¿Cuándo se convierten en responsables de IVA las personas naturales que ejerzan profesiones liberales?
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En la discusión del foro, se plantea la duda sobre cuándo las personas naturales que ejercen profesiones liberales se convierten en responsables del IVA. La respuesta aclara que la responsabilidad del IVA depende de si la actividad está gravada y si supera los límites establecidos en el artículo 437 del Estatuto Tributario. La naturaleza de la profesión no es relevante; lo importante es si el servicio prestado está sujeto a IVA. Por ejemplo, los servicios de un abogado están gravados, mientras que los de un médico no. Por lo tanto, se debe verificar la gravabilidad del servicio y los topes correspondientes.
Respuestas: (1)
La persona natural que ejerce una profesión liberal se convierte en responsable del IVA cuando la actividad que desarrolla o ejerce se encuentra gravada con el IVA y supera los topes establecidos en el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario para no ser responsable del IVA.
La condición de profesión liberal no es relevante para determinar la responsabilidad del IVA; lo relevante es si el servicio que presta está o no gravado con el IVA. Por ejemplo, los servicios que presta un abogado están gravados con el IVA y los que presta un médico no, y los dos ejercen profesiones liberales.
En consecuencia, lo primero que se debe hacer es identificar si la actividad ejercida por el profesional está o no gravada con IVA, y si lo está, se determina si supera los topes respectivos.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 14). ¿Cuándo se convierten en responsables de IVA las personas naturales que ejerzan profesiones liberales? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cuando-se-convierten-en-responsables-de-iva-las-personas-naturales-que-ejerzan-profesiones-liberales-1319/
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