¿El empleador está obligado a realizar trámites médicos de un trabajador ante la ARL?
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En la discusión, un usuario pregunta si el empleador está obligado a realizar trámites médicos ante la ARL tras un accidente laboral. La respuesta aclara que el empleador solo debe pagar las cotizaciones y reportar el accidente, pero no gestionar trámites médicos, que son responsabilidad del trabajador. El empleador debe trasladar al trabajador a un centro médico y notificar a sus familiares, pero en situaciones de urgencia, se puede llevar al centro más cercano. Para procedimientos programados, se debe seguir la indicación de la EPS o la ARL.
Respuestas: (3)
No. La responsabilidad del empleador frente a la ARL se limita al pago de las cotizaciones y al reporte de los accidentes laborales. Cualquier trámite médico que requiera el trabajador debe ser gestionado por él directamente ante la ARL.
En caso de accidente laboral, el empleador tiene la obligación de trasladar al trabajador al centro médico correspondiente e informar a sus familiares o contactos del trabajador, pero no debe realizar trámites como la gestión de citas médicas o autorizaciones, que corresponden al trabajador en calidad de paciente.
Gerencie.com dijo:No. La responsabilidad del empleador frente a la ARL se limita al pago de las cotizaciones y al reporte de los accidentes laborales. Cualquier trámite médico que requiera el trabajador debe ser gestionado por él directamente ante la ARL.
En caso de accidente laboral, el empleador tiene la obligación de trasladar al trabajador al centro médico correspondiente e informar a sus familiares o contactos del trabajador, pero no debe realizar trámites como la gestión de citas médicas o autorizaciones, que corresponden al trabajador en calidad de paciente.
Ver masHola, respecto a esto, el centro a que debe trasladarlo es el de la EPS o el que la ARL diga, porque una vez leí por ahí que era donde la ARL indicara y quiero confirmar.
Danilo Pulgarin Vasquez dijo:Hola, respecto a esto, el centro a que debe trasladarlo es el de la EPS o el que la ARL diga, porque una vez leí por ahí que era donde la ARL indicara y quiero confirmar.
Ver masEn caso de una urgencia médica, se debe llevar al centro médico más cercano. Si se trata de un procedimiento programado, sí se debe trasladar a donde disponga la EPS o la ARL.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, noviembre 28). ¿El empleador está obligado a realizar trámites médicos de un trabajador ante la ARL? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/el-empleador-esta-obligado-a-realzar-tramites-medicos-de-un-trabajador-ante-la-arl-898/
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