¿Cómo se pagan las prestaciones sociales cuando hay incapacidades laborales?
Leer resumen
Un empleado con incapacidad laboral por cirugía de rodilla pregunta cómo se liquidan sus prestaciones sociales. La discusión aclara que las incapacidades no afectan el pago de prestaciones, ya que no suspenden el contrato de trabajo. Según el Código Sustantivo del Trabajo, la prima del segundo semestre se calcula con base en 180 días trabajados, sin descontar días de incapacidad. Las prestaciones sociales se liquidan sobre 353 días, considerando el salario previo a la incapacidad, ya que durante este tiempo se recibe un auxilio que no afecta la liquidación. En resumen, las incapacidades no impactan las prestaciones sociales.
- ¿Cómo sería la liquidación de su prima del segundo semestre?
- ¿Cómo sería la liquidación de prestaciones sociales de cesantías, interés a las cesantías, vacaciones de todo el año?
Ingresamos a laborar desde el 08 de enero al 30 de diciembre del 2025.
Por favor, basado en artículos, para dar mayor claridad al empleado.
Respuestas: (1)
Las incapacidades laborales no afectan el pago ni la liquidación de las prestaciones sociales, en razón a que las incapacidades no suspenden el contrato de trabajo.
El artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo señala de forma taxativa los casos en que se suspende el contrato de trabajo, y entre ellos no están las incapacidades laborales.
Adicionalmente, el artículo 53 del mismo código señala que en los períodos de suspensión señalados en el artículo 51 se descuentan para el pago de las prestaciones sociales, y como no hay suspensión del contrato por incapacidad laboral, esos períodos no se pueden descontar.
Con esto se responde la primera pregunta: la prima de servicios del segundo semestre se liquida con base a 180 días trabajados, no se descuenta ninguno.
La segunda pregunta tiene la misma respuesta. Las prestaciones sociales de todo el año se liquidan sobre 353 días en razón a que el ingreso fue en enero 8.
La segunda duda que se debe resolver es el ingreso base para liquidar las prestaciones sociales. Esto es relevante porque durante la incapacidad laboral el trabajador no recibe salario sino un auxilio de incapacidad, que puede ser inferior al salario.
En este caso, se toma el salario que el trabajador tenía antes de iniciar la incapacidad laboral, por lo que, durante los días de incapacidad para efecto de liquidar las prestaciones sociales, el salario no se ve afectado, como lo ha señalado el Ministerio del Trabajo en varios conceptos como el 33899 del 05 de julio de 2017.
En resumen, las incapacidades laborales no tienen ningún efecto en la liquidación de las prestaciones sociales, puesto que ni se descuentan los días de incapacidad ni se descuenta salario. Los dos conceptos se toman como si el trabajador nunca hubiera estado incapacitado.
Preguntas relacionadas:
- ¿Se deben liquidar prestaciones sociales al renovar el contrato de trabajo?
- ¿Se puede alegar acoso laboral y despido injustificado?
- ¿Cómo formalizo la entrega de un terreno como pago por obligaciones laborales?
- Caso laboral: Cuidador de finca sin afiliación a seguridad social y reclamo por pérdida de ganado.
- ¿Si la incapacidad laboral termina el día de descanso obligatorio, debo trabajarlo?
- Nuestros productos y servicios
- Guía Laboral 2026
- Liquidador de pensiones en Colpensiones
- Proyección y planeación pensional
- Liquidador de intereses judiciales y comerciales
- Liquidador de obligaciones laborales
- Liquidador Pro de intereses moratorios - Dian
- Guía de arrendamiento sin riesgo
- Ver más productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, diciembre 16). ¿Cómo se pagan las prestaciones sociales cuando hay incapacidades laborales? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-pagan-las-prestaciones-sociales-cuando-hay-incapacidades-laborales-2001/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí
Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Gbot
Recomendados
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes