¿Cómo se manejan los descargos de una empleada doméstica bajo la nueva normativa laboral?
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La discusión se centra en cómo manejar los descargos de una empleada doméstica bajo la nueva normativa laboral. La duda principal es sobre la adaptación del proceso disciplinario tras la reforma que afecta a empresas con menos de diez trabajadores. La solución expuesta indica que el procedimiento del artículo 115 del código laboral no aplica a las empleadas del hogar. En su lugar, el empleador debe escuchar la versión de la empleada sobre las faltas imputadas, notificándole sobre la diligencia de descargos y levantando un acta para documentar el respeto al debido proceso y al derecho de defensa.
Respuestas: (2)
El procedimiento que se debe seguir para imponer sanciones disciplinarias a un trabajador que establece el artículo 115 del código sustantivo del trabajo modificado por la ley 2466 de 2025 no aplica para las empleadas del servicio doméstico. Así lo señala expresamente el parágrafo 5:
«Este procedimiento no aplicará a los trabajadores del hogar, ni a las micro y pequeñas empresas de menos de diez (10) trabajadores, definidas en el Decreto 957 de 2019. Este tipo de empleadores solo tendrá la obligación de escuchar previamente al trabajador sobre los hechos que se le imputan, respetando las garantías del derecho de defensa y del debido proceso.»
En consecuencia, el empleador sólo debe asegurarse de escuchar la versión de la empleada lo que implica notificarle la diligencia de descargos detallando las faltas que se le imputan e indicando la fecha, hora y lugar para que presente los descargos.
Igualmente será necesario levantar un acta de la diligencia de descargos para dejar constancia de que se escuchó a la empleada y se le respectó el debido proceso y el derecho a la defensa.
Gerencie.com dijo:El procedimiento que se debe seguir para imponer sanciones disciplinarias a un trabajador que establece el artículo 115 del código sustantivo del trabajo modificado por la ley 2466 de 2025 no aplica para las empleadas del servicio doméstico. Así lo señala expresamente el parágrafo 5:
«Este procedimiento no aplicará a los trabajadores del hogar, ni a las micro y pequeñas empresas de menos de diez (10) trabajadores, definidas en el Decreto 957 de 2019. Este tipo de empleadores solo tendrá la obligación de escuchar previamente al trabajador sobre los hechos que se le imputan, respetando las garantías del derecho de defensa y del debido proceso.»
En consecuencia, el empleador sólo debe asegurarse de escuchar la versión de la empleada lo que implica notificarle la diligencia de descargos detallando las faltas que se le imputan e indicando la fecha, hora y lugar para que presente los descargos.
Igualmente será necesario levantar un acta de la diligencia de descargos para dejar constancia de que se escuchó a la empleada y se le respectó el debido proceso y el derecho a la defensa.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 9). ¿Cómo se manejan los descargos de una empleada doméstica bajo la nueva normativa laboral? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-manejan-los-descargos-de-una-empleada-domestica-bajo-la-nueva-normativa-laboral-1563/
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