¿Puedo tener dos contratos de trabajo simultáneamente?

Un trabajador puede tener dos contratos de trabajo al mismo tiempo con distintos empleadores siempre que en uno de ellos no se haya acordado una cláusula de exclusividad que lo prohíba.

Coexistencia de contratos de trabajo o varios empleadores.

La ley permite que un mismo trabajador pueda celebrar contratos de trabajo con varios empleadores, siempre que no haya acuerdo contractual en sentido contrario.

Al respecto señala el artículo 26 del código sustantivo del trabajo:

«Coexistencia de contratos. Un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo con dos o más empleadores, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno solo.»

Es decir que si no se pactó un acuerdo de exclusividad con ninguno de ellos es viable trabajar para dos o más empleadores, siempre que el trabajador pueda cumplir en ambos.

Dos contratos de medio tiempo.

Todo depende de la disponibilidad de tiempo del trabajador, que tendrá que cumplir con las obligaciones con los dos empleadores.

La coexistencia de contratos de trabajo con varios empleadores suele suceder cuando se trabaja medio tiempo, teniendo en cuenta que en ese caso el trabajador no puede laborar horas extras con uno de los empleadores que impida cumplir con el otro empleador.

Contrato de trabajo de medio tiempo.Trabajos de medio tiempo: prestaciones sociales, jornada laboral, horas extras, seguridad social, etc.

El trabajador no puede laborar horas extras con el empleador con el que trabaja en la mañana,  porque ello haría que no pudiera cumplir con el empleador con el que labora en la tarde, situación que debe ser de conocimiento del primer empleador para evitar conflictos, puesto que, el si el empleador ordenara al trabajador labora horas extras y este no obedeciera, estaría incumpliendo el contrato debido a la subordinación en la que está frente a su empleador.

¿Se puede tener contrato laboral y de prestación de servicios?

Otra situación que se puede presentar es que coexista un contrato de trabajo con uno de servicios, ya sea con empresa diferentes o con la misma.

Contrato de prestación de servicios.El contrato de servicios es un contrato de naturaleza civil al que no le aplican las normas laborales pero para ello se deben cumplir unos requisitos.

Un trabajador puede firmar un contrato de servicios con otra empresa, siempre que no existe acuerdo de exclusividad como ya lo señalamos.

Y también es legal que se tenga un contrato de trabajo y otro de servicios con la misma empresa o empleador.

Esto es posible siempre que cada uno de los contratos conserve sus elementos propios que los distingan, sí es posible la concurrencia de un contrato de trabajo con un contrato de servicios, sin que la existencia del primero condicione la naturaleza del segundo.

Así la ha expresado en varias oportunidades la sala laboral de la corte suprema de justicia, como por ejemplo en la sentencia 21223 del 3 de junio de 2004 con ponencia del magistrado Carlos Isaac Nader:

«Desestimados los reproches que la parte opositora hace al cargo, procede la Sala a su estudio de fondo, para lo cual es preciso, en primer lugar, recordar que en los términos del artículo 25 del Código Sustantivo del Trabajo, es posible la concurrencia de un contrato de trabajo con otro u otros de distinta naturaleza, sin que ello signifique necesariamente que el primero pierda la calidad de tal, ni que los segundos la adquieran.»

La anterior sentencia fue reiterada por la sentencia SL10126 – 2017 (del primero de febrero) con ponencia del magistrado Gerardo Botero.

Por ejemplo, es el caso del contador público que mediante un contrato de trabajo es vinculado para hacerse cargo de la contabilidad de la empresa, y al tiempo firma un contrato de servicios para fungir como asesor tributario, oficio que podrá hacer en su tiempo libre y uno o dos días al mes o según las necesidades de la empresa.

De manera que, si las cosas se hacen conforme a la ley, no hay ningún problema en firmar dos contratos de trabajo al tiempo, o uno de trabajo y otro de servicios.

¿Si tengo dos trabajos y me dan licencia qué pasa?

Es una consulta que suelen hacernos nuestros lectores, sin especificar el tipo de licencia.

En caso de licencia de maternidad o paternidad, aplica para los dos contratos.

Si se trata de licencias no remuneradas, que son otorgadas a discreción por el empleador, dicha licencia aplicará para el contrato o empleador que la otorga, lo que hace necesario que se solicite licencia a los dos empleadores para que las dos sean otorgada al tiempo.

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  1. JUNIOR (enero 12 de 2022)

    BUENOS DIAS TENGO CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO CON UNA EMPRESA DE SEGUROS DE LUNES A VIERNES Y COTIZO PENSION Y SALUD. SI CONSIGO OTRO TRABAJO SOLO PARA FINES DE SEMANA DEBO COTIZAR EN EL OTRO O NO?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a JUNIOR (diciembre 5 de 2023)

      Buenos días, Junior.

      Sí, debe cotizar por los dos contratos. El nuevo empleador no se puede excusar en que ya tiene otro trabajo para no pagar la seguridad social que le corresponde, lo que incluye hacerle el descuento respectivo al trabajador.

      Saludos

      Responder
  2. Pablo (junio 21 de 2022)

    Puedo tener 2 Contratos a termino indefinido (nómina) con 2 empresas al mismo tiempo?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Pablo (diciembre 5 de 2023)

      Buenos días, Pablo.

      Sí, puede tenerlos dos contratos siempre que el tiempo le permita cumplir con sus obligaciones con los dos empleadores.

      Saludos

      Responder
  3. JOHN (junio 29 de 2022)

    Buenas, tengo contrato indefinido con una empresa pero esta nos tiene trabajando para otras empresas que son del mismo dueño; se puede entender como explotación laboral?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a JOHN (diciembre 5 de 2023)

      Buenos días, Jhon.

      Siempre que se respete la jornada laboral no se puede hablar de explotación laboral, pero podría ser un comportamiento irregular si en el contrato no se incluyó que el trabajador debería laborar para otra empresas, pero mientras el empleador cumpla con sus obligaciones no es mucho lo que el trabajador pueda hacerl.

      Saludos

      Responder
  4. Clau (julio 15 de 2022)

    Buenas, quisiera saber si se puede tener dos contratos, uno prestanción de servicio y el otro de obra y labor, nunguno de los dos sabe que tengo dos trabajos ya qe tengo trabajo en case, home oficce

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Clau (diciembre 5 de 2023)

      Buenos día, Clau

      Sí puede, siempre en el contrato no se haya pactado la exclusividad, porque si ese ha sido el caso, si el contratante se entera podría terminarle el contrato.

      Saludos

      Responder
  5. Arianna (julio 25 de 2022)

    Buenas noches
    Trabajo para una Empresa de 8am-4pm de lunes a viernes; y de 5pm-9pm (lunes a domingo)trabajo como auxiliar general de limpieza en otra entidad,¿se considera el trabajo con la primera Empresa como full-time y el segundo como part-time?
    Gracias

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Arianna (diciembre 5 de 2023)

      Buenos días, Adriana.

      Técnicamente sí se pueden clasificar de esa forma.

      Saludos

      Responder
  6. Karen Vega (septiembre 7 de 2022)

    Hola buenas noches quisiera saber si es posible q estando en licencia de maternidad pueda trabajar con un contrato termino fijo cómo se hace con la EPS o es necesario renunciar

    Responder
  7. Andrea (enero 18 de 2023)

    POR CADA CONTRATO LABORAL O DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS (O LA MODALIDAD QUE SEA) SE DEBE PAGAR LA SEGURIDAD SOCIAL CORRESPONDIENTE DE CADA CONTRATO. SE PUEDEN TENER VARIOS CONTRATOS DE DIFERENTES MODALIDADES, LO QUE SE DEBE REVISAR EN EL CONTRATO LABORAL ES QUE NO TENGA UNA CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD.

    Responder
  8. Aimer (marzo 24 de 2023)

    hola, yo tengo un contrato a termino indefinido con funciones de talento humano con una empresa privada y quisiera saber si puedo firmar un contrato de prestación de servicios con una entidad publica en temas de contratacion

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Aimer (diciembre 5 de 2023)

      Buenos días, Aimer

      Sí, no existe ninguna incompatibilidad entre el sector público y el sector privado.

      saludos

      Responder
  9. Abelardo sanchez (enero 16 de 2024)

    Una profesora tiene contrato de trabajo con una universidad. Y está afiliada a compensar,pero empiesa a trabajar con el magisterio y la afilian a la eps del magisterio. Queda afiliada a las dos eps y da aluz a un bebe cuál de las dos eps paga la licencia de maternidad

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Abelardo sanchez (enero 17 de 2024)

      En principio, no sería posible que la persona pueda seguir afiliada a los dos sistemas según el decreto 2353 de 2015, y en tal caso, licencia sería pagada por la EPS del magisterio en lo que le corresponda, y el Fosyga. Más detalles aquí.

