¿Debo reponer el tiempo que llegue tarde al trabajo luego de sufrir un accidente?
El trabajador sufre un accidente en el viaje de su casa al trabajo y llega tarde 1 hora. ¿Debe reponer ese tiempo?
Respuestas: (1)
En general, el trabajador no debe reponer el tiempo que ha dejado de laborar debido a una causa justificada, como la ocurrencia de un accidente en el que se ve involucrado, siempre que pueda acreditar el suceso.
Si no se puede acreditar el accidente, o si el accidente ocurrido no generó ninguna afectación en la salud del trabajador, tal accidente no sería justificable para llegar al trabajo, porque son situaciones cotidianas que deben ser previstas por el trabajador a la hora de programar su recorrido al lugar del trabajo; por lo tanto, ese tiempo se debe reponer o, en su defecto, se puede descontar del salario.
La situación es distinta cuando el trabajador se ve involucrado directamente en el accidente y debe recibir atención médica, lo que se convierte en una circunstancia que justifica el retraso.
En todo caso, la empresa puede implementar políticas respecto a este tipo de sucesos, por lo que hay que recurrir a ellas para tener certeza respecto a cómo proceder según las circunstancias.
Preguntas relacionadas:
- ¿La calificación de pérdida de capacidad laboral prescribe?
- ¿Es legal modificar la jornada ordinaria para no pagar tiempo extra y solo el recargo?
- ¿Cómo se remunera el trabajo en día festivo diferente del dominical?
- ¿Se puede argumentar la falta de ingresos o sustento para acceder al fuero de prepensionado?
- Si me pagan a diario un salario, ¿cómo se liquida al final del contrato?
Nuestros productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, diciembre 6). ¿Debo reponer el tiempo que llegue tarde al trabajo luego de sufrir un accidente? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/debo-reponer-el-tiempo-que-llegue-tarde-al-trabajo-luego-de-sufrir-un-accidente-923/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí

Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes