¿En un proceso de pertenencia se requiere adjuntar recibos de servicios públicos?
Cordial saludo:
Se alega la posesión de una casa que hace parte de una propiedad horizontal. Desde el año 2004 se le paga el impuesto predial, las cuotas de administración y se le han realizado mejoras necesarias. En el año 2010 se entregó en arrendamiento. En el año 2025 se presentó demanda y el juez inadmite, solicitando los servicios públicos. Se pregunta: ¿los servicios públicos son un requisito sin el cual no se podría demostrar la posesión?
Nota: se solicita la posesión a partir del año 2007.
Respuestas: (2)
El código general del proceso no contempla como requisitos de la demanda en la que se pretende la declaración de pertenencia que se adjunten recibos de los servicios públicos.
La demanda de pertenencia debe cumplir los requisitos generales de toda demanda, señalados en el artículo 82 del código general del proceso, en el artículo 83 y en el artículo 375, y en ninguno de ellos se hace referencia al recibo de servicios públicos.
El artículo 84 del mismo código, que trata de los anexos de la demanda, señala de forma general que se deben anexar los documentos que se pretendan hacer valer, pero sin especificar a qué tipo de documentos, por lo que no puede hablarse específicamente de recibos de servicios públicos.
Por su parte, el artículo 90, que trata sobre el rechazo de la demanda, tampoco habla de los recibos de servicios públicos.
En consecuencia, no se entiende en qué se basa el juez para rechazar la demanda por no anexar los recibos de servicios públicos, que, si bien pueden ser un elemento que, junto con otros, sirvan para probar la posesión, no serían indispensables a la luz del código general del proceso.
Sí, es probable que el juez sustente los servicios públicos a través de la jurisprudencia.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, febrero 26). ¿En un proceso de pertenencia se requiere adjuntar recibos de servicios públicos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-un-proceso-de-pertenencia-se-requiere-adjuntar-recibos-de-servicios-publicos-1154/
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