      Saludos

      Responder
  10. andrea (enero 29 de 2024)

    Buena tarde. Una profesora vinculada por resolución a una univeridad pública, ¿puede ser contratada por otra empresa con dinero de estado?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a andrea (enero 29 de 2024)

      En general no es posible tener una doble remuneración con dineros del presupuesto público. Lo que se hace en estos casos, es solicitar una licencia no remunerada en una entidad para laborar temporalmente en otra.

      Saludos

      Responder
  11. jok (febrero 5 de 2024)

    buen dia, soy docente universitario, tengo un trabajo medio tiempo en docencia virtual y acabo de firmar un tiempo completo con otra universidad que solo me exige 27 horas presenciales a la semana, habra algun problema…

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a jok (febrero 5 de 2024)

      No debería haber problema, siempre que no se trate de dos universidades públicas.

      Saludos

      Responder
  12. Laura (febrero 21 de 2024)

    Buen día, si se tiene un contrato medio tiempo en misión para una empresa cliente,
    podría trabajar el otro medio tiempo por prestación de servicios, pero con otro empleador y para la misma empresa cliente?? (las mismas funciones).gracias

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Laura (febrero 21 de 2024)

      Sí podría hacerlo, pero es difícil que la empresa cliente lo acepte, porque corre el riesgo de que luego el trabajador pueda demandarlos alegando la existencia de un contrato de trabajo realidad directamente con la empresa cliente, pero si la empresa no ve ningún inconveniente con eso, sí se puede hacer.

      Saludos

      Responder
  13. Maria (marzo 7 de 2024)

    Que pasa si una persona inicia contrato con una empresa pero desde el 1re día se incapacita y está se prórroga por meses y firma contrato con otra empresa y también pasa las mismas incapacidad desde que inicia su otro contrato.esto es legal?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Maria (marzo 8 de 2024)

      Frente a estas prácticas que se podrían considerar como fraudulentas, el empleador está desprotegido, y si en el contrato de trabajo no se pactó la exclusividad, nada se puede hacer.

      Sin embargo, puede conseguir las pruebas de los fraudes realizados por el trabajador y solicitar al ministerio del trabajo la autorización para despedirlo precisamente por ese fraude.

      Saludos

      Responder
  14. monyjofre82 (marzo 12 de 2024)

    Buenos días, les comento y consulto. Soy docente de una escuela privada (no recibe aporte del Estado) trabajo muy pocas horas y estoy en búsqueda de otro trabajo no relacionado a la docencia, mi consulta es si yo trabajo en la escuela y consigo trabajar en otra empresa, pueden obligarme a renunciar o licenciar las horas sin goce de sueldo? Puedo trabajar en ambos lados sin ningún tipo de condicionamiento?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a monyjofre82 (marzo 12 de 2024)

      Puede trabajar para dos empresas siempre que ninguno de los dos contratos establezca una clausula de exclusividad. Si nada se dice al respecto, no pueden prohibirle trabajar en otro lugar.

      Saludos

      Responder
  15. francisco diaz (marzo 19 de 2024)

    Buenos días, actualmente voy a firmar contrato a termino indefinido con una empresa en la ciudad Cali y estoy trabajando con otra empresa de manera remota bajo contrato de obra o labor, puedo mantener los dos contratos o no es permitido en la ley Colombiana.

    Frente a la seguridad social tendría algún inconveniente.

    Gracias

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a francisco diaz (marzo 19 de 2024)

      Si ninguna de las dos empresas lo prohíbe, es decir, no existe una clausula que expresamente contempla la exclusividad laboral, sí es legal trabajar para las dos empresas, siempre y cuando pueda cumplir en las 2 empresas.

      Respecto a la seguridad social, cada empresa deberá pagar lo que le corresponda según el salario que pague cada una, al igual que cada empresa le descontará los aportes que le corresponden a usted como empleado.

      Saludos

      Responder

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