¿Cuál es el tope para las personas naturales para presentar información exógena?
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En una discusión sobre la obligación de presentar información exógena para personas naturales, se planteó la duda sobre los topes necesarios para dicha presentación. Según la resolución 162 de 2023 de la Dian, las personas naturales deben reportar si, en el año a informar o el anterior, sus ingresos brutos superan 11.800 UVT y si, en el año a reportar, obtuvieron ingresos superiores a 2.400 UVT por rentas de capital o no laborales. Para 2025, esto se traduce en ingresos brutos de más de $500.467.000 en 2023 o más de $555.367.000 en 2024, y rentas de capital superiores a $112.956.000 en 2024. Ambos requisitos deben cumplirse para estar obligados a reportar.
Respuestas: (1)
De acuerdo con el artículo 1º de la resolución 162 de 2023 expedida por la Dian, las personas naturales que cumplan los siguientes requisitos deben
- Que en el año a reportar y o el año inmediatamente anterior hayan tenido ingresos brutos superiores a 11.800 UVT.
- Que en el año a reportar hayan obtenido ingresos superiores a 2.400 UVT obtenidos por rentas de capital o no laborales.
Es decir que, en 2025 se reporta la información exógena de 2024, y los topes anteriores son los siguientes:
- Ingresos brutos en 2023 superiores a $500.467.000 o ingresos en 2024 superiores a $555.367.000.
- Rentas de capital y/o laborales en 2024 superiores a $112.956.000.
Se deben cumplir los dos requisitos para estar obligados a reportar información exógena, de manera que, si cumple el primero pero el segundo no, o viceversa, no hay obligación de presentarla.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 7). ¿Cuál es el tope para las personas naturales para presentar información exógena? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cual-es-el-tope-para-las-personas-naturales-para-presentar-informacion-exogena-1196/
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