Ingresos por la venta de Inmuebles (Casas, aptos, lotes, fincas) poseídos por 2 años o más
i
Utilidad obtenida en la venta de bienes inmuebles (casas, apartamentos, lotes, fincas) poseídos por 2 años o más. La utilidad es el precio de venta menos el costo fiscal. Tarifa: 15%.
Ingresos Venta de Vehículos automotores poseídos por 2 años o más.
i
Utilidad en la venta de vehículos automotores poseídos por 2 años o más que no se usaron para generar renta ordinaria. La utilidad es el precio de venta menos el costo fiscal. Tarifa: 15%.
Ingresos popr la venta de Otros Activos Fijos poseídos por 2 años o más
i
Utilidad en la venta de otros activos fijos poseídos por 2 años o más: maquinaria, equipos, semovientes, etc. La utilidad es el precio de venta menos el costo fiscal. Tarifa: 15%.
Igresos por loterías, rifas, premios, apuestas y similares
i
Base total ganada en loterías, rifas, apuestas, premios y concursos. Se declara el valor bruto del premio recibido. Art. 304 y ss. E.T. Tarifa: 20%.
Ingresos por premios de títulos de capitalización
i
Premios obtenidos por títulos de capitalización al portador. Se declara el valor bruto del premio. Art. 305 E.T. Tarifa: 15%.
Ingresos por herencias, legados y donaciones
i
Valor de los bienes o derechos recibidos por herencia, legado o donación. Se declara el valor comercial al momento de la recepción. Art. 302 E.T. Tarifa: 15%.
Igresos por porción conyugal
i
Valor de la porción conyugal recibida al momento de la liquidación de la sociedad conyugal. Art. 302 E.T. Tarifa: 15%.
Utilidad en la liquidación de sociedades
i
Utilidad obtenida en la liquidación de sociedades, equivalente al exceso del valor recibido sobre el capital aportado. Art. 301 E.T. Tarifa: 15%.
Indemnización por seguros de vida
i
Valor recibido por indemnizaciones de seguros de vida. Se declara el valor del seguro cobrado. Art. 303-1 E.T. Tarifa: 15%.
Gananciales
i
Valor de los gananciales recibidos en la liquidación de la sociedad conyugal. Se declaran como ingreso pero son no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. Art. 47 E.T.
Utilidad en la enajenación de acciones inscritas en bolsa
i
Utilidad en la venta de acciones inscritas en bolsa de valores colombiana. Pueden ser no constitutivas de renta si cumplen los requisitos del Art. 36-1 E.T. (transacciones que no superen el 10% de las acciones en circulación).
Otros ingresos ocasionales no incluidos anteriormente
i
Otros ingresos de naturaleza ocasional no clasificados en los conceptos anteriores. Incluya cualquier ingreso que no sea producto de la actividad ordinaria y que no tenga campo propio.
Total Ingresos (Renglón 111) →
553.000.000