaviria:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Jorge Gaviria septiembre 10 de 2024

      ¿El bono pensional lo recibió como parte de la indemnización sustitutiva (devolución de aportes) o lo recibió porque cumplió los requisitos para pensionarse?

      Responder a Gerencie.com:
  3. Jairo Henao abril 30 de 2024

    Es posible que publiquen el liquidador de IBL y lo actualicen con el IPC del 2024.

    Responder a Jairo Henao:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Jairo Henao abril 30 de 2024

      Se han actualizado los índices hasta marzo de 2024, último mes para el que hay datos. Se actualizó el tanto la herramienta online como el liquidador en Excel.

      Responder a Gerencie.com:
  4. BETO abril 13 de 2024

    Hola,
    Si llevo 2.160 semanas cotizadas y ya estoy de nuevo en Colpensiones, ¿cuál sería el porcentaje a aplicar en mi caso para el cálculo de mi pensión?
    ¡Gracias!

    Responder a BETO:
  5. LUZ EMILCE SANCHEZ GRIRALDO marzo 5 de 2024

    Si mi IBL es de 1.795.520 al momento y las semanas cotizadas son 1.870, ¿cuánto sería mi pensión?

    Responder a LUZ EMILCE SANCHEZ GRIRALDO:
  6. josefa delgado febrero 26 de 2024

    A la luz de la nueva reglamentación para liquidar pensiones (con base en el día dividido por 7, o al año 365 días en vez de 360), ¿desde cuándo se puede solicitar esa nueva forma de liquidar la mesada pensional?

    Responder a josefa delgado:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a josefa delgado febrero 26 de 2024

      En general, en aplicación de los precedentes jurisprudencial, el nuevo criterio se debe aplicar para los casos que actualmente están en discusión, es decir, si el derecho pensional ya fue reconocido, no podría demandarse para cambiar el resultado.

      Saludos

      Responder a Gerencie.com:
  7. Margarita Herrera febrero 11 de 2024

    El archivo de Excel está protegido y, cuando ingreso los datos, no realiza ningún cálculo a partir de la fila 22.

    Responder a Margarita Herrera:
  8. DARIO enero 13 de 2024

    Gracias por su página. Aunque no pude descargar el Excel, ya que hay que inscribirse en una página y tener un correo corporativo vigente, utilicé un Excel de ustedes de hace unos años y lo actualicé con el IPC.

    Mi pregunta tiene que ver con el valor que se debe diligenciar cuando hay retiros y los días trabajados son 7. Cuando se ingresa y los días trabajados fueron 11, ¿se debe llenar con los valores pagados, a pesar de que esto baje mucho el promedio del IBL, o se toma el valor diario y se multiplica por 30 para diligenciar con dicho valor?

    De antemano, agradezco su respuesta.

    Mil gracias.

    Responder a DARIO:
  9. Fernando diciembre 11 de 2023

    Estoy intentando calcular el IBL de una historia laboral completa desde 1991 y resulta que hay campos repetidos. He verificado varias veces y no los hay. ¿Cómo puedo hacerlo, ya que el salario fue variable?

    Responder a Fernando:
  10. Víctor Hugo octubre 13 de 2023

    Buen día,
    Ingresé a laborar en el año 1987 y este año cumplo la edad. ¿Con qué porcentaje me pensiono?

    Responder a Víctor Hugo:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Víctor Hugo octubre 13 de 2023

      Buenos días, señor Víctor.

      Para saberlo debe solicitar su historial laboral a Colpensiones para conocer exactamente las semanas cotizadas u luego hacer la simulación.

      Saludos

      Responder a Gerencie.com:
  11. Jorge Lesmes julio 21 de 2023

    Buenos días.
    Espero que se encuentren bien.
    ¿El simulador de INL se actualiza cada año?
    Gracias.

    Responder a Jorge Lesmes:
    • Claudia Buitrago en respuesta a Jorge Lesmes agosto 2 de 2023

      Buenas tardes. ¿Para el Régimen de Transición se calcula el IBL de la misma forma? La tasa de reemplazo en el régimen de transición va hasta el 90%, pero también se le aplican los descuentos al porcentaje de reemplazo, es decir, restar el número de salarios mínimos.

      Gracias por su información.

      Responder a Claudia Buitrago:
      • Avatar
        Gerencie.com en respuesta a Claudia Buitrago octubre 13 de 2023

        Buenos días, Claudia.

        Este simulador no aplica para quienes liquidan su pensión con base al régimen de transición. Aplica únicamente para quienes se pensionan bajo la ley 100.

        Saludos

        Responder a Gerencie.com:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Jorge Lesmes octubre 13 de 2023

      Buenos días, señor Jorge.

      Este simulador no requiere actualizarse cada año. Sólo se actualiza cuando cambie la forma de calcularlo.

      Saludos

      Responder a Gerencie.com:
  12. yola julio 10 de 2023

    Realicé el cálculo con un IBL de 820.433 y 1,800 semanas, y obtengo el mismo valor (1,160,000) haciéndolo con 1,300 semanas.

    Responder a yola:
    • Alvaro en respuesta a yola agosto 22 de 2023

      ¿Cómo es posible que el afiliado haya cotizado más de las semanas mínimas requeridas para el otorgamiento de la pensión? Dispone la ley (797 de 2003) que, por cada 50 semanas adicionales a aquellas, se incrementa la tasa de reemplazo (porcentaje de la pensión) en 1.5% hasta llegar a un máximo en el monto entre el 80% y el 70.5%.

      Responder a Alvaro:
    • Carlos en respuesta a yola septiembre 29 de 2023

      Si se calcula con un IBL de 820,433 y 1,800 semanas, la pensión sería del 75% de los 820,433, es decir, aproximadamente 616 mil pesos. No puede ser. La pensión mínima tiene que ser, a 2023, de 1,160,000, aunque el cálculo sea menor y con 1,800 semanas.

      Responder a Carlos:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a yola octubre 13 de 2023

      Buenos días, Yola

      Su resultado se debe a que la pensión mínima no puede ser inferior al salario mínimo, y el IBL que ha ingresado es inferior al salario mínimo del 2023, cuando ha realizado el cálculo.

      Para hacer un cálculo correcto, primero debe determinar el IBL, el cual se debe indexar previamente, lo que puede hacer en este enlace.

      La simulación la puede hacer en línea o en el archivo de Excel que allí se suministra.

      Saludos

      Responder a Gerencie.com:
  13. Jaime Sar mayo 29 de 2023

    ¿Cuánto dinero debe tener de ahorro una persona con salario mínimo durante los últimos 25 años?

    Responder a Jaime Sar:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Jaime Sar octubre 13 de 2023

      Buenos días, señor Jaime.

      Si se refiere al ahorro que tendría en un fondo privado de pensiones, no tenemos las herramientas para proyectarlo, por cuanto el monto de ahorro dependerá de variables que no se pueden controlar ni medir con exactitud, como es el rendimiento de dichos recursos, que cambia constantemente.

      Saludos

      Responder a Gerencie.com:

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