Tabla de retención en la fuente para el año gravable 2023 teniendo en cuenta que el Uvt para el 2023 quedó en $42.412.
Retención en la fuente 2023.
Conceptos de retención, tarifas de retención, y bases mínimas sujetas a retención en el 2023.
Conceptos de retención | Base mínima en UVT | Base mínima en pesos | Tarifa de retención. |
---|---|---|---|
Compras generales (declarantes) | 27 | $1.145.000 | 2,50% |
Compras generales (no declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Compras con tarjeta débito o crédito | 0 | 100% | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial | 92 | $3.902.000 | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial (declarantes) | 27 | $1.145.000 | 2,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial declarantes (no declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Compras de café pergamino o cereza | 160 | $6.786.000 | 0,50% |
Compras de combustibles derivados del petróleo | 0 | 100% | 0,10% |
Enajenación de activos fijos de personas naturales (notarías y tránsito son agentes retenedores) | 0 | 100% | 1% |
Compras de vehículos | 0 | 100% | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (por las primeras 20.000 UVT, es decir hasta $726.160.000) | 0 | 100% | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (exceso de las primeras 20.000 UVT, es decir superior a $726.160,000) | 20.000 | $848.240.000 | 2,50% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea distinto a vivienda de habitación | 0 | 100% | 2,50% |
Servicios generales (declarantes) | 4 | $170.000 | 4% |
Servicios generales (no declarantes) | 4 | $170.000 | 6% |
Por emolumentos eclesiásticos (declarantes) | 27 | $1.145.000 | 4% |
Por emolumentos eclesiásticos (no declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Servicios de transporte de carga | 4 | $170.000 | 1% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (no declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía aérea o marítima | 4 | $170.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU) | 4 | $170.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU) | 4 | $170.000 | 2% |
Servicios integrales de salud prestados por IPS | 4 | $170.000 | 2% |
Servicios de hoteles y restaurantes (declarantes) | 4 | $170.000 | 3,50% |
Servicios de hoteles y restaurantes (no declarantes) | 4 | $170.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 100% | 4% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (no declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Otros ingresos tributarios (declarantes) | 27 | $1.145.000 | 2,50% |
Otros ingresos tributarios (no declarantes) | 27 | $1.145.000 | 3,50% |
Honorarios y comisiones (personas jurídicas) | 0 | 100% | 11% |
Honorarios y comisiones pagados a personas naturales que suscriban contratos por más de 3.300 Uvt o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT ($119.816.000) | 0 | 100% | 11% |
Honorarios y comisiones (no declarantes) | 0 | 100% | 10% |
Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software | 0 | 100% | 3,50% |
Intereses o rendimientos financieros | 0 | 100% | 7% |
Rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija | 0 | 100% | 4% |
Loterías, rifas, apuestas y similares | 48 | $2.036.000 | 20% |
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | $212.000 | 3% |
Contratos de construcción y urbanización. | 27 | $1.145.000 | 2% |
Retención en la fuente por Iva en servicios | 4 | $170.000 | 15% |
Retención en la fuente por Iva en compras | 27 | $1.145.000 | 15% |
RETENCIÓN POR PAGOS AL EXTERIOR | |||
Pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial o del know-how, prestación de servicios, beneficios o regalías provenientes de la propiedad literaria, artística y científica, explotación de películas cinematográficas y explotación de software. | 0 | 100% | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia, | 0 | 100% | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia, | 0 | 100% | 15% |
Pagos o abonos en cuenta, originados en contratos de leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos, así como sus partes que se celebren directamente o a través de compañías de leasing, con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia. | 0 | 100% | 1% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros o intereses, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos o valores de contenido crediticio, por término igual o superior a ocho (8) años, destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociaciones Público-Privadas en el marco de la Ley 1508 de 2012. | 0 | 100% | 5% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de prima cedida por reaseguros realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país. | 0 | 100% | 1% |
Pagos o abono en cuenta por concepto de administración o dirección de que trata el artículo 124 del estatuto tributario, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país. | 0 | 100% | 33% |
Requisitos para aplicar la retención.
