¿Se puede cancelar un acuerdo de pago con una casa de cobranza?
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La duda planteada es si se puede cancelar un acuerdo de pago con una casa de cobranza tras haber estado pagando durante dos años. La respuesta es que no se puede desistir unilateralmente de un acuerdo firmado; el deudor debe cumplirlo o intentar renegociar, aunque esto depende de la aceptación del acreedor. Firmar un acuerdo de pago puede ser problemático, ya que puede reactivar deudas que estaban prescritas. La única opción viable es continuar con los pagos acordados o incumplir y enfrentar las posibles consecuencias legales, como embargos.
Respuestas: (1)
No es posible desistir unilateralmente de un acuerdo de pago firmado con un acreedor. Si firmó un acuerdo de pago, debe cumplirlo o solicitar un nuevo acuerdo de pago, que el acreedor puede o no aceptarlo.
Cuando se firma un acuerdo de pago, se asume un compromiso que debe ser cumplido, y si no lo cumple, incurre una vez más en mora, pudiendo ser ejecutado, y esta vez sí que le puede embargar sus cuentas, salarios o bienes.
Es un error firmar un acuerdo de pago con una casa de cobranza, porque estas suelen cobrar deudas que ya están prescritas, y al firmar un acuerdo de pago, el deudor está reconociendo la deuda y renunciando a la prescripción, o, si esta no ha incurrido (la prescripción), la está interrumpiendo al reconocer la deuda según el artículo 2539 del Código Civil.
La razón por la que una casa de cobranza suele ser tan insistente y amenazar tanto para firmar un acuerdo de pago es porque, en general (no siempre), la deuda ya prescribió y no pueden cobrarla. Si pudieran cobrarla, habrían demandado y embargado, y al no poder hacerlo, presionan para lograr que el deudor firme un acuerdo de pago con el que «reviven» esa deuda.
Desafortunadamente, ya no puede hacer nada distinto a cumplir con el acuerdo de pago o incumplirlo y esperar a que lo demanden y embarguen.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, abril 5). ¿Se puede cancelar un acuerdo de pago con una casa de cobranza? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cesar-acuerdo-de-pago-con-una-casa-de-cobranza-2184/
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