Vacaciones colectivas

Las vacaciones colectivas permiten al empleador enviar a vacaciones a todos sus empleados, o a parte de ellos, de acuerdo a las necesidades operativas de la empresa, sin considerar si los trabajadores ya han causado el derecho a sus vacaciones.

Qué son las vacaciones colectivas.

Las vacaciones colectivas hacen referencia a que todos los trabajadores salen a vacaciones al tiempo.

Por lo general, el empleador va enviando a vacaciones a los trabajadores según van causando el derecho, y como todos no fueron contratados al mismo tiempo, no todos causan las vacaciones en las mismas fechas.

Pero ocasionalmente, y en especian en determinados sectores, se pueden dar las condiciones para que el empleador envía a vacaciones a todos sus empleados, o una parte importante de ellos, a vacaciones así no todos hayan causado el derecho a disfrutar de sus vacaciones.

Cuando utilizar las vacaciones colectivas.

Las vacaciones colectivas consisten en otorgar vacaciones simultáneamente a todos o a buena parte de los empleados de una empresa, lo cual se suele hacer en épocas de vacaciones de fin o mitad de año, o en otras épocas de baja actividad económica, como en los casos en que las operaciones de la empresa se ven afectadas por situaciones extraordinarias como protestas sociales, desastres naturales, emergencias sanitarias, etc.

Por muchas razones las actividades de una empresa se pueden disminuir en fechas específicas, fechas en las que no se justifica tener trabajando a todos los empleados, y en lugar de despedirlos o tenerlos improductivos, una opción es enviarlos a todos a vacaciones.

Vacaciones anticipadas.Las vacaciones se puede otorgar anticipadamente, esto es, antes de que el derecho a disfrutarlas se haya causado.

En este caso implica otorgar vacaciones anticipadas a los trabajadores que no hayan cumplido el tiempo requerido, o que incluso le retrasen las vacaciones a quienes ya tienen derecho, con el fin de coincidir las vacaciones de todos los empleados en el tiempo en que la empresa no necesita de ellos.

Consideraciones al otorgar vacaciones anticipadas.

El empleador es autónomo para decidir las vacaciones colectivas, de manera que no necesita autorización del trabajador ni del ministerio del trabajo para ello.

El tratamiento de las vacaciones colectivas es el mismo que si se otorgan individualmente luego de causado el derecho, de manera que se pagan con el salario que el trabajador esté devengando al momento de iniciar las vacaciones colectivas.

Liquidación de las vacaciones.Conozca el procedimiento a seguir para liquidar las vacaciones, tanto su provisión como su liquidación definitiva.

Un aspecto relevante a tener en cuenta, es que, si el trabajador termina su contrato antes de causar el derecho a las vacaciones, y estas le fueron otorgada anticipadamente por cuenta de las vacaciones colectivas, el empleador no puede descontar las vacaciones ya otorgadas.

Cuando se otorgan las vacaciones colectivas completas, esto es, los 15 días hábiles, y el luego el contrato de trabajo termina cuando apenas ha causado el derecho a 10 días hábiles, el empleador no puede descontarse esos 5 días otorgados anticipadamente, según lo tiene señalado la Corte suprema de justicia desde tiempos pretéritos.

¿Las vacaciones colectivas se pagan?

Es una consulta frecuente de nuestros lectores, y la respuesta es que sí, las vacaciones colectivas se pagan común y corriente.

Las vacaciones colectivas tienen que ver con las razones por las que el empleador opta otorgarlas, pero ello no afecta el derecho que el trabajador tienen a que se las paguen, incluso si durante ese tiempo la empresa está paralizada o cerrada.

Que la empresa cierre por vacaciones no afecta la obligación que tiene la empresa de pagar las vacaciones.

Cómo se liquidan las vacaciones colectivas.

Las vacaciones colectivas se liquidan de la misma forma que unas vacaciones normales, y se hace la liquidación por cada trabajador de forma individual.

Liquidación de las vacaciones.Conozca el procedimiento a seguir para liquidar las vacaciones, tanto su provisión como su liquidación definitiva.

No existe ninguna diferencia en la liquidación de las vacaciones colectivas, y no se hace una liquidación colectiva sino individual.

¿Las vacaciones colectivas se descuentan de las vacaciones?

Es una consulta frecuente que nos plantean nuestros lectores que indica la confusión que hay respecto al concepto de vacaciones colectivas.

No existen vacaciones normales y vacaciones colectivas. Las vacaciones colectivas son vacaciones normales, pero que se otorgan a todos los trabajadores de forma simultánea, es decir, todos salen a vacaciones el mismo día.

Por consiguiente, no se puede hablar de descontar las vacaciones colectivas de las vacaciones normales, puesto que una vez el trabajador disfruta sus vacaciones colectivas, ya no puede reclamar más vacaciones sino hasta cuando vuelva a causar el derecho.

¿Me pueden obligar a tomar vacaciones?

En las vacaciones colectivas todos los trabajadores son enviados a vacaciones, incluso si no hay causado el derecho, y es probable que algún trabajador no quiera tomar las vacaciones pues preferiría hacerlo en una época que le resulte más provechosa.

Frente esta situación, el empleador sí puede obligar a todos los trabajadores a tomar vacaciones colectivas, primero por su poder subordinante que le confiere el contrato de trabajo, y segundo, por las circunstancias particulares por las que se otorgan las vacaciones colectivas, que supone que el empleador no necesita a los trabajadores.

¿Las vacaciones colectivas son legales?

Si bien las vacaciones colectivas no están contempladas en la ley, tampoco están prohibidas, por lo que se entienden legales, y su regulación particular está en el contrato de trabajo, reglamento de trabajo, convenciones o pactos colectivos.

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  1. CAMILO DURANGO (abril 20 de 2022)

    BUENOS DIAS, EN LA EMPRESA DONDE LABORO TOMAMOS VACACIONES COLECTIVAS EN DICIEMBRE DE 2021 CON REGRESO EN ENERO DE 2022, DE AHORA EN ADELANTE, POR DECISION DE LA EMPRESA, SE ADOPTARA LAS VACACIONES, TOMANDO EN CUENTA EL DIA DE INGRESO Y FIRMA DEL CONTRATO DE CADA EMPLEADO.LA GRAN MAYORIA DE COMPAÑEROS INGRESARON EN ABRIL Y MAYO, COMO DEBERIAN LIQUIDARNOS LAS VACACIONES??CUANDO PODRIAN TOMAR VACACIONES ELLOS NUEVAMENTE. MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA EN ACLARAR ESTE TIPO DE TEMAS, A LAS PERSONAS QUE DESCONOCEMOS LAS LEYES BASICAS LABORALES.

    Responder
  2. Vilpat (diciembre 12 de 2023)

    Me colaboran con una duda, puede una empresa obligas a sus empleados a tomar vacaciones colectivas por UN SOLO DIA?. Es común que tomen el periodo completo o por lo menos 8 a diez días pero un día tiene alguna razón de ser?. Gracias,

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Vilpat (diciembre 12 de 2023)

      No es razonable, y además, la ley señala que como mínimo se deben disfrutar 6 días hábiles de vacaciones continuos anualmente.

      Saludos

      Responder
    • I.p.3. en respuesta a Vilpat (diciembre 12 de 2023)

      En mi empresa nos quieren OBLIGAR a tomar vacaciones los días 9,23 y 30 de diciembre y dicen q esos 3 dias los van a descontar de nuestras próximas vacaciones,es eso legal y donde lo explica el código sustantivo del trabajo,además no se nos permite pagar ese tiempo con horas extras, le agradezco toda la información q pueda darme

      Responder
      • Gerencie.com
        Gerencie.com en respuesta a I.p.3. (diciembre 13 de 2023)

        En nuestro criterio no es una práctica correcta, por cuanto las vacaciones no se pueden fraccionar de tal manera que no cumplan su objetivo, que es la recuperación física del trabajador, y por eso la ley exige que mínimo se deben disfrutar 6 días hábiles continuos anualmente.

        Ante esta situación, pueden colocar una queja anónima al ministerio del trabajo para que revise lo que está haciendo la empresa y determine su legalidad.

        Saludos

        Responder
  3. Yo (marzo 22 de 2024)

    De los días de vacaciones colectivas ¿ me los pueden descontar de una posible liquidación laborar?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Yo (marzo 22 de 2024)

      Se refiere a que le otorgan vacaciones colectivas, que resultan superior a las causadas? Si es así, al terminar el contrato de trabajo y hacer la liquidación, si le fueron reconocidas previamente vacaciones superiores a las que tendía derecho, la empresa podría descontarle esa suma como se explica en esta nota.

      Saludos

      Responder

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