¿Al docente se le debe pagar el tiempo que dedica a calificar trabajos y exámenes?
Soy docente en una institución educativa. Me contrataron para dar clases 3 horas diarias, de 6 de la tarde a las 9 de la noche. Me pagan por horas trabajadas, pero solo doy esas horas de clases, y debo gastar diariamente casi 2 horas para preparar las clases y calificar trabajos y evaluaciones. ¿Me deben pagar esas horas?
Respuestas: (1)
Cuando un docente es contratado por hora cátedra, las instituciones le pagan sólo las horas cátedra para las que fue contratado, y ello ha llevado a que, en la práctica, las instituciones educativas no remuneren el tiempo que el docente dedica a preparar sus clases ni a calificar los trabajos presentados por sus estudiantes, que en teoría deberían hacer parte de la jornada laboral, puesto que es un tiempo que el trabajador dedica al desarrollo de su actividad.
En vista de que no existe una norma que de forma específica obligue al empleador a pagar ese tiempo, el asunto debe ser abordado contractualmente, lo que se puede hacer de dos formas:
- Acordar más horas cátedra de las que efectivamente se dictan. Por ejemplo, si se deben dictar 3 horas de clase diarias, que se paguen 4 o 5 horas.
- Acordar un valor de la hora cátedra que remunere el trabajo adicional que el trabajador deba realizar.
Si esa situación no se resolvió contractualmente, ¿el docente podría reclamar el pago de ese tiempo adicional? Pero tendría que acreditar y probar el tiempo que dedicó a preparar clases y a calificar trabajos, lo que no es fácil, puesto que no hay una forma objetiva de establecer cuánto tiempo le tomó desarrollar tales actividades.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 10). ¿Al docente se le debe pagar el tiempo que dedica a calificar trabajos y exámenes? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/al-docente-se-le-debe-pagar-el-tiempo-que-dedica-a-calificar-trabajos-y-examenes-1203/
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