¿ADRES o el FOSYGA pagan incapacidades por accidente de tránsito?
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Una usuaria del foro preguntó si el ADRES o el FOSYGA cubren incapacidades por accidente de tránsito, tras sufrir un accidente y no poder trabajar. La respuesta aclaró que ni el SOAT, ni el ADRES, ni el FOSYGA pagan incapacidades laborales si no está afiliada a una EPS como cotizante. Sin embargo, se le informó que puede reclamar una indemnización si sufre pérdida de capacidad laboral debidamente calificada.
Estoy afiliada al Régimen subsidiado en la Entidad Salud Total desde el 01/12/2009 y soy cabeza de familia.
Me han venido atendiendo en ASOTRAUMA, donde llegan todos los accidentados, pero mi pregunta es: ¿Quién me puede reconocer el pago de estas incapacidades si no estoy laborando? Tengo un hijo y soy madre soltera. ¿Existe algún SOAT global que cubra estas incapacidades o el ADRES o el FOSYGA? Gracias.
Respuestas: (1)
No. Ni el SOAT, ni el ADDRES ni Fosyga pagan incapacidades laborales. Si no está afiliada a una EPS como cotizante, no puede recibir el pago de incapacidades laborales.
Lo que sí puede reclamar, producto del accidente de tránsito, es la indemnización que corresponda en caso de sufrir alguna pérdida de capacidad laboral debidamente calificada.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 19). ¿ADRES o el FOSYGA pagan incapacidades por accidente de tránsito? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/adres-o-el-fosyga-pagan-incapacidades-por-accidente-de-transito-1233/
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