La retención en la fuente se aplicará siempre que el concepto esté sujeto a retención, el pago supere la base mínima, el beneficiario del pago sea sujeto pasivo de retención, y quien haga el pago sea agente de retención.
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Cordial saludo, con todo respeto me permito indicar que el valor de Honorarios y comisiones pagados a personas naturales que suscriban contratos por más de 3.300 Uvt o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT ($119.816.000), no corresponde 3300 * 42412 = $ 139.959.600
Gracias
Deben corregir los equivalentes en pesos de la UVT.
modificar los valores que aparecen entre parentesis con relacion a valores en UVT, puesto que no han sido actualizados al precio actual del UVT
se les puede aplicar retefuente a las factura que tengan régimen fiscal R-99-PN?
si, si sobrepasa base gravable
Por favor, indicar si esta información está actualizada, porque la reforma tributaria de diciembre de 2022 tiene unas disposiciones para retefuente que para contratos grandes terminan siendo muy superiores a lo determinado en este artículo. Además hay unas consideraciones para determinar la retefuente a aplicar.
Totalmente de acuerdo, en la tabla no debería aparecer HONORARIOS PERSONAS NATURALES en aplicación del inciso primero del parágrafo 2 del artículo 383 del Estatuto Tributario, modificado por la ley 2277 de 2022
Buen día. Si una persona natural es NO responsable de IVA y me pasa cuenta de cobro se le puede aplicar la Retención del 10% por concepto de Honorarios NO declarantes? Gracias
si le aplicas retención, del 10% no declarante
A las personas naturales y juridicas que prestan el servicio de seguridad y salud en el trabajo se les realiza retencion y reteica?
en el caso de que asi se, Que porcentaje se debe aplicar?
de que monda me estas hablando p3rr4 hpT4
ahjaajjaj
Si le vendo a una persona natural que no es responsable de iva, quien realiza la retenciòn en la fuente? Gracias
Al hacer mi declararon de renta me liquidan un impuesto difícil de cancelar, puedo solicitar a mi empresa me realice retención en la fuente por comisiones así no cumpla con los topes mínimos?
Buenos días, Lara.
Sí puede hacerlo, y dependerá de la empresa si acepta su solicitud, que no es ilegal.
Saludos
si una persona natural declarante pasa su cuenta de cobro por concepto de honorarios cual es el porcentaje de retención aplicar?
el porcentaje de retancion a aplicar seria del 11%
una persona me presta un servicio de reparación de caldera por $ 1.200.000 se le hace retención ? y que porcentaje?
Buenos días,
Sí, se le hace retención por concepto de servicios. Si es declarante se aplica el 4% y si no es declarante de renta se le aplica el 6%.
Saludos
la base va sin el IVA?
Buenos días, Juan José.
La base para aplicar la retención es sin Iva.
Saludos
Cual es el fundamento legal donde puedo encontrar las tasas de retencion, por ejmplo para las regalias que tiene el 20% o 33% para otros servicios?
Buen día. Si como prestador de servicios paso una cuenta de cobro a mi operador por un valor que supera los 8.000.000 me hacen retención en la fuente? Gracias
Buenos tardes,
Sí, ese monto supera los topes de cualquier concepto que sea el que aplique para el tipo de servicios que usted preste, por lo que el contratante o pagar está obligado a retener.
Saludos
como hago para aplicar la retencion de un arriendo que yo pago siendo regimen comun a un gran contribuyente
En general el gran contribuyente es autorretenedor por lo que no habría lugar a retenerle, pero en todo caso debe verificar el Rut del arrendador si en efecto es autorretenedor.
saludos
buenas tardes al cuerpo de bomberos voluntarios se les debe aplicar retencion en la fuente?
Buenas tardes, Yaneth.
Si el cuerpo de bomberos está calificado como del régimen especial, no se le aplica retención. Aquí puede consultar más información.
Saludos